ORDENANZA N° 025-2012-AL/CPB - Aprueban el Plan Integral de Gestión Ambiental de Residuos Sólidos para la provincia de Barranca (PIGARS)

Fecha de disposición21 Septiembre 2012
Fecha de publicación21 Septiembre 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 21 de setiembre de 2012
474892
a los informes emitidos como sustento, los cuales forman
parte integrante del presente como Anexos.
Artículo Segundo.- Encargar al CEPRI la publicación
de la Declaración de Interés de la Iniciativa Privada que
contiene el Resumen Ejecutivo al que se ref‌i ere el artículo
parte integrante del presente como Anexo, en el diario
Of‌i cial El Peruano, así como en un diario de circulación
nacional y en el portal institucional de la Municipalidad de
La Victoria (www.munilavictoria.gob.pe), de conformidad
al procedimiento y los plazos establecidos en el artículo
15º del Decreto Legislativo Nº 1012 y en el artículo 17º
Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaría General
la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el
Diario Of‌i cial El Peruano y en el portal institucional de
la Municipalidad de La Victoria, una vez que el CEPRI
informe el cumplimiento del procedimiento establecido en
el Decreto Legislativo Nº 1012 y el Decreto Supremo Nº
146-2008-EF.
Artículo Cuarto.-. Especif‌i car que los gastos en los
que ha incurrido la empresa Los Portales S.A ascienden a
S/.191,686.00 (ciento noventa y un mil seiscientos ochenta
y seis y 00/100 nuevos soles) por concepto de elaboración
de la Iniciativa Privada, así como a US$ 6,844.00 (seis mil
ochocientos cuarenta y cuatro y 00/100 dólares americanos)
por aquellos gastos originados en la preparación de la
información adicional y las modif‌i caciones solicitadas.
Dichos gastos han sido debidamente sustentados de
conformidad a lo informado por el CEPRI y no exceden al
1% del valor total de la obra.
Artículo Quinto.- Encargar al CEPRI el cumplimiento
de lo dispuesto en el presente, así como de las normas
legales glosadas y demás dispositivos legales que resulten
aplicables.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C.
Alcalde
843696-1
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE BARRANCA
Aprueban el Plan Integral de Gestión
Ambiental de Residuos Sólidos para la
provincia de Barranca (PIGARS)
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 025-2012-AL/CPB
EL ALCALDE DEL HONORABLE CONCEJO
PROVINCIAL DE BARRANCA
VISTOS: En Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 29
de Agosto del 2012, el Informe Nº 0635-2012-GSP-MPB de
la Gerencia de Servicios Públicos, el Informe Legal Nº 0932-
2012-OAJ/MPB de Asesoría Jurídica y el Memorándum Nº
1338-2012-GM/MPB de la Gerencia Municipal, sobre el
Proyecto de Ordenanza Municipal de Aprobación del PLAN
INTEGRAL DE GESTIÓN AMBIENTAL DE RESIDUOS
SÓLIDOS PARA LA PROVINCIA DE BARRANCA
(PIGARS); y,
CONSIDERANDO:
Que, en el informe Nº 0635-2012-GSP-MPB el
Gerente de Servicios Públicos, sustenta la necesidad
de implementar el Plan Integral de Gestión Ambiental
de Residuos Sólidos para la Provincia de Barranca
(PIGARS), con la f‌i nalidad de mejorar la calidad de vida
de la población en la Provincia de Barranca, mediante la
gestión participativa y ecoef‌i ciente de los residuos sólidos,
la inclusión de poblaciones vulnerables y el compromiso
de todos sus habitantes.
