Discurso hegemónico e invisibilización del daño al proyecto de vida

AutorLuis Alejandro Luján Sandoval
CargoDocente de Derecho Comparado y Sistemas Jurídicos del Mundo en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos-UNMSM
Páginas235-268
REVISTA DE LA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS AÑO LXX III N° 13 / 2021 IS SN 2519-7592
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DISCURSO HEGEMÓNICO E INVISIBILIZACIÓN DEL
DAÑO AL PROYECTO DE VIDA
HEGEMONIC DISCOURSE AND INVISIBILIZATION
OF THE LIFE PROJECT DAMAGE
Luis Alejandro Luján Sandoval(1)
Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Perú
Resumen: La crítica del “daño al proyecto de vida” está vinculada con la invisibili-
zación de la violencia en la sociedad, y se articula mediante una ideología producto
del sistema económico imperante. Pese a su reconocimiento por parte de la juris-
prudencia nacional y de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos (Corte
IDH), persiste el discurso teórico que niega su autonomía con base en la defensa
de intereses hegemónicos que desvían la misión del derecho frente a la protección
integral del ser humano.
Palabras claves: Daño, proyecto de vida, invisibilización, violencia, Corte Interam-
ericana de Derecho Humanos, discurso.
Abstract: The critique against the “damage to the project of life” is linked to the
invisibilization of violence in the society, also it is based on an ideology which is
produced by the current economic system. Despite its recognition by national
jurisprudence and Interamerican Court of Human Rights, there is a persistent the-
oretical discourse that denies its autonomy supported by defence of hegemonic
interests, which deviate the purpose of law in face of an integral human being pro-
tection.
Key words: Damage, life project, invisibilization, violence, Interamerican Court of
Human Rights, discourse.
(1) Docente de Derecho Comparado y Sistemas Jurídicos del Mundo en la Universidad Nacional
Mayor de San Marcos-UNMSM. Abogado por la Universidad Nacional de Trujillo y Magíster en Derecho
Civil y Comercial por la UNMSM. Correo electrónico: llujans@unmsm.edu.pe.
Revista de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas • UNSAAC
Noviembre 2020 - Octubre 2021
ISSN 2519-7592 / EISSN: 2709-8540 • Nº 13 • Págs. 235 - 268
Recibido 30/08/2021 Aprobado 18/11/2021
Discurso Hegemónico e Invisibilización del Daño al Proyecto de Vida
REVISTA DE LA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS AÑO LXX III N° 13 / 2021 IS SN 2519-7592
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REVISTA DE LA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS AÑO LXX III N° 13 / 2021 IS SN 2519-7592
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1. Preliminar: la violencia encubierta en el discurso de la crítica
A través de la dispersa obra de Carlos Fernández Sessarego se menciona
que el daño al proyecto de vida es la expresión más radical del daño a la persona.
Esta reexión es categórica y, en buena cuenta, constituye una de las más impor-
tantes en el pensamiento jurídico nacional y de la región, no solo porque el con-
cepto aparezca en documentos “ociales”, sino porque su fundamento ético y, por
ende, práctico, reside en la valoración positiva de la dignidad humana.
El daño al proyecto de vida o a la libertad fenoménica implica reconocer
que el ser humano puede ser afectado en el modo que ha determinado vivir, en
el sentido de su existencia (nes vitales) o en su identidad. Tratar de ignorar tal
susceptibilidad podría constituir, en último análisis, una actitud tendente a “em-
pequeñecer el valor de la vida humana” (Fernández, 1996, p. 87). Ante esto, es evi-
dente que el uso del derecho en el maestro sanmarquino se maniesta claramente
como uno orientado a servir a la liberación del ser humano, antes que como una
herramienta destinada a encubrir (metódicamente) la estructura de la violencia en
la sociedad o a restaurarla y/o rearmar los elementos simbólicos(2) que la viabili-
zan (Segato, 2003, p. 146).
Las “críticas” a la autonomía del daño al proyecto de vida tienen un funda-
mento común, sutilmente encubiertas por un discurso con pretensión de neu-
tralidad, y amparadas en una racionalidad formal que se descubre a sí misma como
dogmática y funcional a un proceso de normalización de la violencia en la socie-
dad. La apelación hacia criterios de calculabilidad o de fragmentariedad, donde
el dinero, a modo de metro común y universal, determina lo que puede ser pedi-
do o no en los tribunales, es la idea ingenuamente más recurrente para orquestar
cualquier tipo de crítica a la categoría del “daño al proyecto de vida” cuando es
reconocida vía la jurisdicción nacional o internacional(3). Esta idea vinculada con
la hegemonía del dinero, es la más simple reproducción de la hegemonía de una
particular clase social y de sus intereses, aparece en la “modernidad” (en la “racio-
nalidad moderna”) como incuestionablemente legitimada. Sin embargo, una ruta
histórica de tal ideología conduce paradójicamente al medioevo europeo occiden-
(2) Es imposible no pensar en la pretensión de tutelar el proyecto de vida como una denun-
cia e irrupción contra el discurso normalizador de la violencia en nuestra sociedad; dicha pretensión
no se comporta conforme lo hace su infundada crítica, es decir, como un discurso que impone “(…)
l’appréhension de l’ordre établi come naturel (orthodoxie) à travers l’imposition masquée (donc mé-
connue comme telle) de systèmes de classement et de structures mentales objectivement ajustées aux
structures sociales”. (Bourdieu, p. 410).
(3) En la jurisdicción internacional (Corte IDH, 2005), este proceder fue denunciado puntualmente
a través del voto razonado del juez Antonio Augusto Cançado Trindade en la sentencia del caso de la
comunidad de Moiwana vs. Suriname, en el que destaca la monetarización como un paradigma errado
en la reparación de intereses inmateriales.
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