ORDENANZA N° 158/MVMT - Prorrogan vigencia del Consejo de Coordinación Local Distrital y autorizan a la Alcaldesa aprobar cronograma de elecciones de representantes de la sociedad civil periodo 2013 - 2014

Fecha de disposición09 Noviembre 2012
Fecha de publicación09 Noviembre 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 9 de noviembre de 2012 478339
emitir el “Padrón de Contribuyentes Hábiles para el
Sorteo”, y publicarlo en la Página Web de la Municipalidad,
dos días antes de la realización del Sorteo indicado en el
numeral 5.5 de la presente Directiva.
Artículo Séptimo.- Encargar a la Gerencia General
y a la Gerencia de Rentas el cumplimiento del presente
Decreto.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
LEONOR CHUMBIMUNE CAJAHUARINGA
Alcaldesa
863052-1
MUNICIPALIDAD DE VILLA
MARÍA DEL TRIUNFO
Prorrogan vigencia del Consejo de
Coordinación Local Distrital y autorizan
a la Alcaldesa aprobar cronograma
de elecciones de representantes de la
sociedad civil periodo 2013 - 2014
ORDENANZA Nº 158/MVMT
Villa María del Triunfo, 31 de octubre del 2012
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO
POR CUANTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, bajo
la Presidencia de la Señora Alcaldesa Silvia Barrera
Vásquez y con la asistencia de los señores regidores de
la Municipalidad de Villa María del Triunfo Carlos José
Zapaylle Lázaro, Edith Antonia Palomino Huayta, Rita
Gladys Rojas Pumacayo, Yuliana Rita Orreaga Vivanco,
Félix Bravo Díaz, Tonet Jaime Kjumoo Loayza, Dany Omar
Chumbiriza Tapia, Rosa María Vidal Medina, Luis Enrique
Faris Huerta, Pablo Iván Balvín Aliaga, Luis Bernardo
Tarazona Fernández, Julián Carhuaricra Uscuchagua y
Oscar Martín Zúñiga Cano;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 130 de fecha 18
diciembre 2003, se regula la conformación, instalación
y funcionamiento del Consejo de Coordinación Local
Distrital (CCLD) de Villa María del Triunfo;
Que, el artículo 11° de la Ordenanza 130 señala que
los representantes de las organizaciones de la sociedad
civil ante dicha instancia son elegidos democráticamente
por un período de dos (2) años, contados a partir de su
elección, lo cual también es recogido en el Reglamento
Interno de Funcionamiento del CCLD, aprobado mediante
Que, habiéndose elegido a los mencionados
representantes de la Sociedad Civil para el periodo 2010 -
2012 y habiendo concluido sus funciones, se hace necesario
dictar una norma que permita prorrogar su vigencia, lo que
no está prohibido por norma legal alguna, a f‌i n de convocar
al proceso de elección de los integrantes de la sociedad civil
ante el CCLD para el período 2013 – 2014;
De conformidad con los artículos. 9°, inciso 8) de la
Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades, con el voto
favorable de trece miembros del concejo presentes y con
la dispensa del trámite de comisiones y de la lectura y
aprobación del acta, se ha emitido la siguiente:
ORDENANZA QUE PRORROGA LA VIGENCIA DEL
CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL
- CCLD - EN APLICACIÓN DE LA ORDENANZA Nº 130
Artículo Primero.- DE MANERA EXCEPCIONAL
prorrogar la vigencia del actual Consejo de Coordinación
Local Distrital – CCLD, reconocida mediante la Resolución
de Alcaldía N° 238-2010, hasta la elección de los
representantes de las Organizaciones de la Sociedad
Civil para el período 2013 – 2014, que no deberá exceder
el plazo de 60 días.
Artículo Segundo.- Autorizar a la Alcaldesa para que
mediante Decreto de Alcaldía apruebe el cronograma de
elecciones de los representantes de las organizaciones
de la sociedad civil ante el CCLD periodo 2013 – 2014.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
SILVIA BARRERA VÁSQUEZ
Alcaldesa
863783-1
Exoneran de pago del derecho de
trámite por concepto de reconocimiento
y registro contemplado en el Item 143
del TUPA a las Organizaciones Sociales
de Base
Villa María del Triunfo, 31 de octubre del 2012
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE
VILLA MARIA DEL TRIUNFO
POR CUANTO:
El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de la
fecha, visto el Dictamen N° 006-2012-CARPP/MVMT de
la Comisión de Administración Rentas, Planeamiento y
Presupuesto;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Informe N°103-2012/SGPV/GDSYLCP/
MVMT de fecha 25 de Abril del 2012, la Sub Gerencia de
Participación Vecinal remite el proyecto de Ordenanza
que exonera a las Organizaciones Sociales de Base
– OSB al pago del derecho de trámite por concepto de
Reconocimiento y Registro de Organizaciones Sociales -
Primera Inscripción contemplado en el Item 143 del TUPA,
a f‌i n de que sea expuesto ante el Concejo Municipal;
Que, mediante Informe Nº 48-2012-GDSYLPCP/MVMT,
la Gerencia de Desarrollo Social y Lucha Contra la Pobreza
otorgó opinión favorable al “Proyecto de Ordenanza que
Exonera el Pago del Derecho de Trámite por Concepto de
Reconocimiento y Registro de Organizaciones Sociales -
Primera Inscripción contemplado en el Item 143 del TUPA
a las Organizaciones Sociales de Base”, en el Distrito
de Villa María del Triunfo, a f‌i n de viabilizar el presenta
tramite, para lo cual se deberá correr traslado a las
Gerencias técnicas responsables para la emisión de su
opinión técnica al respecto;
Que, mediante el Memorándum Nº 1357-2012-GPP/
MVMT, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto
emite pronunciamiento sobre el impacto económico y
presupuestal por la exoneración del pago del derecho de
trámite de Registro y Reconocimiento de Organizaciones
de Base (OSB), concluyendo que el impacto ocasionado
por dicha exoneración no supone ningún riesgo económico
considerable, ni repercutiría en la gestión presupuestal
municipal, opinando que la aprobación de la exoneración
generaría importantes benef‌i cios para la población del
distrito ya que podría constituirse en una medida ef‌i caz
de gestión municipal, orientada al fortalecimiento de las
organizaciones de base, a través de la promoción de
mecanismos de formalización, lo cual repercutiría en una
mayor participación de estos comités en los espacios
municipales y por consiguiente un mayor y mejor servicio
para los niños, niñas, jóvenes, madres de familia y
población adulto mayor en situación de pobreza y riesgo
social extremo;
Que, mediante el Memorándum Nº 252-2012-
GRAM/MVMT, la Gerencia de Rentas y Agencias
Municipales, emite su pronunciamiento en el sentido de
que la exoneración propuesta no generaría un impacto

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