Limitación a tercerización laboral debería derogarse

Por MELISSA RODRIGUEZ ENCISO

En mayo, la Comisión de Economía del Congreso de la República aprobó el dictamen del proyecto de ley 1726/2021-CR, que deja sin efecto el Decreto Supremo 001-2022-TR aprobado por el Ejecutivo el 23 de febrero pasado, que prohíbe la tercerización laboral en las ?actividades nucleares? de las empresas y que, de no derogarse, entraría en vigencia el próximo 22 de agosto.Ricardo Herrera, socio principal del Estudio Muñiz, señaló que, de no derogarse, cerca de un millón y medio de trabajadores se verían perjudicados, diseminados en todos los sectores de la actividad económica, incluyendo el Estado.Sin embargo, señaló que existen en preagenda del debate del pleno del Parlamento dos proyectos acumulados (1726 y 2129), aprobados por la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera, de los congresistas Norma Yarrow y Jorge Morante, respectivamente, cuyo objetivo es dejar sin efecto el decreto del Ejecutivo.Asimismo, hay un tercer proyecto (1522) de Avanza País que propone la derogatoria, que cuenta con dictamen favorable de la Comisión de Constitución.?La propia Comisión de Constitución del Parlamento está afirmando que este decreto es ilegal e inconstitucional?, señaló Herrera.Asimismo, anotó que la norma del Ejecutivo fue gestada ilegalmente porque no cumplió un requisito fundamental: antes de ser aprobada, debía tener un informe favorable de la comisión interviceministerial de todos los sectores involucrados, además de ser aprobada por el Consejo de Ministros.?Efectos?Carla Benedetti, socia del área laboral del Estudio Benites, Vargas & Ugaz Abogados...

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