DECRETO SUPREMO N° 350-2014-EF - Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público pare el Año Fiscal 2014 a favor del Gobierno Regional del Departamento de Apurímac

Fecha de disposición20 Diciembre 2014
Fecha de publicación20 Diciembre 2014
El Peruano
Sábado 20 de diciembre de 2014 540493
del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida
la autorización para el ingreso de personal militar de la
República del Ecuador, la República Argentina, República
Federativa del Brasil, República del Paraguay, Estados
Unidos Mexicanos, Estado Plurinacional de Bolivia,
República de Chile, República de Colombia, República
Oriental del Uruguay y Reino de España, sin armas de
guerra;
Que, con Of‌i cio G.500-5194 y 5261 del 11 y 18
de diciembre de 2014 respectivamente, el Secretario
del Comandante General de la Marina por encargo
del Comandante General de la Marina, emite opinión
favorable para el ingreso al país del personal militar de la
República del Ecuador, la República Argentina, República
Federativa del Brasil, República del Paraguay, Estados
Unidos Mexicanos, Estado Plurinacional de Bolivia,
República de Chile, República de Colombia, República
Oriental del Uruguay y Reino de España;
Que, el referido personal militar ingresará a territorio
de la República, del 20 al 23 de diciembre de 2014, a
f‌i n de participar en la Ceremonia de Botadura del B.E.V.
“UNIÓN” a realizarse en la Base Naval del Callao;
Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de
Requisitos para la Autorización y consentimiento para
el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la
República, modif‌i cado por el artículo único de la Ley
Nº 28899 y por el artículo único de la Ley Nº 30209,
establece que el ingreso de personal militar extranjero sin
armas de guerra para realizar actividades relacionadas a
las medidas de fomento de la conf‌i anza, actividades de
asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios
militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con
personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar
visitas de coordinación o protocolares con autoridades
militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el
Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con
conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros,
quien da cuenta al Congreso de la República por escrito
en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición
de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución
Ministerial de autorización debe especif‌i car los motivos,
la cantidad de personal militar, la relación de equipos
transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio
peruano. En los casos en que corresponda se solicitará
opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y,
Estando a lo opinado por la Marina de Guerra del
Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modif‌i cada
por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la
República, sin armas de guerra, del personal militar
detallado a continuación, del 20 al 23 de diciembre de
2014, a f‌i n que participen en la Ceremonia de Botadura
del B.E.V. “UNIÓN” a realizarse en la Base Naval del
Callao.
1. Ocho (08) militares de la República del Ecuador
2. Un (01) militar de la República Argentina
3. Diez (10) militares de la República Federativa del
Brasil
4. Un (01) militar de la República del Paraguay
5. Nuevo (09) militares de los Estados Unidos
Mexicanos
6. Tres (03) militares del Estado Plurinacional de
Bolivia
7. Nuevo (09) militares de la República de Chile
8. Dos (02) militares de la República de Colombia
9. Un (01) militar de la República Oriental del
Uruguay; y
10. Un (01) militar del Reino de España
Artículo 2º.- Poner en conocimiento de la Presidenta
del Consejo de Ministros la presente resolución, a f‌i n que
dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que
se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modif‌i cada
por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa
1180460-1
ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas
en el Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2014 a favor del
Gobierno Regional del Departamento
de Apurímac
DECRETO SUPREMO
Nº 350-2014-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General
de Educación, establece que el Ministerio de Educación
es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por f‌i nalidad
def‌i nir, dirigir y articular la política de educación, cultura,
recreación y deporte, en concordancia con la política
general del Estado;
Que, el primer párrafo del artículo 4 de la Ley Nº 30272,
Ley que establece medidas en materia educativa, autoriza
al Gobierno Regional del Departamento de Apurímac
a contratar hasta ciento veintinueve (129) profesores y
profesoras en instituciones educativas públicas, en plazas
validadas por el Ministerio de Educación en base a la
demanda educativa debidamente sustentada; para tal f‌i n,
se indica, entre otros, que dicha contratación se efectúa
previa codif‌i cación de plazas en el Sistema NEXUS del
Ministerio de Educación y registro de las mismas en el
Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de
Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector
Público a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas;
Que, el cuarto párrafo del citado artículo 4 de la Ley
Nº 30272 autoriza al Ministerio de Educación a efectuar
modif‌i caciones presupuestarias en el nivel institucional,
a favor del pliego Gobierno Regional del Departamento
de Apurímac en el año f‌i scal 2014, hasta por la suma de
UN MILLÓN SETENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS DOS Y
00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 076 502,00), señalándose
que las referidas modif‌i caciones presupuestarias se
aprueban mediante Decreto Supremo, refrendado por
el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de
Educación, a propuesta de este último; asimismo, se indica
que para efectos de lo establecido en el citado artículo, el
Gobierno Regional del Departamento de Apurímac queda
exceptuado de la prohibición establecida en el numeral
8.1 del artículo 8 de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2014;
Que, la Unidad Presupuesto de la Secretaría de
Planif‌i cación Estratégica del Ministerio de Educación,
mediante Informe Nº 228-2014-MINEDU/SPE-UP, sustenta
el incremento de la demanda educativa en las Instituciones
Educativas Públicas de la provincia de Cotabambas del
departamento de Apurímac, determinando la necesidad
de f‌i nanciar ciento veintinueve (129) nuevas plazas para
contratos de docentes en cuarenta (40) instituciones
educativas públicas de educación básica regular, básica
alternativa y superior tecnológico, ubicadas en dicha
provincia;
Que, asimismo, la referida Unidad de Presupuesto,
mediante Informe Nº 408-2014-MINEDU/SPE-UP, indica
que en el presupuesto institucional del pliego 010:
Ministerio de Educación, en la Fuente de Financiamiento
1: Recursos Ordinarios, se cuenta con los recursos
disponibles para ser trasferidos a favor del pliego Gobierno
Regional del Departamento de Apurímac para f‌i nanciar lo
dispuesto en el artículo 4 de la Ley Nº 30272, Ley que
establece medidas en materia educativa, correspondiente
al pago del mes de diciembre;
Que, en el marco de lo indicado en el considerando
precedente, mediante Of‌i cio N° 2061-2014-MINEDU/
SG, el Ministerio de Educación solicita la aprobación
del Decreto Supremo que autoriza una Transferencia de
Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año
Fiscal 2014, del pliego Ministerio de Educación, a favor del
pliego Gobierno Regional del departamento de Apurímac,
para f‌i nanciar ciento veintinueve (129) plazas para contrato
de docentes en cuarenta (40) instituciones educativas
públicas ubicadas en la provincia de Cotabambas del
departamento de Apurímac;

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