RESOLUCION N° 029-2014-PCM/SD - Inscriben en el Registro de Mancomunidades Municipales a la “Mancomunidad Municipal Cuenca Iruro”; integrada por las Municipalidades Distritales de Acarí y Bella Unión de la provincia de Caravelí, en el departamento de Arequipa, y Lucanas, San Juan y San Pedro de la provincia de Lucanas, en el departamento de Ayacucho

Fecha de disposición03 Septiembre 2014
Fecha de publicación03 Septiembre 2014
El Peruano
Miércoles 3 de setiembre de 2014
531622
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DEL
CONSEJO DE MINISTROS
Inscriben en el Registro de
Mancomunidades Municipales a la
“Mancomunidad Municipal Cuenca
Iruro”; integrada por las Municipalidades
Distritales de Acarí y Bella Unión
de la provincia de Caravelí, en el
departamento de Arequipa y Lucanas,
San Juan y San Pedro de la provincia
de Lucanas, en el departamento de
Ayacucho
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE
DESCENTRALIZACIÓN
Nº 029-2014-PCM/SD
Lima, 26 de mayo de 2014
VISTOS:
Los Of‌i cios Nº 001-2014-MMCI/PCD y Nº 002-
2014-MMCI/PCD; el Informe Técnico de Viabilidad;
la Ordenanza Municipal Nº 002-2014-MDA-A de la
Municipalidad Distrital de Acarí; la Ordenanza Municipal
Nº 003-2014-MDBU-A de la Municipalidad Distrital de
Bella Unión; la Ordenanza Municipal Nº 004-2014-MDL-
A de la Municipalidad Distrital de Lucanas; la Ordenanza
Municipal Nº 003-2014-MDSJ-A de la Municipalidad
Distrital de San Juan; la Ordenanza Municipal Nº 006-
2014-MDSP-A de la Municipalidad Distrital de San Pedro;
el Acta de Constitución y el Estatuto de la “Mancomunidad
Municipal Cuenca Iruro”; y el Informe Nº 058-2014–PCM/
SD-OGI-MIRA; y,
CONSIDERANDO:
Municipal, modif‌i cada por la Ley N° 29341, en el artículo
2º, def‌i ne a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo
voluntario de dos (2) o más municipalidades, colindantes
o no, que se unen para la prestación conjunta de servicios
y la ejecución de obras, promoviendo el desarrollo local,
la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad
de servicios a los ciudadanos;
Que, la Ley citada, en el artículo 5°, señala que
la inscripción en el Registro de Mancomunidades
Municipales otorga personería jurídica de derecho público
a la mancomunidad municipal;
Que, el artículo 11° del Reglamento de la Ley de la
Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto
Supremo N° 046-2010-PCM, establece el procedimiento
de constitución de la mancomunidad municipal;
Que, mediante Resolución de Secretaría de
Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD se dispuso
adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales
a lo previsto en la Ley N° 29341 y en el Reglamento de
nuevo Reglamento del Registro de Mancomunidades
Municipales;
Que, mediante el Of‌i cio Nº 001-2014-MMCI/PCD, el señor
alcalde de la Municipalidad Distrital de Acarí y presidente
de la “Mancomunidad Municipal Cuenca Iruro” solicita la
inscripción de ésta, en el Registro de Mancomunidades
Municipales. Esta Mancomunidad Municipal la integran
las Municipalidades Distritales de Acarí y Bella Unión de la
Provincia de Caravelí, en el Departamento de Arequipa, y
Lucanas, San Juan y San Pedro de la Provincia de Lucanas,
en el Departamento de Ayacucho;
Que, por Of‌i cio Nº 002-2014-MMCI/PCD, el señor
alcalde de la Municipalidad Distrital de Acarí presenta
copias legalizadas del Acta de Constitución y del Estatuto
de la “Mancomunidad Municipal Cuenca Iruro”;
Que, el Informe Técnico de Viabilidad de Vistos
contiene información sobre: Diagnóstico: institucional,
social y demográf‌i co; Gestión estratégica: visión,
misión, ámbito territorial, objeto, objetivos y horizonte
de planeamiento; Gestión descentralizada: estructura
orgánica, competencias y funciones, provisión de
personal y desarrollo de capacidades, recursos, y
relaciones de coordinación, cooperación y colaboración;
