Autorizan a procurador iniciar proceso judicial contra presuntos responsables de delitos de defraudación de rentas de aduana y contra la fe pública
Fecha de disposición | 22 Septiembre 2000 |
Fecha de publicación | 22 Septiembre 2000 |
Pág. 193180
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 22 de setiembre de 2000
En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General
del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de
la Superintendencia de Banca y Seguros -Ley Nº 26702-; y en
virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 557-
2000 del 18 de agosto de 2000;
RESUELVE:
Artículo Unico.- Autorizar la inscripción del señor Víctor
Eduardo Segura Orlandini con el Nº N-3439 en el Registro del
Sistema de Seguros Sección A: Personas Naturales Libro II de
los Corredores de Seguros que lleva esta Superintendencia.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO FRENCH YRIGOYEN
Superintendente Adjunto Seguros (a.i.)
10842
Autorizan al Banco Standard Charte-
red el cierre de oficinas especiales
ubicadas en la provincia de Trujillo
RESOLUCION SBS Nº 619-2000
Lima, 14 de setiembre de 2000
LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA
VISTA:
La solicitud presentada por el Banco Standard Chartered,
para que se le autorice el cierre de las Oficinas Especiales
ubicadas en Av. América Sur Nº 3145, distrito y provincia de
Trujillo, departamento de La Libertad; Jr. Francisco Pizarro
Nº 274, distrito y provincia de Trujillo, departamento de La
Libertad; Jr. Bolívar Nº 658, distrito y provincia de Trujillo,
departamento de La Libertad; Jr. Almagro Nº 744, distrito y
provincia de Trujillo, departamento de La Libertad; y Jr.
Junín Nº 666, distrito y provincia de Trujillo, departamento de
La Libertad; y,
CONSIDERANDO:
Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la
documentación pertinente que justifica la apertura solicitada;
Estando a lo informado por el Departamento de Evalua-
ción del Sistema Financiero "A", mediante Informe Nº DESF
"A" 137-OT/2000; y,
De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 30º de la
Ley Nº 26702 -Ley General del Sistema Financiero y del
Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de
Banca y Seguros-, con la Circular Nº B-1996-97 y con la
Resolución SBS Nº 003-98;
RESUELVE:
Artículo Unico.- Autorizar al Banco Standard Chartered
el cierre de las Oficinas Especiales ubicadas en Av. América
Sur Nº 3145, distrito y provincia de Trujillo, departamento de
La Libertad; Jr. Francisco Pizarro Nº 274, distrito y provincia
de Trujillo, departamento de La Libertad; Jr. Bolívar Nº 658,
distrito y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad;
Jr. Almagro Nº 744, distrito y provincia de Trujillo, departa-
mento de La Libertad; y Jr. Junín Nº 666, distrito y provincia
de Trujillo, departamento de La Libertad.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SOCORRO HEYSEN ZEGARRA
Superintendente Adjunta de Banca
10839
ADUANAS
Autorizan a procurador iniciar proce-
so judicial contra presuntos responsa-
bles de delitos de defraudación de
rentas de aduana y contra la fe pública
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA
EJECUTIVA DE ADUANAS
Nº 000510
Callao, 18 de setiembre de 2000
VISTOS, el Atestado Nº 036-2000-ADUANAS-PP/UIE del
28.AGO.2000; y,
CONSIDERANDO:
Que, en virtud de la documentación alcanzada por la
Intendencia Nacional de Fiscalización Aduanera con Memo-
rándum Nº 192-2000-ADUANAS-INFA-12.02 del
17.MAR.2000, se tomó conocimiento de irregularidades detec-
tadas durante la Fiscalización efectuada a las exportaciones
realizadas por la empresa DEL MAR TRADING E.I.R.L. con
destino a Aruba - Antillas Holandesas; habiéndose derivado
dichos actuados a la Unidad de Investigaciones Especiales
Adscrita a la Superintendencia Nacional de Aduanas (ADUA-
NAS), para su indagación técnico policial correspondiente;
Que, practicadas las investigaciones por la referida Uni-
dad con intervención de la Fiscalía Provincial Penal Especia-
lizada en Delitos Tributarios y Aduaneros, se ha formulado el
Atestado de Vistos, en el cual se evidencia presunta responsa-
bilidad penal por parte de MELVIN REISSER CASTAÑEDA
SORIANO, MANUEL DEL CARPIO, ERIC MADURO, AN-
THONY W. ROJER, GERMAN GONZALES, OSWALDO
BRAVO PACHAS y JUAN CARLOS ANICAMA PELAES;
Que, los hechos están relacionados con una Organización
Delictiva dedicada a defraudar al Estado, mediante la exporta-
ción a Aruba - Antillas Holandesas consignando datos falsos en
seis declaraciones respecto a la mercancía y su valor, así como
creando exprofesamente la empresa DEL MAR TRADING
E.I.R.L. con una dirección falsa del domicilio del Titular Geren-
te, con la finalidad de obtener indebidamente beneficios tribu-
tarios establecidos en el Régimen de Restitución de Derechos
Arancelarios (DRAWBACK); siendo el monto total de las seis
exportaciones fraudulentas, la suma de OCHO MILLONES
CUATROCIENTOS SESENTICUATRO MIL CUATROCIEN-
TOS SETENTA DOLARES AMERICANOS (US$ 8'464,470.00)
y el monto del beneficio tributario aduanero no entregado, por
la oportuna acción de Fiscalización Aduanera, de SESENTI-
SIETE MIL CUATROCIENTOS DIECISEIS DOLARES AME-
RICANOS CON 50/100 (US$ 67,416.50);
Que, los hechos anteriormente descritos, por la forma y
circunstancias en que se produjeron, configuran el delito de
Defraudación de Rentas de Aduana previsto y penado en los
Artículos 4º y 7º incisos d) y f) de la Ley Nº 26461, así como el
delito Contra la Fe Pública previsto y penado en el Artículo
427º del Código Penal, lo cual sustenta la necesidad de autori-
zar al Procurador Público de esta Superintendencia para que
ejerza las acciones judiciales a que hubiere lugar;
De conformidad con lo dispuesto por la Primera Disposi-
ción Complementaria del Decreto Legislativo Nº 809, Ley
General de Aduanas;
En ejercicio de las facultades delegadas mediante Resolu-
ción de Superintendencia de Aduanas Nº 002759 del
22.DIC.1995;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- AUTORIZAR al Procurador Público
encargado de los asuntos judiciales de la Superintendencia
Nacional de Aduanas, para que en defensa y representación de
los derechos e intereses del Estado, ejerza las acciones judicia-
les a que hubiere lugar en contra de MELVIN REISSER
CASTAÑEDA SORIANO, MANUEL DEL CARPIO, ERIC
MADURO, ANTHONY W. ROJER, GERMAN GONZALES,
OSWALDO BRAVO PACHAS y JUAN CARLOS ANICAMA
PELAES, por las razones expuestas en la parte considerativa
de la presente Resolución, debiéndose para tal efecto remitir
la documentación correspondiente.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSE HERRERA MEZA
Superintendente Ejecutivo
10772
OFICINA REGISTRAL
DE LIMA Y CALLAO
Confirman denegatoria de inscripción
de título formulada por registrador del
Registro de Propiedad Inmueble de
Lima
RESOLUCION DEL TRIBUNAL REGISTRAL
Nº 267-2000-ORLC/TR
Lima, 4 de setiembre de 2000
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