08 235-2004 - Dan por concluido proceso liquidatorio de la Mutual de Vivienda Metropolitana en Liquidación y declaran extinguida su personalidad jurídica

Fecha de disposición22 Febrero 2004
Fecha de publicación22 Febrero 2004
Pág. 262962
NORMAS LEGALES
Lima, domingo 22 de febrero de 2004
Dan por concluido proceso liquidato-
rio de la Mutual de Vivienda Metropoli-
tana en Liquidación y declaran extin-
guida su personalidad jurídica
RESOLUCIÓN SBS Nº 235-2004
Lima, 18 de febrero de 2004
EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS
VISTOS:
El Informe Nº 25-2003 emitido por el Departamento
de Administración de Carteras y Empresas en Liquida-
ción de fecha 10 de diciembre de 2003, el cual concluye
que el proceso liquidatorio de la Mutual de Vivienda
Metropolitana en Liquidación, en adelante Mutual Me-
tropolitana -L, se encuentra en condiciones de darse por
culminado; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Nº 1311-92-SBS de fecha
13 de noviembre de 1992, publicada el 14 de noviembre
del 1992, se declaró en disolución a la Mutual de Vivien-
da Metropolitana, para la liquidación definitiva de sus
bienes y negocios, cancelándose la autorización de su
funcionamiento;
Que, al inicio del proceso liquidatorio el Balance
General de la Mutual Metropolitana -L registraba ac-
tivos por un monto que ascendía a S/. 16 817 mil (die-
ciséis millones ochocientos diecisiete mil Nuevos
Soles) y pasivos por un total de S/. 28 193 mil (vein-
tiocho millones ciento noventa y tres mil Nuevos So-
les), en consecuencia un patrimonio neto negativo de
S/. 11 376 mil (once millones trescientos setenta y
seis mil Nuevos Soles);
Que, en el transcurso de su proceso liquidatorio,
la Mutual Metropolitana -L ha logrado obtener ingre-
sos por S/. 14 704 mil (catorce millones setecientos
cuatro mil Nuevos Soles), provenientes principalmen-
te de recuperaciones y de realización de activos, con
los que procedió a pagar parte de los créditos reco-
nocidos por concepto de capital, del orden de prela-
ción dispuesto por el artículo 196º (modificado por
General de Instituciones Bancarias, Financieras y de
Seguros, hasta amortizar sus obligaciones frente al
Tesoro Público, llegando a desembolsar a este acree-
dor la suma de S/. 1 550 mil (un millón quinientos
cincuenta mil Nuevos Soles);
Que, los depósitos de 1915 ahorristas que no se
apersonaron a cobrar, a pesar de reiterados comuni-
cados dispuestos por la Mutual Metropolitana (L) han
sido consignados en el Banco de la Nación, a través
de 4 (cuatro) Certificados de Depósito Judicial por S/
. 307 428,79 (trescientos siete mil cuatrocientos vein-
tiocho y 79/100 Nuevos Soles - Certificado Nº
1999422201261) y US$ 9 984,92 (nueve mil novecien-
tos ochenta y cuatro y 92/100 Dólares Americanos -
Certificado Nº 1999422201260) de fecha 15.4.1999
y por S/. 36 875,92 (treinta y seis mil ochocientos
setenta y cinco mil y 92/100 Nuevos Soles - Certifi-
cado Nº 1999422202539) y US$ 520,02 (quinientos
veinte y 02/100 Dólares Americanos - Certificado Nº
1999422202540) de fecha 15.7.1999;
Que, con fecha 16 de mayo del 2003, la Mutual
Metropolitana -L celebró un contrato de Dación en
Pago con el Ministerio de Economía y Finanzas, el
mismo que había sido autorizado por el Decreto Su-
premo Nº 087-99 del 1 de junio de 1999. Mediante
este contrato la Mutual transfirió a dicho Ministerio 6
(seis) inmuebles, 85 (ochenta y cinco) créditos en
moneda nacional y 31 (treinta y uno) en moneda ex-
tranjera, por un valor total de S/. 3 566 mil (tres millo-
nes quinientos sesenta y seis mil Nuevos Soles). Los
documentos sustentatorios de los créditos fueron en-
tregados directamente al FONAFE mediante Acta de
fecha 10 de octubre del 2003 y la transferencia regis-
tral de los inmuebles consta en las partidas corres-
pondientes;
