DECRETO SUPREMO N° 227-2014-EF - Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 para financiar la elaboración de estudios de pre inversión y la ejecución de proyectos de infraestructura vial vecinal

Fecha de disposición07 Agosto 2014
Fecha de publicación07 Agosto 2014
El Peruano
Jueves 7 de agosto de 2014
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actividad se realizará en la ciudad de Brasilia - República
Federativa del Brasil, del 11 al 13 de agosto de 2014;
Que, en función a los cargos que desempeñan la Fuerza
Aérea del Perú ha designado al Teniente General FAP DANTE
ANTONIO AREVALO ABATE, Comandante FAP MARCOS
FRANCISCO ROBLES BOCANEGRA y Mayor FAP CARLOS
ALBERTO AMAU AGUILAR, para que participen en la reunión
indicada en el considerando precedente;
Que, es conveniente para los intereses institucionales,
autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la
ciudad de Brasilia - República Federativa del Brasil, del
Teniente General FAP DANTE ANTONIO AREVALO
ABATE, Comandante FAP MARCOS FRANCISCO
ROBLES BOCANEGRA y Mayor FAP CARLOS ALBERTO
AMAU AGUILAR, para participar en la “VI Reunión de
Conversaciones entre los Jefes de Estados Mayores de
la Fuerza Aérea Brasileña y de la Fuerza Aérea del Perú”,
que se realizará en la ciudad de Brasilia - República
Federativa del Brasil, del 11 al 13 de agosto de 2014,
por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse
redundarán en benef‌i cio de la Fuerza Aérea del Perú;
Que, los gastos que ocasione la presente autorización
de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto
institucional Año Fiscal 2014, de la Unidad Ejecutora
Nº 005 - Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el
artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de
fecha 05 de junio de 2002;
Que, teniendo en consideración los itinerarios de los
vuelos internacionales y con la f‌i nalidad de garantizar la
participación del personal designado durante la totalidad
del referido evento, resulta necesario autorizar su salida
del país con un (01) día de anticipación, así como su
retorno un (01) día después de la fecha programada,
sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al
Tesoro Público;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134
- Ley de Organización y Funciones del Ministerio de
Defensa; la Ley Nº 30114 - Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2014; la Ley N° 27619 - Ley que
Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores
y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el
Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio
de 2002 y su modif‌i catoria; el Decreto Supremo Nº 002-
2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modif‌i catorias,
que reglamentan los viajes al exterior del personal militar
y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-
2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 que determina
la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo
que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio;
y, Estando a lo propuesto por el señor Comandante
General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con
el señor Ministro de Defensa;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión
de Servicio a la ciudad de Brasilia - República Federativa
del Brasil, del Personal Militar FAP que se indica a
continuación, para participar en la “VI Reunión de
Conversaciones entre los Jefes de Estados Mayores de
la Fuerza Aérea Brasileña y de la Fuerza Aérea del Perú”,
que se realizará en la ciudad de Brasilia - República
Federativa del Brasil, del 11 al 13 de agosto de 2014; así
como autorizar su salida del país el 10 de agosto de 2014
y su retorno el 14 de agosto de 2014:
Teniente General FAP DANTE ANTONIO AREVALO ABATE
NSA O-9317774 DNI Nº 43585532
Comandante FAP MARCOS FRANCISCO ROBLES BOCANEGRA
NSA O-9573889 DNI Nº 16689023
Mayor FAP CARLOS ALBERTO AMAU AGUILAR
NSA O-9660196 DNI Nº 10810247
Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea
del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con
cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2014, de
acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes Aéreos: Lima - Brasilia (República Federativa del Brasil) - Lima:
US $ 1,371.83 x 03 personas (Incluye TUUA) = US$ 4,115.49
Viáticos:
US $ 370.00 x 03 días x 03 personas = US$ 3,330.00
----------------------
Total a pagar = US$ 7,445.49
Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado
para variar la fecha de inicio y término de la autorización
a que se ref‌i ere el artículo 1º, sin exceder el total de
días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se
autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes.
Artículo 4º.- El personal designado, deberá cumplir
con presentar un informe detallado ante el titular de
la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los
resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro
de los quince (15) días calendario contados a partir de
la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo
plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a
lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-
2002-PCM, modif‌i cado con el Decreto Supremo Nº 056-
2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013.
Artículo 5º.- La presente autorización no da derecho
a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de
ninguna clase o denominación.
Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y
por el Ministro de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ANA JARA VELÁSQUEZ
Presidenta del Consejo de Ministros
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa
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ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas
en el Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2014 para financiar
la elaboración de estudios de pre
inversión y la ejecución de proyectos
de infraestructura vial vecinal
DECRETO SUPREMO
N° 227-2014-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se aprueban,
entre otros, los créditos presupuestarios correspondientes
a los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, los
Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales;
Que, el artículo 23 de la Ley N° 29951, Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013,
cuyos alcances han sido ampliados por la Quincuagésima
Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N°
30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2014, crea el Fondo para la Inclusión
Económica en Zonas Rurales (FONIE), a cargo del
Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS), con
la f‌i nalidad de f‌i nanciar la elaboración de estudios de
pre-inversión, la reformulación de estudios de proyectos
de inversión pública que no se encuentren en etapa
de ejecución, la ejecución de proyectos de inversión
pública, y/o mantenimiento a cargo de las entidades del
Gobierno Nacional y/o personas jurídicas privadas, para
la ejecución de infraestructura de agua y saneamiento,
electrif‌i cación, telecomunicaciones y caminos vecinales,
así también para las intervenciones en infraestructura
de caminos de herradura, las intervenciones en agua y
saneamiento, electrif‌i cación y telecomunicaciones que
permitan el acceso de los centros educativos y de salud a
tales servicios, y en la fase de post inversión, la operación
de proyectos de inversión pública; en los distritos que se
encuentran en los quintiles I y II de pobreza y que cuenten
con más del 50 % de hogares en proceso de inclusión
conforme a lo determinado por el citado Ministerio, así

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