DECRETO SUPREMO N° 004-2014-TR - Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo

Fecha de disposición23 Mayo 2014
Fecha de publicación23 Mayo 2014
El Peruano
Viernes 23 de mayo de 2014 523749
TRABAJO Y PROMOCION
DEL EMPLEO
Decreto Supremo que aprueba
el Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de Trabajo y
Promoción del Empleo
DECRETO SUPREMO
Nº 004-2014-TR
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N° 29381 se aprueba la Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo
y Promoción del Empleo, que determina las áreas
programáticas de acción y regula las competencias
exclusivas y competencias compartidas con los gobiernos
regionales y gobiernos locales, así como las funciones y
estructura orgánica básica del Ministerio;
se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones
del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el
mismo que formaliza la estructura orgánica y contiene
las funciones generales y las funciones específicas de
los órganos y unidades orgánicas de dicha entidad, el
cual consta de ciento siete (107) artículos, y dos (02)
Disposiciones Complementarias Finales;
Que, los Gobiernos Regionales del Callao y Lima
han concluido el proceso de transferencia de funciones
sectoriales en materia de trabajo y promoción del empleo,
de acuerdo a las Resoluciones Ministeriales N° 175-2011-
TR y 170-2011-TR, respectivamente;
Que, mediante Ley N° 29981 se crea la
Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral,
como un organismo público técnico especializado,
adscrito al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo,
responsable de promover, supervisar y f‌i scalizar el
cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral y
el de seguridad y salud en el trabajo, así como brindar
asesoría técnica, realizar investigaciones y proponer la
emisión de normas sobre dichas materias;
Que, el artículo 4° de la Ley de Organización y
Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del
Empleo, establece que la Seguridad Social es una de las
áreas programáticas de acción de la entidad;
Que, en virtud a los literales c), e) y f) del artículo
28° los lineamientos para la elaboración y aprobación
del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de
las entidades de la Administración Pública, aprobado
por Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, corresponde
la aprobación del Reglamento de Organización y
Funciones – ROF del Ministerio de Trabajo y Promoción
del Empleo;
Que, la Secretaría de Gestión Pública de la
Presidencia del Consejo de Ministros, mediante Informe
N° 004-2014-PCM-SGP.RFN, considera viable el proyecto
de Reglamento de Organización y Funciones - ROF del
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;
En uso de las atribuciones conferidas por el numeral
y de conformidad con las disposiciones establecidas
en la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización
de la Gestión del Estado; en la Ley N° 29158, Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley N° 29381, Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y
Promoción del Empleo; y en el Decreto Supremo N°
043-2006-PCM;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
DECRETA:
Artículo 1.- Aprobación del Reglamento de
Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y
Promoción del Empleo
Apruébese el Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del
Empleo, que consta de noventa y cinco (95) artículos,
dos (02) Disposiciones Complementarias Finales y una
(01) Disposición Final Transitoria; y el correspondiente
organigrama; los cuales forman parte integrante del
presente Decreto Supremo.
Artículo 2.- Publicación
El Reglamento de Organización y Funciones del
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo aprobado en
el artículo precedente, será publicado en el Portal del Estado
Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.trabajo.
gob.pe), el mismo día de la publicación del presente Decreto
Supremo en el Diario Of‌i cial El Peruano.
Artículo 3.- Vigencia
El presente Decreto Supremo entrará en vigencia
al día siguiente de su publicación en el Diario Of‌i cial El
Peruano.
Artículo 4.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por la
Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
FINALES
Primera.- Implementación del Reglamento de
Organización y Funciones
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo,
mediante Resolución Ministerial, emitirá las disposiciones
complementarías que resulten necesarias para
la adecuada implementación del Reglamento de
Organización y Funciones, aprobado en el artículo 1 del
presente Decreto Supremo.
Segunda.- Efectos presupuestales
La aplicación del presente Decreto Supremo se
efectuará con cargo al presupuesto institucional del
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, sin
demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
Tercera.- Cuadro para Asignación de Personal del
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
presentará su proyecto de Cuadro para Asignación de
Personal – CAP, en un plazo no mayor de tres (3) meses,
contados a partir de la entrada en vigencia del presente
Decreto Supremo.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA
DEROGATORIA
ÚNICA.- Derogación
aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós
días del mes de mayo del año dos mil catorce.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ANA JARA VELÁSQUEZ
Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo
1086893-3
Aprueban transferencia financiera del
Programa para la Generación de Empleo
Social Inclusivo “Trabaja Perú” a favor
de organismos ejecutores del sector
público para el pago del Aporte Total
del Programa de convenios en el marco
del Concurso de Proyectos Regulares
2014
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 091-2014-TR
Lima, 21 de mayo de 2014

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