ORDENANZA N° 167-MDSL - Fijan el monto de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio Fiscal 2014

Fecha de disposición31 Enero 2014
Fecha de publicación31 Enero 2014
El Peruano
Viernes 31 de enero de 2014 515843
de Informática y Estadística y Sub-Gerencia de Imagen
y Participación Vecinal de Imagen Institucional, el
cumplimiento y difusión de lo dispuesto en la presente
Ordenanza.
Segunda.- Encárguese a la Secretaria General,
Gerencia de Planeamiento y Presupuesto e Informática
la publicación de la Ordenanza en el Diario Of‌i cial “El
Peruano”
Tercera.- FACULTADES DEL ALCALDE
Facúltese al señor Alcalde para que, mediante Decreto
de Alcaldía dicte las medidas necesarias para la adecuada
aplicación de la presente Ordenanza, y asimismo para
que disponga su prórroga si fuera el caso.
Cuarta.- VIGENCIA
La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del
día siguiente de su publicación.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
RICARDO CASTRO SIERRA
Alcalde
1044565-1
Fijan el monto de emisión mecanizada de
actualización de valores, determinación
y distribución del Impuesto Predial y
Arbitrios Municipales para el Ejercicio
Fiscal 2014
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 167- MDSL
San Luis, 29 de enero del 2014
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
SAN LUIS
VISTO:
En Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 001-
2014-CEPAL-SR-MDSL de fecha 28 de enero de 2014,
emitido por la Comisión de Economía, Presupuesto y
Asuntos Legales, que se pronuncia sobre el Proyecto
de Ordenanza que Aprueba para el ejercicio 2014 lo
dispuesto en la Ordenanza Nº 134-MDSL modif‌i cada
mediante Ordenanza Nº 136-MDSL, que aprobó el monto
por Derecho de Emisión Mecanizada de actualización de
valores, determinación y distribución - Impuesto Predial
y Arbitrios Municipales del 2012 para el Distrito de San
Luis, y;
CONSIDERANDO:
Perú, modif‌i cado por la Ley Nº 28607, establece que
las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local
con autonomía Política, económica y administrativa
en los asuntos de su competencia; concordante con lo
establecido
otorga facultad tributaria a los gobiernos locales, lo
cual concordado con el Artículo IV del Título Preliminar
del Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, TUO del Código
Tributario, establece que mediante ordenanza se crean,
modif‌i can, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas,
licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites
establecidos por ley.
El Artículo 14 º de la Ley de Tributación Municipal,
establece que la actualización de valores de los predios
por parte de la Municipalidad sustituye la obligación de
presentar la declaración jurada anual. Asimismo, la Cuarta
Disposición Final de la precitada norma, señala que las
Municipalidades que brinden el servicio de la emisión
mecanizada de actualización de valores, determinación de
tributos y emisión de los recibos de pago correspondientes,
incluida su distribución a domicilio quedan facultadas para
cobrar por dichos servicios no más del 0.4 % de la UIT
vigente al primero de enero de cada ejercicio.
Que, la Cuarta Disposición Final del Texto Único
Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado
“Las Municipalidades que brinden el servicio de emisión
mecanizada de actualización de valores, determinación
de impuestos y de recibos de pago correspondientes,
incluida su distribución a domicilio, quedan facultadas a
cobrar por dichos servicio no más del 0.4% de la UIT
vigente al 1 de enero de cada ejercicio, en cuyo caso
esta valorización sustituye la obligación de presentación
de declaraciones juradas”.
Que, mediante Ordenanza Nº 134-MDSL publicada el
06 de abril de 2012 se aprobó la Ordenanza que f‌i ja montos
por Derecho de Emisión Mecanizada de actualización de
valores, determinación y distribución - Impuesto Predial
y Arbitrios Municipales del 2012 para el Distrito de San
Luis, la misma que fue ratif‌i cada por la Municipalidad
Metropolitana de Lima mediante Acuerdo de Concejo Nº
625-2012;
Que, por Ordenanza Nº 136-MDSL se modif‌i có la
Ordenanza Nº 134-MDSL en lo que respecta a la estructura
de costos que forma parte del primer dispositivo legal; la
misma fuera prorrogada para el ejercicio 2013 a través de
Que, asimismo, la Sétima Disposición Final de la
Ordenanza Nº 1533-MML establece que el Acuerdo de
Concejo ratif‌i catorio de las Ordenanzas distritales que
aprueben los derechos de emisión mecanizada, tendrá
una vigencia de dos (2) años, en la medida que la
Ordenanza Distrital mantenga invariables las condiciones
que originaron la ratif‌i cación;
Que, con fecha 28 de noviembre de 2012 se publicó
en el diario of‌i cial la Ordenanza Nº 1639/MML a través
se modif‌i ca la Ordenanza Nº 1533-MML, dejando en
suspenso lo dispuesto en el literal b) del artículo 8º,
siendo dicho precepto aplicable a la presente Ordenanza
para efectos de la ratif‌i cación de la prórroga de emisión
mecanizada solicitada;
Que, mediante Informe Nº 010-2014-GR-MDSL
de fecha 24 de enero de 2014, la Gerencia de Rentas
remite el proyecto de Ordenanza que aprueba para
el año 2014 lo dispuesto en la Ordenanza Nº 134-
MDSL sobre derecho de emisión mecanizada de
actualización de valores, determinación del Impuesto
Predial y distribución a domicilio, sustentado en el
Memorando Nº 050-2014-GAF-MDSL remitido por la
Gerencia de Administración y Finanzas, a través del
cual se concluye en la necesidad de mantener la misma
estructura de costos para la prestación del servicio
de emisión mecanizada, determinación del Impuesto
Predial y distribución domiciliaria para el presente año
2014, considerándose además mantener la misma tasa
aprobada para el ejercicio 2012 que asciende a la suma
de S/. 5.10 (Cinco y 10/100 nuevos soles);
Que, con Informe Nº 015-2014-MDSL-GAL del
27 de enero de 2014, la Gerencia de Asesoría Legal
considera legalmente procedente el proyecto de
Ordenanza referido a la aplicación para el presente
ejercicio 2014, lo dispuesto en la Ordenanza Nº 136-
MDSL sobre derecho de emisión mecanizada de
actualización de valores, manteniéndose la vigencia
del Acuerdo de Consejo ratificatorio Nº 625-MML para
el presente año 2014;
Estando a lo dispuesto en el artículo 9º numerales
8) y 9) y el artículo 40º de la Ley 29972, Ley Orgánica
de Municipalidades, con dispensa del trámite de lectura
y aprobación del acta, el Concejo Municipal aprobó por
unanimidad, la siguiente Ordenanza:
ORDENANZA QUE FIJA EL MONTO DE EMISION
MECANIZADA DE ACTUALIZACION DE VALORES,
DETERMINACION Y DISTRIBUCION DEL IMPUESTO
PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL
EJERCICIO FISCAL 2014
Artículo Primero.- APROBAR para el ejercicio 2014
lo dispuesto en la Ordenanza Nº 134-MDSL modif‌i cado
mediante Ordenanza Nº 136-MDSL, que f‌i jó el Derecho
de servicio de Emisión Mecanizada de actualización de
valores, determinación y distribución del Impuesto Predial
y Arbitrios Municipales para el ejercicio 2012, la misma
fuera prorrogada para el ejercicio 2013 a través de la
Ordenanza Nº 156-MDSL; en el extremo de que el cobro
en referencia por la emisión mecanizada y distribución a
domicilio para el ejercicio f‌i scal 2014 se mantendrá en la

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