y Sostenibilidad: estrategias de fortalecimiento y
consolidación institucional, desarrollo económico local,
capacidad de gestión y evaluación;
Que, el Estatuto señala como objeto de la
Mancomunidad Municipal: a) Fomento de la planif‌i cación
del desarrollo urbano y rural, b) Saneamiento básico,
c) Mejoramiento y rehabilitación de infraestructura
vial, d) Fomento del turismo, la inversión privada y la
competitividad productiva y e) Construcción, mejoramiento
y ampliación de sistemas de riego;
Que, en el ámbito de las funciones, el Estatuto establece
como delegación de funciones específ‌i cas exclusivas: a)
Impulsar el proceso de planeamiento para el desarrollo,
urbano y rural, con enfoque de gestión territorial y de cuenca,
en el ámbito territorial de la mancomunidad municipal, b)
Concertar con instituciones del sector público y privado de su
jurisdicción sobre la elaboración y ejecución de programas
y proyectos que favorezcan el desarrollo económico del
distrito, c) Promover las condiciones favorables para la
productividad y competitividad de las zonas urbanas y rurales
del distrito, d) Fortalecer y desarrollar cadenas productivas
y conglomerados, de conformidad a lo establecido en
la Ley N° 28846 y e) Ejecutar iniciativas de apoyo a la
competitividad productiva, de acuerdo a lo señalado en
la Ley N° 29337, y su Reglamento, aprobado mediante
Decreto Supremo N° 192-2009-EF. Adicionalmente, como
delegación de funciones específ‌i cas compartidas: a)
Ejecutar directamente o proveer la ejecución de proyectos,
de infraestructura o de servicios, para el cumplimiento del
objeto de la mancomunidad municipal, en coordinación
con la municipalidad provincial respectiva, y organismos
regionales y nacionales competentes, b) Proveer el servicio
de saneamiento básico rural, con la ejecución de proyectos
de abastecimiento de agua, alcantarillado e instalación de
letrinas en los distritos integrantes de la mancomunidad,
c) Administrar y reglamentar, directamente o por concesión
el servicio de agua potable, alcantarillado y desagüe y
d) Fomentar el turismo sostenible y regular los servicios
destinados a ese f‌i n, en cooperación con las entidades
competentes;
Que, f‌i nalmente, el Estatuto de la “Mancomunidad
Municipal Cuenca Iruro”, contiene información sobre
domicilio, ámbito territorial, órganos directivos, recursos,
plazo de duración indef‌i nida, disposiciones para garantizar
la participación ciudadana, condiciones para la adhesión
y separación de municipalidades, requisitos para su
modif‌i cación, y las reglas para la disposición de bienes en
caso de disolución;
Que, mediante el Acta de Vistos, se acordó la
constitución de la “Mancomunidad Municipal Cuenca
Iruro”, la aprobación de su Estatuto y la designación del
Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General;
Que, por las Ordenanzas Municipales de Vistos,
las Municipalidades Distritales de Acarí y Bella Unión,
Lucanas, San Juan y San Pedro, aprueban la constitución
de la “Mancomunidad Municipal Cuenca Iruro”; ratif‌i cando
el contenido del Acta de Constitución y el Estatuto, y la
designación del Presidente del Consejo Directivo y del
Gerente General;
Que, acorde con el Informe Nº 058-2014–PCM/
SD-OGI-MIRA, en la elaboración de los documentos
presentados para la inscripción del acto constitutivo se ha
cumplido con el procedimiento establecido en el artículo
11º del Reglamento de la Ley y en el artículo 6° del
Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión
de la Resolución de Secretaría de Descentralización,
que dispone la inscripción de la constitución de la
“Mancomunidad Municipal Cuenca Iruro”, en el Registro
de Mancomunidades Municipales;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29029,
Ley de la Mancomunidad Municipal, modif‌i cada por la Ley

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