DECRETO SUPREMO N° 021-2015-PCM - Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en los distritos de Jaén y Colasay, en la provincia de Jaén; Chadín, en la provincia de Chota; San Luis de Lucma, Choros, Socota, Callayuc, Cutervo, La Ramada, Santa Cruz, Toribio Casanova, Santo Domingo de La Capilla y Querocotillo, en la provincia de Cutervo; Cajamarca, en la provincia de Cajamarca; San José de Lourdes, Chirinos, La Coypa, Tabacona y Huarango, en la provincia de San Ignacio; Celendín, en la provincia de Celendín; y, Agua Blanca, en la provincia de San Miguel, en el departamento de Cajamarca.

Fecha de disposición27 Marzo 2015
Fecha de publicación27 Marzo 2015
SecciónSección Única
El Peruano
Viernes 27 de marzo de 2015 549613
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DEL
CONSEJO DE MINISTROS
Decreto Supremo que declara el
Estado de Emergencia en los distritos
de Jaén y Colasay, en la provincia
de Jaén; Chadín, en la provincia de
Chota; San Luis de Lucma, Choros,
Socota, Callayuc, Cutervo, La Ramada,
Santa Cruz, Toribio Casanova, Santo
Domingo de La Capilla y Querocotillo,
en la provincia de Cutervo; Cajamarca,
en la provincia de Cajamarca; San
José de Lourdes, Chirinos, La Coypa,
Tabacona y Huarango, en la provincia
de San Ignacio; Celendín, en la
provincia de Celendín; y, Agua Blanca,
en la provincia de San Miguel, en el
departamento de Cajamarca
DECRETO SUPREMO
Nº 021-2015-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA:
CONSIDERANDO:
Que, las intensas precipitaciones pluviales registradas
en el departamento de Cajamarca en las últimas dos
semanas, han originado deslizamientos y derrumbes,
el incremento del caudal de los ríos y af‌l uentes de los
diferentes distritos y provincias en el departamento de
Cajamarca, ocasionando daños de magnitud en viviendas,
servicios básicos, vías de comunicación, infraestructura
diversa, y decenas de hectáreas de cultivos, así como
daños a la salud y pérdidas de vidas humanas;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral
68.1 del artículo 68, del Reglamento de la Ley Nº 29664,
Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo
Nº 048-2011-PCM, la solicitud de Declaratoria de Estado
de Emergencia por peligro inminente o por la ocurrencia
de un desastre, es presentada por el Gobierno Regional
al Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, con la
debida sustentación;
Que, mediante Of‌i cio Nº 108-2015-GR.CAJ-P/
ODN de fecha 26 de marzo de 2015, sustentado en
el Informe Técnico Nº 01-2015-GR.CAJ/ODN-TEGS-
07.00, el Gobernador Regional de Cajamarca solicita la
Declaratoria de Estado de Emergencia en los distritos de
Jaén y Colasay, en la provincia de Jaén; Chadín, en la
provincia de Chota; San Luis de Lucma, Choros, Socota,
Callayuc, Cutervo, La Ramada, Santa Cruz, Toribio
Casanova, Santo Domingo de La Capilla y Querocotillo,
en la provincia de Cutervo; Cajamarca, en la provincia de
Cajamarca; San José de Lourdes, Chirinos, La Coypa,
Tabacona y Huarango, en la provincia de San Ignacio;
Celendín, en la provincia de Celendín; y, Agua Blanca,
en la provincia de San Miguel, en el departamento de
Cajamarca;
Que, de otro lado, el numeral 68.2 del artículo
68 del Reglamento de la Ley Nº 29664, que crea el
(SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo Nº 048-
2011-PCM, establece que el INDECI emite opinión sobre
la procedencia de la solicitud, a cuyo f‌i n emite el informe
técnico respectivo;
Que, mediante Informe Técnico Nº 00004-2015-
INDECI/11.0 de fecha 26 de marzo de 2015, el Director
de Respuesta del INDECI, teniendo en consideración el
Informe Técnico Nº 01-2015-GR.CAJ/ODN-TEGS-07.00
de fecha 25 de marzo de 2015, del Gobierno Regional
de Cajamarca, Reportes de Situación Nros. 469-
23/02/2015/COEN-INDECI/17:00 HRS, 476-24/03/2015/
COEN-INDECI/06:30 HRS, 477-24/03/2015/COEN-
INDECI/06:30, 485-24/03/2015/COEN-INDECI/19:30
HRS, 486-25/03/2015/COEN-INDECI/18:20 HRS, señala
