Ley hipotecaria y Banco Hipotecario

AutorLuis Díez-Picazo Ponce de León
Cargo del AutorAbogado en ejercicio en España
Páginas439-451
439
Ley hipotecaria y Banco Hipotecario
Luis Díez-Picazo Ponce de León*
La promulgación en España de la Ley Hipotecaria, el 6 de
febrero de 1861, es un hecho histórico que no puede consi-
derarse abstractamente, ni debe desligarse de los avatares
por los que había pasado el régimen jurídico de la propiedad
inmueble y la economía general de ese país.
Hace no mucho tiempo Margarita Serna Vallejo1 decía
que no existe aún en España un trabajo monográco dedi-
cado al análisis de los planteamientos ideológicos, sociales
y económicos que inspiraron la reforma hipotecaria y sólo
se cuentan con algunas reexiones parciales que resultan
claramente insucientes. Así, Fiestas Loza, Martínez Cua-
drado y Maluquer de Motes, entre otros, se han referido a
la vinculación existente entre el Registro de la Propiedad y
la desamortización. La relación entre la reforma hipotecaria
y el conjunto de medidas dirigidas a la liberalización de
la propiedad se ha planteado desde una perspectiva más
amplia por Tomás y Valiente, Peset, Lacruz Berdejo y quien
* Abogado en ejercicio en España. Miembro del Colegio de Abogados de
Madrid y Profesor Visitante de la European Union Law at Université
Paris II (Panthéon-Assas).
1 Serna vallejo, Margarita. «Anotaciones histórico-jurídicas sobre la ins-
cripción de la propiedad al servicio del tráco jurídico». En Propiedad e
Historia del Derecho. Madrid: Colegio de Registradores de la Propiedad
y Mercantiles de España, 2005.

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