El Derecho al Pago Anticipado de créditos en la normativa sobre Protección al Consumidor: alcances conceptuales y criterios jurisprudenciales

AutorLuis Miguel León Luna
CargoAbogado por la Universidad de Lima
Páginas143-152
El Derecho al Pago Anticipado de créditos en la normativa sobre
Protección al Consumidor: Alcances conceptuales y criterios jurisprudenciales
Luis Miguel León Luna
143Círculo de Derecho Administrativo
I. Introducción
La normativa sobre Protección al Consumidor
contempla una amplia gama de garantías que
poseen los consumidores en su relación, en
el mercado, con los proveedores de bienes
y servicios, que desde las prerrogativas más
genéricas y omnicomprensivas, como el derecho
a la información, a la idoneidad de los bienes
y servicios, a la protección de sus intereses
económicos o a no ser discriminados, hasta otras
muy específicas o aplicables a determinado tipo de
relaciones jurídicas, dentro de las cuales podemos
encontrar el derecho al pago anticipado total o
parcial de créditos.
El dinamismo económico experimentado por
nuestro país en los últimos años ha intensificado
significativamente el volumen de las operaciones
crediticias en el sistema financiero, no solo en
el caso de personas jurídicas, sino también en
el caso de personas naturales quienes han visto
incrementada su capacidad de consumo y de
endeudamiento. Así, ello explica la gran variedad
de modalidades crediticias que ofrecen hoy en día
las empresas bancarias, las cuales permiten a los
consumidores tomar un crédito y pagarlo en el
número de cuotas periódicas que mejor estimen
conveniente, quedando a salvo su derecho de
cancelarlo anticipadamente, ya sea de manera
El Derecho al Pago Anticipado de créditos en
la normativa sobre Protección al Consumidor:
alcances conceptuales y criterios jurisprudenciales
Luis Miguel León Luna*
SUMILLA
El Derecho al Pago Anticipado es una importante prerrogativa prevista en la normativa en materia
de Protección al Consumidor, la cual ha sido objeto de diversas modificaciones legislativas y ha
motivado la emisión de abundante jurisprudencia por parte de los órganos funcionales de INDECOPI
durante los últimos años. Así, uno de los temas más controvertidos en relación con el mencionado
derecho ha sido la viabilidad del cobro de comisiones vinculadas a su ejercicio, lo cual ha generado
distintas interpretaciones a lo largo del tiempo, que se desarrollan en el presente artículo.
total o parcial, de conformidad con lo previsto
en la legislación en materia de protección al
consumidor.
Ahora bien, queda claro que la intensificación
de las operaciones crediticias trae consigo
necesariamente el incremento de las controversias
sometidas al conocimiento de los órganos
funcionales de INDECOPI y, dentro de ese
contexto, no constituyen una excepción los casos
relacionados con cancelaciones anticipadas
totales o parciales de créditos, lo que puede
verificarse a partir de la revisión de los criterios
jurisprudenciales emitidos durante los últimos
años.
De esta forma, el presente artículo pretende
abordar la regulación del derecho al pago
anticipado en nuestra legislación en materia
de Protección al Consumidor y su aplicación
mediante los criterios jurisprudenciales emitidos
por los órganos funcionales de INDECOPI en los
últimos años. Para tales efectos, recurriremos al
análisis de la recientemente vigente Ley N° 29571,
y de la normativa antecesora contenida en el
Ordenado de la Ley del Sistema de Protección al
Consumidor, la cual resulta relevante en la medida
de que casi la totalidad de los mencionados
* Abogado por la Universidad de Lima. Asociado de Lazo, De Romaña & Gagliuffi Abogados. Ha sido Profesor en la Escuela de
Posgrado de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos en el Diplomado en Asuntos Regulatorios Farmacéuticos. Expositor
y panelista en distintos eventos académicos y autor de diversos artículos sobre temas de su especialidad.

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