INFORME de Superintendencia nº 042-2014-SUNAT/5D0000
Año | 2014 |
Fecha | 08 Agosto 2014 |
Emisor | Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria |
INFORME N.° 042-2014-SUNAT/5D0000
MATERIA:
Se consulta si, para efectos del Impuesto a la Renta, constituyen regalías los
pagos que los distribuidores locales de software efectúan a proveedores no
domiciliados por la adquisición de determinada cantidad de software
estándar(
1
) con su respectiva licencia de uso para usuario final, que va a ser
vendida posteriormente por aquellos.
BASE LEGAL:
- Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el
Decreto Supremo N.° 179-2004-EF, publicado el 8.12. 2004, y normas
modificatorias (en adelante, TUO de la Ley del Impuesto a la Renta).
- Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto
Supremo N.° 122-94-EF, publicado el 21.9.1994, y normas modificatorias
(en adelante, Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta).
- Decreto Legislativo N.° 822, publicado el 24.4.199 6, y normas
modificatorias, Ley sobre el Derecho de Autor.
ANÁLISIS:
1. El artículo 27° del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta establece que
cualquiera sea la denominación que le acuerden las partes, se considera
regalía a toda contraprestación en efectivo o en especie originada por el uso
o por el privilegio de usar patentes, marcas, diseños o modelos, planos,
procesos o fórmulas secretas y derechos de autor de trabajos literarios,
artísticos o científicos, así como toda contraprestación por la cesión en uso
de los programas de instrucciones para computadoras (software) y por la
información relativa a la experiencia industrial, comercial o científica.
Por su parte, el primer párrafo del artículo 16° de l Reglamento de la Ley del
Impuesto a la Renta señala que la cesión en uso de programas de
instrucciones para computadoras (software) cuya contraprestación
constituye regalía según lo previsto en el primer párrafo del artículo 27° de
la Ley, es aquella mediante la cual se transfiere temporalmente la titularidad
de todos, alguno o algunos de los derechos patrimoniales sobre el software,
que conllevan el derecho a su explotación económica.
1
Existen distintos tipos de licencia de uso de software; siendo que en los contratos de licencia de uso
de software en serie bajo la modalidad "shrink wrap", el objeto de estos contratos se refiere al s oftware
estándar que se comercializa masivamente, es decir, al programa-producto (NÚÑEZ PONCE, Julio.
Software: licencia de uso, derecho y empresa. Universidad de Lima, Fondo de Desarrollo Editorial.
Lima, 1998. Pág. 72).
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