Disponen el embanderamiento general y pintado de fachadas de los inmuebles del distrito*

Fecha de publicación21 Julio 1997
Fecha de disposición21 Julio 1997
Pág. 151280
NORMAS LEGALES
Lima, lunes 21 de julio de 1997
Autorizan a empresa bancaria la aper-
tura de agencia en distrito de la provin-
cia del Cusco
RESOLUCION SBS Nº 477-97
Lima, 10 de julio de 1997
EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS
VISTA:
La solicitud presentada por el Banco de Lima-Sudameris, para
que se le autorice la apertura de una Agencia que estará ubicada en
la Av. El Sol, cuadra 1, distrito del Cusco, provincia y departamento
del Cusco;
CONSIDERANDO:
Que, la empresa recurrente ha cumplido con presentar la
documentación pertinente que justifica la apertura de dicha
Agencia;
De acuerdo con el Informe Nº ASIF"C"-156-OT/97 y a lo opinado
por el Superintendente Adjunto de Banca; y,
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 30º de la Ley
General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgáni-
ca de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702; y, en
la Circular Nº B-1989-97;
RESUELVE:
Artículo Unico.-
Autorizar al Banco de Lima-Sudameris, la
apertura de una Agencia que estará ubicada en la Av. El Sol, cuadra
1, distrito del Cusco, provincia y departamento del Cusco.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARTIN NARANJO LANDERER
Superintendente de Banca y Seguros
8232
Autorizan a entidad bancaria el cierre
de oficina especial ubicada en el dis-
trito de San Miguel, departamento de
Lima
RESOLUCION SBS Nº 493-97
Lima, 14 de julio de 1997
EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS
VISTA:
La solicitud presentada por el Banco Santander -Perú, para que
se le autorice el cierre de la Oficina Especial ubicado en el Bazar de
la Marina, sito en la Av. La Marina s/n Cda. 26 del distrito de San
Miguel, provincia y departamento de Lima; y,
CONSIDERANDO:
Que las razones expuestas por la empresa recurrente justifican
el cierre solicitado;
De acuerdo con el Informe Nº ASIF "D"-153-OT-97 y a lo opinado
por el Superintendente Adjunto de Banca; y,
De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 32º de la Ley
General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgáni-
ca de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702; y,
Circular Nº B-1989-97;
RESUELVE:
Artículo Unico.-
Autorizar al Banco Santander - Perú, el cierre
de la Oficina Especial ubicada en el Bazar de La Marina, sito en la
Av. la Marina s/n Cda. 26 del distrito de San Miguel, provincia y
departamento de Lima.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARTIN NARANJO LANDERER
Superintendente de Banca y Seguros
8311
INSTITUTO
NACIONAL DE SALUD
Precisan vigencia de sanción impues-
ta a empresa y a persona natural
RESOLUCION JEFATURAL
Nº 124-97-J-IPD/INS
Lima, 18 de julio de 1997
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Jefatural Nº 151-96-J-IPD/INS pu-
blicada el 15.JUN.96, se sancionó con inhabilitación a la empresa
SOFTECH EIRL. y a la persona de Moisés Tapia Ochoa, para
efectos de contratar con el Estado;
Que, es conveniente precisar los términos de vigencia y duración
de la sanción impuesta conforme a ley;
De conformidad con el Artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 717,
modificado por el Artículo 1º de la Ley Nº 26212 y D.S. Nº 074-95-
PCM, R.M. Nº 043-96-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.-
Precisar que la sanción de inhabilitación a que
hace referencia la Resolución Jefatural Nº 151-96-J-IPD/INS tiene
vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario
Oficial El Peruano y por un lapso de dos (2) años, en armonía con lo
dispuesto por el Artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 717 modifica-
do por la Ley Nº 26212.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS CARRILLO PARODI
Jefe
Instituto Nacional de Salud
8287
MUNICIPALIDAD DE
SAN JUAN DE
LURIGANCHO
Disponen el embanderamiento gene-
ral y pintado de fachadas de los inmue-
bles del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 024
San Juan de Lurigancho, 17 de julio de 1997
CONSIDERANDO:
Que, el día lunes 28 de julio del presente año, en la República del
Perú se celebra el Centésimo Septuagésimo Sexto Aniversario de la
Independencia;
Que, con el motivo de resaltar la efemérides patria, se requiere
la participación de la población que mora en la jurisdicción, como
también contar con la presencia de las Instituciones Públicas y
Privadas apostadas en este lugar de la patria. Asimismo se requiere
la presencia activa de los antes nombrados a fin de demostrar
nuestro espíritu cívico patriótico, para dicha ocasión es necesario el
embanderamiento general, limpieza y pintado de los diversos loca-
les y viviendas;
Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades que confiere la
Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y con cargo a dar cuenta
al Concejo;
SE DECRETA:
Artículo Primero.-
Disponer el EMBANDERAMIENTO GE-
NERAL del distrito de San Juan de Lurigancho, los días 26, 27, 28,
29 y 30 de julio de 1997.
Artículo Segundo.-
Disponer la Limpieza y el Pintado de las
Fachadas de las Viviendas y Locales Públicos y Privados ubicados
en el distrito de San Juan de Lurigancho hasta antes del día 26 del
presente mes.
Artículo Tercero.-
En caso de incumplimiento a lo dispuesto
en el presente Decreto, los infractores serán pasibles a las sanciones
y multas correspondientes.
Artículo Cuarto.-
Encargar a la Dirección Municipal, Direc-
ción de Servicios Comunales, Participación Vecinal y Dirección de
Rentas, el fiel cumplimiento del presente Decreto.
Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.
LUIS SUARES CACERES
Alcalde
8268

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