RESOLUCION N° 038-2014-SMV/02 - Autorizan viaje de Superintendente del Mercado de Valores a la República de Mauricio, en comisión de servicios

Fecha de publicación13 Abril 2014
Fecha de disposición13 Abril 2014
El Peruano
Domingo 13 de abril de 2014
520954
Danae Yamashiro Chiong:
- Pasajes Aéreos : US $ 1 062,00
- Viáticos (US$ 440,00 x 6 días ) : US $ 2 640,00
Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días
calendario siguientes a su retorno al país, el personal
que se autoriza a través del artículo 1º de la presente
resolución, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal
de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones
realizadas y los logros obtenidos durante la feria a la
que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de
cuentas respectiva, de acuerdo a Ley.
Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni
exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros,
cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ARACELLY LACA RAMOS
Secretaria General (e)
1073287-1
SUPERINTENDENCIA DEL
MERCADO DE VALORES
Autorizan viaje de Superintendente del
Mercado de Valores a la República de
Mauricio, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE
Nº 038-2014-SMV/02
Lima, 25 de marzo de 2014
LA SUPERINTENDENTE DEL MERCADO DE
VALORES
VISTA:
La comunicación de la Secretaría General de la
Organización Internacional de Comisiones de Valores
– OICV (IOSCO, por sus siglas en inglés), recibida el
25 de febrero de 2014, mediante la cual se invita a
la señora Lilian Rocca Carbajal, Superintendente del
Mercado de Valores, a participar en el “Growth and
Emerging Markets Committee Annual Meeting and
Conference 2014”, organizada por Financial Services
Commission, cuyas actividades of‌i ciales se llevarán
a cabo del 22 al 25 de abril del año en curso en la
República de Mauricio;
CONSIDERANDO:
Que, la Superintendente del Mercado de Valores ha
sido invitada a participar en la “Growth and Emerging
Markets Committee Annual Meeting and Conference
2014”, que se realizará en la República de Mauricio, del
22 al 25 de abril de 2014;
Que, IOSCO es el organismo internacional que reúne a
los reguladores de valores del mundo y es reconocido como
el pionero de la norma mundial para el sector de valores.
Asimismo, desarrolla, implementa y promueve la adhesión
a las normas reconocidas internacionalmente para la
regulación de valores y está trabajando intensamente con
el G-20 y el Consejo de Estabilidad Financiera (FSB) en la
agenda global de reforma regulatoria;
Que, dentro de la organización de IOSCO, el Comité
de Crecimiento y Mercados Emergentes (Growth and
Emerging Markets Committee - GEMC por sus siglas
en inglés) representa el más amplio foro de discusión
de economías emergentes sobre temas vinculados a
los mercados de capitales, por lo que la Conferencia
Anual del GEMC en la República de Mauricio, es una
oportunidad única para poder intercambiar experiencias,
conectarse con varios de los principales agentes del
mercado f‌i nanciero y ayudar a moldear el debate sobre
problemas de alcance mundial, que preocupan a las
economías emergentes;
Que, asimismo la reunión del GEMC incluye
conferencias abiertas al público a llevarse a cabo el
25 de abril de 2014, en las que se propiciará el diálogo
entre los reguladores de los distintos países emergentes
y los participantes del mercado local sobre el acceso a
f‌i nanciamiento e inversión de largo plazo a través del
mercado de capitales y el papel de los intermediarios
para facilitar la f‌i nanciación a largo plazo a través de los
mercados de capitales;
Que, es de suma importancia participar en la
reunión internacional del GEMC, en la medida que
será una oportunidad para profundizar las relaciones
entre los supervisores f‌i nancieros, participar en el
debate de temas de interés de la Superintendencia del
Mercado de valores, SMV, para el desarrollo ordenado
de nuestro mercado y promocionar ante la comunidad
de reguladores del GEMC y el sector privado presente
en la reunión, las diversas líneas de actuación de la
SMV orientadas a un mercado más dinámico e inclusivo
con los emisores, en un marco que procure la mejor
protección de los inversionistas y la ampliación de
alternativas de inversión domésticas; lo cual es acorde
con los lineamientos de política económica del Gobierno,
contenidos en el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional
orden a contar con mercados f‌i nancieros transparentes
y ef‌i cientes, así como instituciones sólidas que faciliten
el f‌i nanciamiento y la inversión;
Que, el mencionado evento constituye una acción de
promoción de gran importancia para el Perú, y de interés
institucional, con el f‌i n de asegurar el cumplimiento de los
objetivos y metas de la Superintendencia del Mercado
de Valores, por lo que se considera necesario autorizar
dicho viaje, cuyos gastos serán asumidos con cargo al
presupuesto de la SMV;
Que, el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10 de la
Ley Nº 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2014, dispone que los viajes que se efectúen
en el marco de las acciones de promoción de importancia
para el Perú se autorizan mediante Resolución del Titular
de la entidad; y,
De conformidad con lo establecido en el literal a) del
numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30114 - Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014;
en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de
viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y
su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-
2002-PCM, y en la Ley Nº 29782, Ley de Fortalecimiento
de la Supervisión del Mercado de Valores;
RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje de la
señora Lilian del Carmen Rocca Carbajal, Superintendente
del Mercado de Valores a la República de Mauricio, del 20
al 26 de abril de 2014, para los f‌i nes expuestos en la parte
considerativa de la presente resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente resolución serán con cargo al Presupuesto
de la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV, de
acuerdo al siguiente detalle:
- Pasajes US$ 3,853.47
- Viáticos US$ 2,880.00
Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes de efectuado el viaje, la referida funcionaria
deberá presentar un informe detallado de las acciones
realizadas durante el viaje.
Artículo 4º.- La presente resolución no otorga derecho
a exoneración o liberación de impuestos de aduana de
cualquier clase o denominación a favor de la funcionaria
cuyo viaje se autoriza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LILIAN ROCCA CARBAJAL
Superintendente del Mercado de Valores
1072018-1

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR