ORDENANZA Nº 186-2010/GRP-CR - Ordenanza que declara Feriado No Laborable el día 21 de mayo de 2010 en el departamento de Piura por firma del contrato de la ejecución de las obras del Proyecto Especial de Irrigación e Hidroenergético del Alto Piura

Fecha de publicación20 Mayo 2010
Fecha de disposición20 Mayo 2010
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 20 de mayo de 2010 419219
Economía y Finanzas que en coordinación con el Gobierno
Regional Piura conforme en la Sede de la Sub Región
Morropón Huancabamba la Unidad Ejecutora del Proyecto
Hidroenergético del Alto Piura;
Que, mediante Ley N° 29193, publicada en el Diario
Of‌i cial El Peruano el 25 de enero del 2008, se declara de
necesidad y utilidad pública la construcción de la Presa de
Tronera Sur y del Túnel Trasandino de derivación de aguas
dentro del Proyecto Especial de Irrigación e Hidroenergético
del Alto Piura;
Que, mediante Ordenanza Regional Nº 154-2008/GRP-
CR, de fecha 28 de noviembre de 2008, se autorizó a la
Presidencia Regional del Gobierno Regional de Piura a
utilizar hasta el treinta por ciento (30%) de los ingresos
del Pliego Gobierno Regional Piura, provenientes de la
fuente de f‌i nanciamiento canon y sobrecanon, regalías
y participaciones, y hasta por un plazo de quince (15)
años para coberturar el monto de coparticipación con el
Gobierno Nacional, en el f‌i nanciamiento de la Primera
Etapa del Proyecto “Mejoramiento de Riego y Generación
Hidroenergética del Alto Piura”, que comprende las obras
del Túnel de Trasvase y la Presa Derivadora Tronera Sur de
la Unidad Ejecutora 005 – Proyecto Especial de Irrigación e
Hidroenergético del Alto Piura u otros Proyectos de Impacto
Regional;
Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional N° 548-
2009/GRP-CR, de fecha 28 de abril de 2009, se Autorizó
aprobar la solicitud de un préstamo -Línea de Crédito Múltiple
Progresiva- al Banco de la Nación, hasta por la suma de S/.
100´000,000.00 (Cien Millones y 00/100 de nuevos soles),
para ser cancelado hasta un plazo de 180 meses con el objeto
de destinarlo exclusivamente en la ejecución del Proyecto:
“Mejoramiento de Riego y Generación Hidroenergética del
Alto Piura” de la Unidad Ejecutora 005 - Proyecto de Irrigación
e Hidroenergético del Alto Piura;
Que, mediante Of‌i cio UNOPS/PER/86758-C del 28
de abril de 2010, la Dirección del Centro de Operaciones
en Perú de la Of‌i cina de Servicios para Proyectos de las
Naciones Unidas –UNOPS– comunica el Informe Final
de Evaluación de las ofertas presentadas al proceso de
transferencia, la misma que recomienda la adjudicación
del presente proceso de licitación correspondiente a los
trabajos para la Construcción de la Presa Tronera Sur y
Túnel Trasandino del PEIHAP a favor de la Empresa
CONSTRUCOES E COMERCIO CAMARGO CORREA S.A;
asimismo con Carta N° CCSP/CE/115/2010 del 04 de mayo
de 2010, los Apoderados de la Empresa CONSTRUCOES
E COMERCIO CAMARGO CORREA S.A agradecen la
conf‌i anza depositada en la Empresa y aceptan la Buena
Pro otorgada, comunicando estar aptos para realizar las
coordinaciones necesarias para la suscripción del Contrato
en los plazos establecidos;
Que, con Informe N° 039-2010/GRP-407000-407100
del 17 de mayo de 2010, la Gerencia General del Proyecto
Especial de Irrigación e Hidroenergético del Alto Piura,
comunica que habiéndose culminado el Proceso de Licitación
Pública Internacional a cargo de la UNOPS para seleccionar
a la empresa que se encargue de la Construcción de las
obras del Componente I, consistente en “Construcción de la
Presa Tronera Sur y Túnel Trasandino del Proyecto Especial
de Irrigación e Hidroenergético del Alto Piura”, así como
de la correspondiente empresa Supervisora, y habiendo
el Directorio del PEIHAP, validado y aprobado todos los
documentos necesarios para f‌i niquitar la f‌i rma del contrato el
próximo 21 de los corrientes, mediante Acuerdo N° 033-2010
que señala: “Aprobar el Contrato que va a ser f‌i rmado por el
PEIHAP con la Empresa “CONSTRUCOES E COMERCIO