Que, por Resolución de Alcaldía Nº 0296-2011-
AL/RUV-MPB se designa al Equipo Técnico Municipal
responsable de la Implementación del Plan de Manejo de
Residuos Sólidos del Distrito de Barranca, la cual deberá
estar integrada por:
• Gerente de Servicios Públicos
• Gerente de Bienestar, Participación y Promoción
• Gerente de Planeamiento y Presupuesto
• Gerente de Rentas
• Sub. Gerente de Imagen Institucional y Protocolo
• Representantes de la CAM
Por ello, para el presente plan resulta necesario que
mediante Resolución de Alcaldía se conforme al Equipo
Técnico Municipal responsable de la Implementación de
Plan Integral de Gestión Ambiental de Residuos Sólidos
(PIGARS) para la Provincia de Barranca, a efectos de que
priorice el cumplimiento de dicho plan.
Que, la acotada Resolución de Alcaldía reglamenta la
programación de reuniones y la rendición de cuentas de
manera articulada a los mecanismos existentes, como la
Rendición del Plan Operativo Institucional y la Rendición
de Avances de Proyectos de Inversión Pública.
generación de la Política Nacional del Ambiente y la
gestión ambiental a nivel nacional.
Que, la Ley General del Ambiente es la norma
ordenadora del marco normativo legal para la gestión
ambiental, establece los principios y normas básicas para
asegurar el efectivo ejercicio del derecho a un ambiente
saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo
de la vida, así como el cumplimiento del deber de contribuir
a una efectiva gestión ambiental y de proteger el ambiente,
así como sus componentes, con el objetivo de mejorar
la calidad de vida de la población y lograr el desarrollo
sostenible del país.
Que, la Ley Nº 27314 – Ley General de Residuos
Sólidos y su Modif‌i catoria, el Decreto Legislativo Nº 10651
son de aplicación a todas las actividades, procesos y
operaciones de la gestión y manejo de residuos sólidos,
desde la generación hasta su disposición f‌i nal, incluyendo
las distintas fuentes de generación de dichos residuos,
en los sectores económicos, sociales y de la población.
Asimismo, comprende las actividades de internamiento y
tránsito por el territorio nacional de residuos sólidos. En
esta Ley y en la modif‌i catoria citada se describen el ámbito
de acción de los gobiernos locales en cuanto a la gestión y
manejo de los residuos sólidos en su jurisdicción.
Que, el D.S. Nº 057-2004-PCM - Reglamento de la Ley
General de Residuos Sólidos precisa las responsabilidades
y derechos de las municipalidades y otros actores
involucrados en la gestión de los residuos sólidos.
Que, la Ley Nº 29419 - Ley que Regula la Actividad
de los Recicladores, establece el marco normativo
para los trabajadores de la actividad de reciclaje en el
Perú, promueve su formalización y contribuye al manejo
ecológicamente ef‌i ciente de los residuos sólidos en el
marco de los objetivos y principios de la ley general de
Residuos Sólidos.
Que, el D.S. Nº 005-2010-MINAM, Reglamento
de la Ley que Regula la Actividad de los Recicladores
establece que la formalización de recicladores y la
recolección selectiva de residuos sólidos a cargo de las
Municipalidades, promoviendo la integración de actores
para el aprovechamiento de los residuos sólidos como
base productiva de la cadena del reciclaje.
en su artículo 80º, especif‌i ca que son funciones específ‌i cas
compartidas de las municipalidades en materia de
saneamiento, salubridad y salud los siguientes: Regular
y controlar el proceso de disposición f‌i nal de desechos
sólidos, líquidos y vertimientos industriales en el ámbito
provincial y Regular y controlar la emisión de humos,
gases, ruidos y demás elementos contaminantes de la
atmósfera y el ambiente.
Que, la Ley Nº 29465 - Ley de Presupuesto del Sector
Público 2010 y 2011, modif‌i cada por el Decreto de Urgencia
Nº 119-2009, crea el Programa de Modernización Municipal
para el período 2010-2013, con el objeto de generar
condiciones que permitan un crecimiento sostenido de la
economía local.
Que, la Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2011 determina el
presupuesto para el Año Fiscal 2011 y crea el Fondo
de Gestión y Modernización Municipal (2011 -2013), de

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