RESOLUCION MINISTERIAL N° 171-2014-TR - Aprueban transferencia financiera del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo 'Trabaja Perú' a favor de organismos ejecutores del sector público para el pago del Aporte Total del Programa de 9 convenios en el marco de la Acción de Contingencia AC-67

Fecha de disposición22 Agosto 2014
Fecha de publicación22 Agosto 2014
El Peruano
Viernes 22 de agosto de 2014 530567
derechos fundamentales en el ámbito laboral, reconocidos
en la Constitución Política del Perú e instrumentos
internacionales relacionados con el trabajo, el empleo y
la protección social;
Que, el artículo 52 del Decreto Supremo Nº 004-
2014-TR que aprueba el Reglamento de Organización
y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del
Empleo, señala que la Dirección General de Derechos
Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo
es el órgano de línea responsable de formular las
políticas públicas y funciones sustantivas orientadas a
la promoción de la libertad sindical, la erradicación del
trabajo forzoso, la erradicación del trabajo infantil, la
igualdad de oportunidades y no discriminación, entre
otros derechos fundamentales en el trabajo;
Que, siendo necesario realizar anualmente una
actividad en la cual se convoque a los funcionarios de
las Direcciones o Gerencias Regionales de Trabajo y
Promoción del Empleo a nivel nacional, responsables
de conducir las acciones sobre seguridad y salud en el
trabajo, en sus respectivas regiones, para capacitarlos en
la tarea de prevenir los riesgos laborales, la Secretaría
Técnica del Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el
Trabajo, cuyas funciones son asumidas por la Dirección
General de Derechos Fundamentales y Seguridad y
Salud en el Trabajo, se encuentra organizando el Taller
Nacional denominado “II ENCUENTRO NACIONAL
DE CONSEJEROS REGIONALES DE SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO”, el mismo que se llevará a cabo
los días 25 y 26 de setiembre de 2014, en la ciudad de
Cajamarca;
Que, la Oficina General de Administración del
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo,
mediante el Oficio Nº 1114-2014-MTPE/4/11 remite
la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 558,
mediante la cual se garantiza que la Dirección General
de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en
el Trabajo cuenta con la disponibilidad presupuestal
para su ejecución;
Que, en mérito a las consideraciones expuestas
en los párrafos precedentes, corresponde emitir el acto
administrativo que otorgue el carácter of‌i cial al citado
evento de capacitación;
Que, mediante el Informe Nº -2014-MTPE/4/8, la
Of‌i cina General de Asesoría Jurídica, en virtud a la
documentación adjunta y el marco legal expuesto, se
pronuncia favorablemente;
Con la visación del Jefe de la Of‌i cina General de
Asesoría Jurídica; y,
En uso de las facultades conferidas por el numeral
8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del
Poder Ejecutivo; el artículo 11 de la Ley Nº 29381, Ley
de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo
y Promoción del Empleo; el inciso d) del Artículo 7 del
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio
de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dar carácter of‌i cial al Taller Nacional
denominado “II ENCUENTRO NACIONAL DE
CONSEJEROS REGIONALES DE SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO”, organizado por la Dirección
General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud
en el Trabajo a realizarse los días 25 y 26 de setiembre
del 2014, en la ciudad de Cajamarca.
Artículo 2.- La presente resolución será publicada
en el Portal Institucional del Ministerio de Trabajo y
Promoción del Empleo (www.trabajo.gob.pe), siendo
responsable de dicha acción el Jefe de la Of‌i cina
General de Estadística y Tecnologías de la Información
y Comunicaciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FREDY OTÁROLA PEÑARANDA
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo
1126658-1
Aprueban transferencia financiera
del Programa para la Generación de
Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”
a favor de organismos ejecutores del
sector público para el pago del Aporte
Total del Programa de 9 convenios en
el marco de la Acción de Contingencia
AC-67
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 171-2014-TR
Lima, 21 de agosto de 2014
VISTOS: El Memorando Nº 137-2014/TP/DE/
UGPYTOS-UATEP y el Informe Nº 111-2014-TP/DE/
UGPYTOS-UATEP, de la Unidad de Asistencia Técnica
y Evaluación de Proyectos de la Unidad Gerencial de
Proyectos; el Memorando Nº 429-2014-TP/DE/UGPPME-
UPP, de la Unidad de Planif‌i cación y Presupuesto de
la Unidad Gerencial de Planif‌i cación, Presupuesto,
Monitoreo y Evaluación; el Informe Nº 368-2014-TP/DE/
UGAL, de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal; el Of‌i cio
Nº 519-2014-MTPE/3/24.1, de la Directora Ejecutiva del
Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo
“Trabaja Perú”; y,
CONSIDERANDO:
modif‌i cado por el Decreto Supremo Nº 004-2012-TR, se
crea el Programa para la Generación de Empleo Social
Inclusivo “Trabaja Perú”, en adelante el Programa, con el
objeto de generar empleo y promover el empleo sostenido
y de calidad en la población desempleada y subempleada
de las áreas urbanas y rurales, en condición de pobreza
y pobreza extrema;
Que, el literal a) del numeral 12.1 del artículo 12 de
la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2014, autoriza la realización de manera
excepcional, de diversas transferencias f‌i nancieras entre
entidades, las que incluyen a aquellas efectuadas por el
Programa, debiendo ser aprobadas mediante resolución
del titular del pliego y publicadas en el Diario Of‌i cial El
Peruano;
Que, el artículo 29 del Manual de Operaciones del
Programa, aprobado mediante Resolución Ministerial
Nº 226-2012-TR, precisa que la ejecución de recursos
y desembolsos se realiza en base al presupuesto del
Programa, así como a fuentes de cooperación, siendo
una de las modalidades para hacerla efectiva, las
transferencias f‌i nancieras a organismos ejecutores;
Que, el artículo 5 de la Ley Nº 30191, Ley que
establece medidas para la prevención, mitigación
y adecuada preparación para la respuesta ante
situaciones de desastre, autoriza gastos para la
ejecución de proyectos de inversión pública de
prevención y mitigación de riesgos de desastres, en
el marco del Programa “Trabaja Perú”, conforme al
Anexo Nº 1-B, hasta por la suma de S/. 84 922 661,00
(Ochenta y Cuatro Millones Novecientos Veintidós Mil
Seiscientos Sesenta y Uno con 00/100 Nuevos Soles),
los que se financia con cargo a los recursos asignados
a favor del Ministerio de Trabajo y Promoción del
Empleo, a los que hace referencia el artículo 11 de la
citada Ley;
Que, asimismo, el numeral 13.2 del artículo 13 de
la referida Ley, dispone que “excepcionalmente los
recursos para proyectos de inversión a que se refieren
los artículos 3, 5, 6 y 7 de la presente Ley, que no
hayan sido comprometidos dentro de los sesenta días
calendario contados a partir de la vigencia de la presente
Ley, o que no hayan podido ser comprometidos por
causal ajena a la gestión o decisión de la respectiva
entidad, pueden ser destinados a la ejecución de
otros proyecto de inversión que tengan las mismas
finalidades que se señalan en los mencionados
artículos”;
Que, conforme al marco normativo expuesto,
mediante Decreto Supremo Nº 209-2014-EF se aprueba
el cambio de destino de los recursos autorizados por

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