CAMARGO CORREO S.A”, quien se encargará de la
“Construcción de la Presa Tronera Sur y del Túnel Trasandino
del Proyecto Especial de Irrigación e Hidroenergético Alto
Piura”, así como la empresa SUPERVISORA “CONSORCIO
ALTO PIURA”, asimismo faculta al Gerente General del
PEIHAP a suscribir dicho contrato, conforme al Art. 14°
inciso n) del Manual de Operaciones del PEIHAP, para lo
cual debe realizar las coordinaciones y comunicaciones
pertinentes, para que dichos contratos sean f‌i rmados el día 21
de mayo del presente año.”; por ello solicita, considerando la
importancia que tiene el más anhelado proyecto de desarrollo
piurano, dando el realce debido a tan magna fecha, en que se
suscribe el contrato con las empresas ganadora constructora
CONSTRUCOES E COMERCIO CAMARGO CORREA S.A y
supervisora CONSORCIO DE SUPERVISIÓN ALTO PIURA,
respectivamente, para que se declare día feriado regional o al
menos en la provincia de Morropón;
Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesión
Extraordinaria Nº 08 - 2010, de fecha 17 de mayo del
2010, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del
Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura
en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la
Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de los
Gobiernos Regionales y sus modif‌i catorias;
HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:
ORDENANZA QUE DECLARA FERIADO NO
LABORABLE EL DÍA 21 DE MAYO DE 2010 EN
EL DEPARTAMENTO DE PIURA POR FIRMA DEL
CONTRATO DE LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS
DEL PROYECTO ESPECIAL DE IRRIGACIÓN E
HIDROENERGÉTICO DEL ALTO PIURA
Artículo Primero.- Declarar feriado no laborable,
en el ámbito territorial del departamento de Piura, el día
21 de mayo del año 2010, por la f‌i rma del Contrato de la
ejecución de las obras del Componente I, consistente en
“Construcción de la Presa Tronera Sur y Túnel Trasandino
del Proyecto Especial de Irrigación e Hidroenergético del
Alto Piura”.
Artículo Segundo.- Las horas dejadas de laborar
el día 21 de mayo, serán compensadas en las semanas
posteriores a éste, de acuerdo a lo que establezca el titular
de la entidad pública regional correspondiente, en función a
sus propias necesidades.
Artículo Tercero.- Sin perjuicio de lo establecido en
los artículos precedentes, los titulares de las entidades del
Sector Público Regional adoptarán las medidas necesarias
para garantizar la provisión de aquellos servicios que sean
indispensables para la sociedad durante el día feriado.
Artículo Cuarto.- Para efecto del cómputo de los
plazos regulados para los procedimientos administrativos,
el día 21 de mayo del presente año es considerado como
día inhábil, con excepción de los procesos de adquisiciones
y contrataciones de bienes, servicios u obras que se
realizan al amparo del Decreto Legislativo N° 1017, Ley de
Contrataciones del Estado.
Artículo Quinto.- Los centros de trabajo del Sector
Privado podrán acogerse a lo dispuesto en la presente
Ordenanza, previo acuerdo entre el empleador y sus
trabajadores, quienes deberán establecer la forma como
se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de
laborar, a falta de acuerdo decidirá el empleador.
Artículo Sexto.- La presente Ordenanza entrará en
vigencia al siguiente día de su publicación en el Diario
Of‌i cial El Peruano.
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno
Regional Piura para su promulgación.
En Piura, a los diecisiete días del mes de mayo del año
dos mil diez.
PEDRO ANTONIO VALDIVIEZO PALACIOS
Consejero Delegado
Consejo Regional
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en Piura, en la sede del Gobierno Regional Piura,
a los diecisiete días del mes de mayo del año dos mil diez.
CÉSAR TRELLES LARA
Presidente Regional
495110-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE BREÑA
Aprueban Ordenanza que reglamenta
la propaganda política electoral en el
distrito de Breña
Breña, 30 de abril del 2010

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