Decreto supremo N° 008-2023-IN. Decreto Supremo que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia Nacional de Migraciones

Fecha de publicación22 Octubre 2023
SecciónSección Única
Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, para la ejecución del Proyecto “Gestión Social y Diálogo Multiactor”

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO:


Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1130 se crea la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio del Interior, con competencia de alcance nacional en materia de política migratoria interna, participación en la política de seguridad interna y fronteriza del control migratorio con las diversas entidades del Estado que tengan presencia en los puestos de control migratorio o fronterizo del país, para su adecuado funcionamiento;


Que, a través del Decreto Legislativo Nº 1350, Decreto Legislativo de Migraciones, se regula el ingreso y salida del territorio peruano de personas nacionales y extranjeras; la permanencia y residencia de personas extranjeras en el país, así como el procedimiento administrativo migratorio, regulando, además, la emisión de documentos de viaje para nacionales y extranjeros, como los de identidad para extranjeros;


Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2017-IN, se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1350, Decreto Legislativo de Migraciones, así como nuevas calidades migratorias; asimismo, el segundo párrafo de la Primera Disposición Complementaria Final de dicho decreto supremo dispone que, el Ministerio del Interior, mediante decreto supremo refrendado por el Ministro del Interior, establece los procedimientos administrativos, requisitos y tasas aplicables a los servicios a cargo de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES;


Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-2021-IN se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Superintendencia Nacional de Migraciones; constituido por sesenta y siete (67) procedimientos administrativos y veintiún (21) servicios prestados en exclusividad;


Que, con Decreto Supremo Nº 003-2023-IN, se modifican los artículos 56-C, 56-D, 64, 64-A, 66, 67, 98-A, 98-B, literal d) del artículo 190 y el artículo 200 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1350, Decreto Legislativo de Migraciones, aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2017-IN; asimismo, se incorporan los artículos 12-A, 56-F, 63-A, el numeral 67.5 del artículo 67 y el artículo 156-A al mencionado Reglamento;


Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2023-IN, se incorporan los artículos 94-C, 94-D, 94-E, 94-F y 94-G al Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1350, Decreto Legislativo de Migraciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2017-IN; además, se modifican los artículos 94-A y 94-B del Reglamento del...

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