RESOLUCION N° 276-2014/SUNAT - Autorizan viaje de trabajadores de la SUNAT a Brasil, en comisión de servicios

Fecha de publicación10 Septiembre 2014
Fecha de disposición10 Septiembre 2014
El Peruano
Miércoles 10 de setiembre de 2014 532163
setiembre del 2014, siendo que los gastos que irrogue
el mismo serán cubiertos con cargo al presupuesto
del CONCYTEC, asimismo corresponde encargar las
funciones de la referida Sub Dirección;
Con el visto de la Directora de la Dirección de Políticas
y Programas de CTel, la Jefa (e) de la Of‌i cina General de
Asesoría Jurídica y de la Secretaria General (e);
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30114,
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2014, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización
de viajes al exterior de los servidores y funcionarios
públicos, las normas reglamentarias sobre autorización
de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos,
aprobados por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y sus
normas modif‌i catorias, y el Reglamento de Organización
y Funciones del CONCYTEC, aprobado por Decreto
Supremo N° 026-2014-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar el viaje del señor Anton Willems
Delanoy, Sub Director (e) de Innovación y Transferencia
Tecnológica de la Dirección de Políticas y Programas
de CTel, a la República Popular China, del 14 al 20 de
setiembre del 2014, para los f‌i nes expuestos en la parte
considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resolución, se efectuarán con cargo al
presupuesto del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología
e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, de acuerdo al
siguiente detalle:
Pasajes aéreos (incluido TUUA) : US$ 5 250,00
Viáticos (x 3 días + instalación) : US$ 2 000,00
Total : US$ 7 250,00
Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes de efectuado el viaje, el citado servidor deberá
presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado
describiendo las acciones realizadas y los resultados
obtenidos durante el viaje autorizado.
Artículo 4°.- El cumplimiento de la presente Resolución
no dará derecho a la exoneración de impuestos o de
derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación.
Artículo 5°.- Encargar las funciones de la Sub
Dirección de Innovación y Transferencia Tecnológica de
la Dirección de Políticas y Programas de CTel a la señora
Úrsula Zavaleta Cuevas, a partir del 14 de setiembre del
2014 y en tanto dure la ausencia del señor Anton Willems
Delanoy, Sub Director (e) de Innovación y Transferencia
Tecnológica de la Dirección de Políticas y Programas de
CTel.
Artículo 6°.- Disponer la publicación de la presente
Resolución en el Diario Of‌i cial “El Peruano”.
Artículo 7°.- Encargar al Responsable del Portal de
Transparencia la publicación de la presente Resolución
en el portal institucional del CONCYTEC.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GISELLA ORJEDA
Presidente
1135221-1
SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE ADUANAS Y DE
ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Autorizan viaje de trabajadores de
la SUNAT a Brasil, en comisión de
servicios
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
Nº 276-2014/SUNAT
Lima, 8 de setiembre de 2014
CONSIDERANDO:
Que mediante correos electrónicos de fechas 4, 14
y 25 de agosto de 2014, la Secretaría de Hacienda del
Estado de Sao Paulo acepta y conf‌i rma la participación
de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de
Administración Tributaria en una visita a las instalaciones
de la Of‌i cina Central de la mencionada Secretaría, que
se llevará a cabo en la ciudad de Sao Paulo, República
Federativa del Brasil, del 17 al 19 de setiembre de 2014;
Que la referida visita tiene como objetivo conocer la
experiencia en la implantación y operación de la Nota
Paulista (sorteo virtual de comprobantes de pago),
modelo sobre el cual se basa el proyecto institucional
“Virtualización del Sorteo de Comprobantes de Pago”;
Que asimismo, esta visita busca conocer los
módulos de registro de participantes, comprobantes de
pago y consultas, así como la utilización del módulo de
denuncias y el procedimiento que se le dan a las mismas,
obtener información acerca de las estadísticas del
sorteo, identif‌i car los principales factores de riesgo y las
principales complicaciones que se presentaron durante el
modelamiento del proyecto así como durante la etapa de
ejecución del mismo, además de conocer la relación que
se tiene con los proyectos de factura y libros electrónicos.
Igualmente, se espera conocer las mejores prácticas que
se utilizaron en la implantación del proyecto en Brasil y
de qué manera se pueden optimizar los recursos en el
proyecto que se tiene en el Perú;
Que en tal sentido, siendo de interés institucional
para la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a
eventos de esta naturaleza, conforme al Informe Técnico
Nº 005-2014-SUNAT/500000, resulta necesario autorizar
la participación en el citado evento de los trabajadores
Roxana Antonieta Pantigozo Delgado, Jefe (e) de la
División de Procesos de Servicios al Contribuyente y
Usuario de Comercio Exterior de la Gerencia de Proyectos
y Procesos Transversales de la Intendencia Nacional
de Desarrollo de Estrategias de Servicios y Control
del Cumplimiento, y Víctor Eduardo Mendieta Manco,
Supervisor (e) de la División de Desarrollo de Sistemas
Tributarios de la Gerencia de Desarrollo de Sistemas de la
Intendencia Nacional de Sistemas de Información;
Que el numeral 1 de la Séptima Disposición
Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de
la SUNAT, aprobada por Ley Nº 29816, dispone que
mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT
aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina
en el gasto, no siéndole aplicables las establecidas en las
Leyes Anuales de Presupuesto u otros dispositivos;
Que en tal virtud, mediante Resolución de
Superintendencia Nº 013-2012/SUNAT se aprobaron las
normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT,
aplicables a partir del Año Fiscal 2012, en las que se prevé
la prohibición de viajes al exterior de los trabajadores de
la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo
los que se efectúen con la f‌i nalidad de cumplir con los
objetivos institucionales y los que se realicen en el marco
de la negociación de acuerdos o tratados comerciales y
ambientales, negociaciones económicas y f‌i nancieras y
las acciones de promoción de importancia para el Perú;
Que asimismo, el numeral 2 de la Séptima Disposición
Complementaria Final de la Ley Nº 29816, establece que
mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT
autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y
servidores;
Que en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple
con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia
Nº 013-2012/SUNAT, resulta necesario por razones de
itinerario, autorizar el viaje de los trabajadores Roxana
Antonieta Pantigozo Delgado y Víctor Eduardo Mendieta
Manco del 16 al 20 de setiembre de 2014, debiendo la
SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto los gastos por
concepto de pasajes aéreos que incluye la Tarifa Única
por Uso de Aeropuerto (TUUA), y los viáticos;
De conformidad con lo dispuesto en las Leyes N.os
27619 y 29816, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la
Resolución de Superintendencia Nº 01 3-2012/SUNAT; y
en uso de la facultad conferida por el literal s) del artículo
8° del Reglamento de Organización y Funciones de la
SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia
Nº 122-2014/SUNAT y modificatorias;

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