LEY N° 29930 - Ley que incorpora al Ministro de Desarrollo e Inclusión Social en el Consejo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres

Fecha de disposición09 Noviembre 2012
Fecha de publicación09 Noviembre 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 9 de noviembre de 2012
478206
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 29930
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
El Congreso de la República
Ha dado la Ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE INCORPORA AL MINISTRO
DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL
EN EL CONSEJO NACIONAL DE GESTIÓN
DEL RIESGO DE DESASTRES
Artículo único. Modif‌i cación del artículo 11 de
la Ley 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de
Gestión del Riesgo de Desastres (Sinagerd)
Modifícase el artículo 11 de la Ley 29664, Ley que crea
el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres
(Sinagerd), en los siguientes términos:
“Artículo 11°.- Def‌i nición, funciones y composición
del Consejo Nacional de Gestión del Riesgo de
Desastres
(…)
11.2 El Consejo Nacional de Gestión del Riesgo de
Desastres está integrado por:
(…)
l. El Ministro de Desarrollo e Inclusión Social.
(…)”
Comuníquese al señor Presidente Constitucional de la
República para su promulgación.
En Lima, a los veintidós días del mes de octubre de
dos mil doce.
VÍCTOR ISLA ROJAS
Presidente del Congreso de la República
JOSÉ LEÓN LUNA GÁLVEZ
Tercer Vicepresidente del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE
LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho
días del mes de noviembre del año dos mil doce.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR
Presidente del Consejo de Ministros
864044-1
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
El Congreso de la República
Ha dado la Ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 5 DE
LA LEY 15251, LEY QUE CREA EL COLEGIO
ODONTOLÓGICO DEL PERÚ, MODIFICADA
POR LA LEY 29016
Artículo 1. Modif‌i cación del literal b) del artículo 5
de la Ley 15251, Ley que crea el Colegio Odontológico
del Perú, modif‌i cada por la Ley 29016
Modifícase el artículo 5, literal b), de la Ley 15251, Ley
que crea el Colegio Odontológico del Perú, modif‌i cada por
la Ley 29016, en los términos siguientes:
“Artículo 5°. - Atribuciones del Consejo Nacional
(…)
b) Coordinar las actividades de los colegios
regionales, respetando su autonomía en el marco de la
ley.”
Artículo 2. Reglamentación
El Poder Ejecutivo, en coordinación con el Colegio
Odontológico del Perú reglamenta la presente Ley, en
Ordenanza N° 00103/MDSA.- Ordenanza que regula
el mantenimiento y daños a la infraestructura urbana
478335
D.A. N° 00015-2012/MDSA.- Modif‌i can Directiva que
establece los Procedimientos para la Ejecución y Control
del Programa de Sorteos Vecino “Santanitiense” Puntual
478338
MUNICIPALIDAD DE
VILLA MARÍA DEL TRIUNFO
Ordenanza N° 158/MVMT.- Prorrogan vigencia del
Consejo de Coordinación Local Distrital y autorizan
a la Alcaldesa aprobar cronograma de elecciones de
representantes de la sociedad civil periodo 2013 - 2014
478339
Ordenanza N° 159/MVMT.- Exoneran de pago del
derecho de trámite por concepto de reconocimiento
y registro contemplado en el Item 143 del TUPA a las
Organizaciones Sociales de Base 478339
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA
Ordenanza N° 027-2012-AL/CPB.- Aprueban Reglamento
que restringe la ubicación de terminales terrestres, estaciones
de ruta y el uso de las vías dentro de la zona urbana del
distrito capital de la Provincia de Barranca para el servicio de
transporte público de ámbito interprovincial 478340
Ordenanza N° 028-2012-AL/CPB.- Aprueban implementación
del Plan de Ciclovía Recreativa de Barranca, la que se
denominará “Ciclovía Caralina de Barranca” 478341
SEPARATA ESPECIAL
RELACIONES EXTERIORES
Entrada en vigencia y Texto de la Convención Internacional
para la Protección de todas las Personas contra las
Desapariciones Forzadas 478196

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