ORDENANZA Nº 005-2011-MDLP - Aprueban el Régimen de Protección y Control del Tabaco

Fecha de publicación10 Marzo 2011
Fecha de disposición10 Marzo 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 10 de marzo de 2011
438750
h. El Acta de nacimiento, certif‌i cado de soltería y
certif‌i cado de domicilio del contrayente extranjero, deberá
contar con la visación del Cónsul Peruano en el País de
Origen, así como con la legalización del Ministerio de
Relaciones Exteriores.
i. En caso de contrayentes viudos o divorciados,
además deberán presentar Declaración Jurada
legalizada ante Notario Público, que acredite tener o no la
administración de los bienes de hijos habidos en anterior
matrimonio.
Artículo 4º.- DISPENSAR de la publicación de los
edictos a los futuros contrayentes que hayan cumplido con
la presentación de la documentación completa establecido
como requisito previo y que se encuentren aptos para
contraer matrimonio en mérito de lo establecido en el Art.
252 del C.C.
Artículo 5º.- AUTORIZAR la recepción de los
expedientes matrimoniales e inscripción hasta 24 horas
antes de las fechas programadas de la celebración
del Matrimonio a la Of‌i cina de Registro Civil de la
Municipalidad, Sede Municipal de Huertos de Manchay
y Agencia Municipal de José Gálvez Barrenechea,
respectivamente.
Artículo 6º.- ENCARGAR a la Unidad de Administración
Documentaria y Registro Civil la publicación de la relación
de parejas que contraerán Matrimonio Civil Comunitario
en las fechas programadas en el periódico mural de la
Municipalidad de la Sede Municipal de Huertos de Manchay
y la Agencia Municipal de José Gálvez Barrenechea y
en la Of‌i cina de Informática y Estadística, en la página
Web de la Municipalidad, indicando en forma genérica el
lugar y hora donde se llevará a cabo el Matrimonio Civil
Comunitario.
Artículo 7º.- DISPONER la publicación del presente
Decreto de Alcaldía en el Diario Of‌i cial “El Peruano”
Artículo 8º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal,
Oficina de Administración, Secretaría General a
través de la Unidad de Administración Documentaria
y Registro Civil, Oficina de Relaciones Publicas,
así como a la Agencia Municipales de José Gálvez
Barrenechea, Sede de Huertos de Manchay y demás
Unidades Orgánicas el cumplimiento y difusión del
presente Decreto.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
HUGO L. RAMOS LESCANO
Alcalde
610605-1 - 611570-1
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DE LA PERLA
Aprueban el Régimen de Protección y
Control del Tabaco
ORDENANZA Nº 005 -2011-MDLP
La Perla, 7 de Marzo del 2011
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE LA PERLA
Visto: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha, 07 de
Marzo del 2011, El Dictamen de la Comisión Ordinaria de
Servicios Sociales, sobre el Proyecto de Ordenanza que
aprueba el Régimen de Protección y Control del Tabaco
en el Distrito de La Perla; y
CONSIDERANDO:
señala que las municipalidades provinciales y distritales
son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia;
Que, el artículo 195º de la precitada norma señala
que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la
economía local, y la prestación de los servicios públicos
de su responsabilidad, en armonía con las políticas y
planes nacionales y regionales de desarrollo; siendo
competentes, entre otros, para desarrollar y regular
actividades y/o servicios en materia de salud, y medio
ambiente, conforme a ley;
Que, mediante la Ley Nº 28705 – Ley General para
la Prevención y Control de los Riesgos del Consumo del
Tabaco, y su modif‌i catoria Ley Nº 29517, se ha establecido
el marco normativo para regular las medidas de protección
a la comunidad en relación a las consecuencias que trae
consigo el consumo y la exposición al tabaco;
publica el Reglamento de la Ley Nº 28705, el cual dispone
en su artículo 48º que las sanciones a las infracciones
señaladas en las precitadas normas serán establecidas
por las municipalidades competentes en el marco de la
potestad sancionadora reconocida por el artículo 46º de la
Que, el artículo 2º de la precitada norma establece
que la autoridad municipal podrá implementar otros
sistemas complementarios de vigilancia para f‌i scalizar el
cumplimiento de la Ley y del Reglamento, en el ámbito de
su competencia;
Que, resulta de vital importancia que los gobiernos
locales normen, de acuerdo a sus competencias, respecto
de las disposiciones contenidas en la Ley Nº 28705 – Ley
General para la Prevención y Control de los Riesgos
del Consumo del Tabaco y su Reglamento aprobado
en cuenta que, tal como lo establece la Ley Orgánica
de Municipalidades – Ley Nº 27972, es función de las
municipalidades distritales el f‌i scalizar y realizar labores
de control respecto de la emisión de humos, gases, ruidos
y demás elementos contaminantes de la atmósfera y el
ambiente;
Que, en este contexto, por la presente Ordenanza se
establecen las disposiciones necesarias que permitirán
hacer efectiva la aplicación de las medidas de protección
y control del tabaco en la jurisdicción del Distrito de La
Perla;
Que, mediante Of‌i cio Nº 040-2011-ALC-MDLP, El
Despacho de Alcaldía remite al Presidente de la Comisión
Ordinaria de Servicios Sociales la documentación para la
emisión del dictamen respectivo;
Que, mediante Dictamen la Comisión Ordinaria de
Servicios Sociales, emite opinión favorable de aprobar
el Proyecto de Ordenanza que aprueba el Régimen de
Protección y Control del Tabaco en el Distrito de La Perla,
estando con las opiniones de la Gerencia de Sanidad
mediante el Memorandum N° 067-2010-GS/MDLP y
el Memorandum N° 101-2010-GS/MDLP, de la Sub-
Gerencia de Planeamiento y Racionalización mediante
el Memorandum Nº 073-2011-SGPYR-GPYP-MDLP, de
la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante el Informe N°
062-2011-GAJ/MDLP y de la Gerencia Municipal mediante
el informe N° 019-2011-GM-MDLP;
Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las
facultades conferidas por el Artículo , incisos 8 y 9 de la
voto UNANIME de los Señores (as) Regidores (as), con la
dispensa de la lectura y aprobación del Acta, el Concejo
en pleno aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL RÉGIMEN DE
PROTECCIÓN Y CONTROL DEL TABACO EN EL
DISTRITO DE LA PERLA
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1º.- Objeto.
La presente Ordenanza tiene por objeto establecer
medidas de protección, control y sanción contra el
consumo de productos de tabaco y la exposición al humo
de tabaco dentro de la jurisdicción del Distrito de La Perla;

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