Que, los últimos activos con que contaba la Mu-
tual Metropolitana -L, conformado por 6 (seis) crédi-
tos vigentes, todos ellos por un valor de US$ 33
166.60 (treinta y tres mil ciento sesenta y seis y 60/
100 Dólares Americanos) y S/. 38 547.90 (treinta y
ocho mil quinientos cuarenta y siete y 90/100 Nue-
vos Soles), han sido entregados a la Mutual de Vi-
vienda Perú en Liquidación, a través del Contrato de
Cesión de Derechos y Garantías con Obligación de
Hacer suscrito el 3.11.2003, por el cual esta última
se encargaría de realizar las gestiones necesarias
para recuperar los créditos y con el 50% de lo que
efectivamente recupere, pagar directamente al Minis-
terio de Economía y Finanzas, principal acreedor de
la Mutual Metropolitana -L;
Que, a la fecha existen dos procesos judiciales
laborales en contra de la Mutual Metropolitana (L),
iniciados por doña Graciela Leyva Matos y doña Mir-
tha Elba Cumpa Tay, pendientes de sentencia, los
cuales han sido incluidos mediante Addenda al Con-
trato de Cesión de Derechos y Garantías con Obliga-
ción de Hacer comentado en el considerado anterior,
garantizando de esta manera la disposición del Po-
der Judicial en caso les sea favorable a las indicadas
personas;
Que, asimismo, existen 10 procesos por la misma
causa que se encuentran sentenciados, habiéndose
pagado el capital; encontrándose pendiente de pago
los intereses y costas. El actual liquidador de la Mu-
tual Metropolitana (L) ha cumplido con notificar a los
Juzgados correspondientes la imposibilidad de hon-
rar el mandato judicial de pago y los que el Poder
Judicial pueda ordenar en el futuro, teniendo en cuen-
ta que la Mutual ya no cuenta con activos;
Que, de otro lado, conforme a lo dispuesto por el
Archivo General de la Nación, la Mutual Metropolita-
na -L ha cumplido con transferir el acervo documen-
tario de todo su proceso liquidatorio a la custodia de
la Mutual de Vivienda Perú, en Liquidación, hasta que
el organismo correspondiente cuente con espacio
para recibir estos documentos;
Que, según se desprende del Balance General al
24 de noviembre de 2003, publicado el 26.11.2003
en el diario Perú 21, la Mutual Metropolitana -L, no
registra activos, por lo que las obligaciones conteni-
das en los rubros, Fondos Interbancarios (S/. 16 mil -
dieciséis mil Nuevos Soles), Adeudados a Bancos y
Otras Instituciones Financieras (S/. 9 744 mil - nueve
millones setecientos cuarenta y cuatro mil Nuevos
Soles), Intereses y Comisiones Devengados (S/. 4 431
mil - cuatro mil cuatrocientos treinta y uno mil Nue-
vos Soles) y Otros Pasivos (S/. 882 mil - ochocientos
ochenta y dos mil Nuevos Soles), no podrán ser hon-
radas por agotamiento de activos;
Que en aplicación de lo dispuesto en el Artículo
114º de la Ley General del Sistema Financiero y del
Sistema de Seguros y Orgánica de la Superinten-
dencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y
modificatorias, corresponde a la Superintendencia dar
por concluido el proceso liquidatorio de la Mutual
Metropolitana -L;
Estando a lo opinado por las Superintendencias
Adjuntas de Banca y Asesoría Jurídica; y, en uso de
las facultades que le confiere la citada Ley General;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Dar por concluido el proceso liqui-
datorio de la Mutual de Vivienda Metropolitana en Liqui-
dación y en consecuencia declarar la extinción de su per-
sonalidad jurídica, disponiendo el traslado oportuno del
acervo documentario al Archivo General de la Nación.
Artículo Segundo.- Dar por terminado el encar-
go efectuado al señor Víctor Thelmo Cornejo Lagos,
para la representación y administración de la Mutual
de Vivienda Metropolitana, en Liquidación, en con-
secuencia revocar los poderes otorgados en este sen-

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