Informe Técnico Nº 1980-2023-SERVIR-GPGSC, 31 de diciembre de 2023

Fecha31 Diciembre 2023
Tipo de documentoInforme
"Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres"
"Año de la unidad, la paz y el desarrollo
Gerencia de Políticas de Gestión del
Servicio Civil
Autoridad Nacional
del Servicio Civil
Presidencia
del Consejo de Ministros
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Lima,
INFORME TÉCNICO N° -2023-SERVIR-GPGSC
:
JUAN BALTAZAR DEDIOS VARGAS
Gerente de Políticas de Gestión del Servicio Civil
:
ANTONIO STALIN CASTAÑEDA CABANILLAS
Ejecutivo de Soporte y Orientación Legal (e)
:
Sobre certificado médico para otorgar licencia por salud
:
Oficio N° 2833-2023-DREA/UGEL HZ-SS-PER-AGA-DIR
I. Objeto de la consulta
Mediante el documento de la referencia, la Dirección de la Unidad de Gestión Educativa Local
de Huaraz consulta a SERVIR si, en el marco normativo vigente sobre licencias y permisos por
salud del personal administrativo sujeto al Decreto Legislativo N° 276, resulta necesario
acompañar el certificado médico particular con el recibo por honorarios del médico, receta
médica y su comprobante de pago, para proceder a autorizar dicho descanso.
II. Análisis
Competencias de SERVIR
2.1 La Autoridad Nacional del Servicio Civil SERVIR es un organismo rector que define,
implementa y supervisa las políticas de personal de todo el Estado. No es parte de sus
competencias el constituirse en una instancia administrativa o consultiva previa a la adopción
de decisiones individuales que adopte cada entidad, máxime cuando las oficinas de recursos
humanos de las entidades o empresas del Estado, o las que hagan sus veces, son parte del
Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos (de conformidad con el literal b) del
artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1023
1
y constituyen el nivel descentralizado responsable
de implementar las normas, principios, métodos, procedimientos y técnicas del Sistema.
2.2 Al respecto, resulta pertinente precisar que las consultas que absuelve SERVIR son aquellas
referidas al sentido y alcance de la normativa aplicable al Sistema Administrativo de Gestión
de Recursos Humanos, en adelante SAGRH, planteadas sobre temas genéricos y vinculados
entre sí, sin hacer alusión a asuntos concretos o específicos, por lo que, las conclusiones del
presente informe no se encuentran vinculadas necesariamente a situación particular alguna.
2.3 Considerando lo señalado hasta este punto, resulta evidente que no corresponde a SERVIR a
través de una opinión técnica emitir pronunciamiento sobre alguna situación concreta. Por
ello, el presente informe examina las nociones generales a considerar sobre las materias de la
presente consulta.
1
Decreto Legislativo que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil.

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