DECRETO SUPREMO N° 010-2014-PRODUCE - Crean el Programa Nacional de Diversificación Productiva

Fecha de disposición21 Noviembre 2014
Fecha de publicación21 Noviembre 2014
El Peruano
Viernes 21 de noviembre de 2014 538059
2001-EF y se dispuso que los precios CIF de referencia
fueran publicados mediante resolución viceministerial del
Viceministro de Economía;
actualizaron las Tablas Aduaneras aplicables a la
importación de los productos incluidos en el Sistema de
Franjas de Precios y se dispuso que tengan vigencia en
el periodo comprendido del 1 de enero al 30 de junio de
2014;
dispuso que las Tablas Aduaneras aprobadas a través del
Decreto Supremo Nº 318-2013-EF tengan vigencia hasta
el 31 de diciembre de 2014;
Que, corresponde publicar los precios CIF de
referencia para el periodo comprendido del 1 al 15 de
noviembre de 2014; y,
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del
Decreto Supremo N° 115-2001-EF modif‌i cado con el
artículo 1 del Decreto Supremo N° 184-2002-EF;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Publíquese los precios CIF de
referencia para la aplicación del derecho variable adicional
o rebaja arancelaria a que se ref‌i ere el Decreto Supremo
N° 115-2001-EF:
PRECIOS CIF DE REFERENCIA
(DECRETO SUPREMO N° 115-2001-EF)
US$ por T.M.
-----------------------------------------------------------------------
Leche
Fecha Maíz Azúcar Arroz entera en
polvo
-----------------------------------------------------------------------
Del 1/11/2014
al 15/11/2014 217 449 465 3 961
-----------------------------------------------------------------------
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ GIANCARLO GASHA TAMASHIRO
Viceministro de Economía
1167358-1
INTERIOR
Declaran de interés nacional la
realización de la Quinta Reunión de
Ministros de Estado en Materia de
Seguridad de Estado de las Américas
(MISPA V), a realizarse el año 2015
DECRETO SUPREMO
Nº 010-2014-IN
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Estado Peruano forma parte de la Organización
de Estados Americanos (OEA) y se encuentra representado
en la referida organización, dando cumplimiento al
propósito de la Carta de la OEA y a la Carta Democrática
Interamericana;
Que, dentro de las materias que promueve la
Organización de Estados Americanos se encuentra como
eje prioritario “Garantizar un Enfoque Multidimensional
a la Seguridad”, por lo que desde el año 2008 se viene
realizando la Reunión de Ministros de Estado en Materia
de Seguridad Pública de las Américas, la cual tiene como
objetivo fortalecer el diálogo entre los actores claves
con miras a lograr una cooperación efectiva, facilitar la
transferencia de conocimientos, apoyar la asistencia
técnica y el intercambio de prácticas prometedoras en
este ámbito;
Que, en la Cuarta Reunión de Ministros de Estado en
Materia de Seguridad Pública de las Américas (MISPA IV),
realizada en la ciudad de Medellín, República de Colombia,
se aprobaron las Recomendaciones de Medellín para
el Fortalecimiento de la Cooperación Internacional en
Materia de Seguridad Pública, en cuyo punto 9 se acogió
por unanimidad el ofrecimiento del Estado Peruano para
ser sede de la MISPA V a realizarse el año 2015;
Que, la MISPA V es un evento de carácter internacional
que reunirá a los Ministros en Materia de Seguridad
Pública de las Américas y a los Representantes de
los Estados Miembros de la Organización de Estados
Americanos, con el propósito de fortalecer los vínculos de
cooperación, coordinación y asistencia técnica recíproca
entre las instituciones encargadas de la seguridad pública
de los Estados Miembros, a f‌i n de mitigar la violencia
y la criminalidad organizada y, a su vez, contribuir al
mantenimiento de la paz y la seguridad del hemisferio;
cuya organización está a cargo del Ministerio del Interior,
en su calidad de ente rector del Sistema Nacional de
Seguridad Ciudadana, que ejerce competencia exclusiva
en materia de orden interno y orden público;
Que, se viene elaborando la programación de las
actividades para el MISPA V y sus respectivas reuniones
preparatorias, para cuya ejecución el Ministerio del Interior
cuenta con la previsión presupuestaria correspondiente;
Que, por lo expuesto, resulta conveniente declarar
de interés nacional la realización en el Perú de la Quinta
Reunión de Ministros de Estado en Materia de Seguridad
de Estado de las Américas (MISPA V), que se llevará a
cabo el año 2015;
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8)
en la Ley Nº 29963, Ley de Facilitación Aduanera y de
Ingreso de Participantes para la Realización de Eventos
Internacionales Declarados de Interés Nacional; en el
Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y
Funciones del Ministerio del Interior; y en el Reglamento
de Organización y Funciones del Ministerio del Interior,
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
DECRETA:
Artículo 1.- Declaración de Interés Nacional
Declárese de interés nacional la realización de la
Quinta Reunión de Ministros de Estado en Materia
de Seguridad de Estado de las Américas (MISPA V), a
llevarse a cabo el año 2015.
Artículo 2.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por
la Presidenta del Consejo de Ministros, el Ministro del
Interior y el Ministro de Relaciones Exteriores.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte
días del mes de noviembre del año dos mil catorce.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ANA JARA VELÁSQUEZ
Presidenta del Consejo de Ministros
DANIEL URRESTI ELERA
Ministro del Interior
GONZALO GUTIÉRREZ REINEL
Ministro de Relaciones Exteriores
1167658-1
PRODUCE
Crean el Programa Nacional de
Diversificación Productiva
DECRETO SUPREMO
Nº 010-2014-PRODUCE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
señala que la iniciativa privada es libre y se ejerce en una

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