que considerando la magnitud de los daños causados y la
capacidad limitada del Gobierno Regional de Cajamarca
para atender la emergencia con sus recursos disponibles;
resulta procedente la aprobación de la Declaratoria de
Estado de Emergencia por impacto de daños en los
distritos de Jaén y Colasay, en la provincia de Jaén;
Chadín, en la provincia de Chota; San Luis de Lucma,
Choros, Socota, Callayuc, Cutervo, La Ramada, Santa
Cruz, Toribio Casanova, Santo Domingo de La Capilla y
Querocotillo, en la provincia de Cutervo; Cajamarca, en la
provincia de Cajamarca; San José de Lourdes, Chirinos,
La Coypa, Tabacona y Huarango, en la provincia de San
Ignacio; Celendín, en la provincia de Celendín; y, Agua
Blanca, en la provincia de San Miguel, en el departamento
de Cajamarca;
Que, la magnitud de la situación descrita en el
considerando precedente, demanda la adopción de
medidas urgentes que permitan, al Gobierno Regional
de Cajamarca; las Municipalidades Provinciales de Jaén,
Chota, Cutervo, Cajamarca, San Ignacio, Celendín y San
Miguel; las Municipalidades Distritales de Jaén, Colasay,
Chadín, San Luis de Lucma, Choros, Socota, Callayuc,
Cutervo, La Ramada, Santa Cruz, Toribio Casanova,
Santo Domingo de La Capilla, Querocotillo, Cajamarca,
San Jose de Lourdes, Chirinos, La Coypa, Tabacona,
Huarango, Celendín y Agua Blanca, respectivamente;
con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto
Nacional de Defensa Civil – INDECI, y la participación
del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento,
del Ministerio de Salud, del Ministerio de la Mujer y
Poblaciones Vulnerables, del Ministerio de Agricultura y
Riego, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones,
del Ministerio de Educación, del Ministerio del Interior, del
Ministerio de Defensa y demás instituciones públicas y
privadas involucradas, en cuanto les corresponda dentro
de sus competencias; ejecutar las acciones inmediatas
y necesarias de respuesta y rehabilitación de las zonas
afectadas; para cuyo efecto se cuenta con la opinión
favorable de la Secretaría de Gestión del Riesgo de
Desastres de la Presidencia del Consejo de Ministros,
emitida mediante el Memorándum Nº 149-2015-PCM/
SGRD;
Que, de acuerdo a lo establecido por el artículo 21
de la Norma Complementaria sobre la Declaratoria de
Estado de Emergencia, en el marco de la Ley Nº 29664,
– SINAGERD, aprobada por Decreto Supremo Nº 074-
2014-PCM, el INDECI debe efectuar las acciones de
coordinación y seguimiento a las recomendaciones y
acciones inmediatas y necesarias que se requieran o
hayan sido adoptadas por el Gobierno Regional y/o los
sectores involucrados, en el marco de la Declaratoria
de Estado de Emergencia aprobada, dentro del plazo
establecido, debiendo remitir a la Presidencia del Consejo
de Ministros, el Informe de los respectivos resultados,
así como de la ejecución de las acciones inmediatas y
necesarias durante la vigencia de la misma;
De conformidad con el inciso 1 del artículo 137 de
Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29664, Ley que crea
(SINAGERD); el artículo 68 del Reglamento de la Ley
Nº 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestión del
Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto
Supremo Nº 048-2011-PCM; y, la Norma Complementaria
sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia, en
el marco de la Ley Nº 29664, del Sistema Nacional de
Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobada
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, y
con cargo a dar cuenta al Congreso de la República:
DECRETA:
Artículo 1º.- Declaratoria del Estado de
Emergencia
Declárese el Estado de Emergencia por impacto de
daños debido a las intensas precipitaciones pluviales, en
los distritos de Jaén y Colasay, en la provincia de Jaén;
Chadín, en la provincia de Chota; San Luis de Lucma,

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