LEY N° 30228 - Ley que modifica la Ley 29022, Ley para la Expansión de Infraestructura en Telecomunicaciones

Fecha de disposición12 Julio 2014
Fecha de publicación12 Julio 2014
El Peruano
Sábado 12 de julio de 2014 527535
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 30228
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE MODIFICA LA LEY 29022,
LEY PARA LA EXPANSIÓN DE INFRAESTRUCTURA
EN TELECOMUNICACIONES
Artículo 1. Modif‌i cación del título de la Ley
29022, Ley para la Expansión de Infraestructura en
Telecomunicaciones
Modifícase el título de la Ley 29022, Ley para la
Expansión de Infraestructura en Telecomunicaciones
por el de Ley para el Fortalecimiento de la Expansión de
Infraestructura en Telecomunicaciones.
Artículo 2. Modif‌i cación de los artículos 1o, 3o y 5o de
la Ley 29022, Ley para la Expansión de Infraestructura
en Telecomunicaciones
Modifícanse los artículos 1o, 3o y 5o de la Ley
29022, Ley para la Expansión de Infraestructura en
Telecomunicaciones, que quedan redactados de la
siguiente manera:
Artículo 1o.- Objeto de la Ley
La presente Ley tiene por objeto establecer un régimen
especial y temporal en todo el territorio nacional, para
la instalación y expansión de los servicios públicos de
telecomunicaciones, en especial en áreas rurales y de
preferente interés social y zonas de frontera, a través
de la adopción de medidas que promuevan la inversión
privada en infraestructura necesaria para la prestación
de esos servicios, así como de medidas que faciliten
dichas actividades y que eliminen las barreras que
impidan llevarlas a cabo.
Declárase que los servicios públicos de
telecomunicaciones son de interés nacional y
necesidad pública, constituyéndose como base
fundamental para la integración de peruanos y el
desarrollo social y económico del país.
Artículo 3o.- Ámbito de aplicación de la Ley
La presente Ley es de aplicación y observancia
obligatoria en todas las entidades de la administración
pública de nivel nacional, regional y local. El
incumplimiento de las disposiciones aquí previstas
genera las responsabilidades legales previstas en el
ordenamiento legal vigente, siendo solidariamente
responsables los funcionarios públicos directamente
infractores.
Artículo 5º.- Régimen de permisos y/o
autorizaciones
5.1 Los permisos sectoriales, regionales, municipales,
o de carácter administrativo en general,
que se requieran para instalar en propiedad
pública o privada la infraestructura necesaria
para la prestación de servicios públicos de
telecomunicaciones se sujetan a un procedimiento
administrativo de aprobación automática, debiendo
presentar un plan de trabajo de obras públicas,
de acuerdo a las condiciones, procedimientos
y requisitos que se establezcan en las normas
reglamentarias o complementarias de la presente
Ley. En el marco de sus competencias, dichas
entidades realizan las labores de f‌i scalización
necesarias para asegurar la correcta ejecución de
las obras que afecten o utilicen la vía pública.
La autenticidad de las declaraciones,
documentos e información proporcionada por
los administrados será posteriormente verif‌i cada
en forma aleatoria por la entidad que otorgó el
permiso correspondiente y en caso de falsedad
se declarará su nulidad, imponiéndose una multa
en favor de la entidad otorgante de veinticinco
(25) unidades impositivas tributarias vigentes a la
fecha de pago, por cada permiso revocado.
Lo previsto en este artículo es de aplicación
para los procedimientos administrativos que se
tramitan ante las entidades de la administración
pública y, por tanto, no vulnera el derecho de
los propietarios de los inmuebles y predios de
negociar las condiciones para el acceso a sus
predios.
5.2 El Ministerio de Transportes y Comunicaciones,
el Ministerio de Vivienda, Construcción y
Saneamiento, el Ministerio de Cultura, el Ministerio
del Ambiente, el Ministerio de Energía y Minas,
y el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo,
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Res. N° 069-2014-MML-GA.- Imponen sanción de cese
temporal a ex funcionario de la Municipalidad 527670
MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO
D.A. N° 005-2014/MDC.- Amplian vigencia del programa
de incentivos y benef‌i cios tributarios, establecido en la
MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA
D.A. N° 006-2014-ALCMLV.- Aprueban “Programa de
Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de
Residuos Sólidos Domiciliarios en un 25% de Viviendas
Urbanas del Distrito de la Victoria” 527674
MUNICIPALIDAD DE LINCE
Ordenanza N° 338-MDL.- Modif‌i can la Ordenanza N°
274-MDL - “Ordenanza que regula el Carné de Sanidad
en el distrito de Lince” 527675
MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO
Ordenanza N° 367-MSI.- Modif‌i can la Tabla de Infracciones
y Sanciones Administrativas respecto a las sanciones
correspondientes a las infracciones al respeto a las normas
de convivencia urbana y comercio en la vía pública 527676
MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES
Acuerdo N° 017-2014-MDSMP.- Aceptan donaciones
efectuadas por agentes participantes del Presupuesto
Participativo 2014, destinadas al cof‌i nanciamiento de
proyectos de inversión 527677
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA
Ordenanza N° 0012-2014-AL/CPB.- Establecen bono de
incentivo “Ecobono Barranca”, a favor de contribuyentes de
la categoría casa - habitación y vivienda - comercio (sólo
bodegas), que participen en el Programa de Segregación
en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos
Domiciliarios “Eco Barranca) 527677

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