DECRETO SUPREMO N° 006-2015-DE/ - Decreto Supremo que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas - ACFFAA

Fecha de disposición05 Agosto 2015
Fecha de publicación05 Agosto 2015
558650 NORMAS LEGALES Miércoles 5 de agosto de 2015 /
El Peruano
DEFENSA
Decreto Supremo que aprueba el Texto
Único de Procedimientos Administrativos
- TUPA de la Agencia de Compras de las
Fuerzas Armadas - ACFFAA
DECRETO SUPREMO
N° 006-2015-DE/
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1128 se crea
la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas como
organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de
Defensa;
Que, el artículo 37 de la Ley N° 27444, Ley del
Procedimiento Administrativo General, dispone
la obligatoriedad para todas las entidades de la
Administración Pública de elaborar, aprobar y publicar
sus correspondientes Textos Únicos de Procedimientos
Administrativos - TUPA;
Que, mediante Decreto Supremo N° 079-2007-
PCM, se aprobaron los lineamientos para la elaboración
y aprobación del Texto Único de Procedimientos
Administrativos – TUPA y se establecieron las
disposiciones para el cumplimiento de la Ley de Silencio
Administrativo;
se aprobó el formato del Texto Único de Procedimientos
Administrativos – TUPA, en el cual se establecen
disposiciones que facilitan el proceso de elaboración del
referido documento de gestión por parte de las Entidades
Públicas;
Que, mediante Decreto Supremo N° 007-2011-
PCM, se establece la metodología de Simplif‌i cación
Administrativa para la mejora de los procedimientos
administrativos y servicios prestados en exclusividad por
las entidades de la administración Pública;
Que, en el contexto del proceso de modernización
de la gestión del Estado, es necesario aprobar el Texto
Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la
Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas - ACFFAA,
que permita garantizar una mejor orientación y servicio al
ciudadano;
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8
artículo 38 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General; la Ley N° 29158, Ley Orgánica
Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y
Funciones del Ministerio de Defensa;
DECRETA:
Artículo 1.- Aprobación del Texto Único de
Procedimientos Administrativos - TUPA
Apruébase el Texto Único de Procedimientos
Administrativos - TUPA de la Agencia de Compras de las
Fuerzas Armadas – ACFFAA, que consta de cuatro (04)
procedimientos, que como Anexo forma parte integrante
del presente Decreto Supremo.
Artículo 2.- Publicación
El presente Decreto Supremo será publicado en el
Diario Of‌i cial “El Peruano”. Asimismo, el Texto Único de
Procedimientos Administrativos – TUPA, a que se ref‌i ere
el artículo 1 del presente Decreto Supremo, será publicado
en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas -
PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y en el portal
de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas (www.
acffaa.gob.pe), de acuerdo con lo establecido en la Ley
N° 29091 y su Reglamento, aprobado por el Decreto
Supremo N° 004-2008-PCM.
Artículo 3.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el
Ministro de Defensa.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro
días del mes de agosto del año dos mil quince.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ
Ministro de Defensa
1270206-1
ENERGIA Y MINAS
Modifican y actualizan el TUPA del
Ministerio de Energía y Minas
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 362-2015-MEM/DM
Lima, 31 de julio de 2015
VISTO: El Memorándum Nº 0063-2015/MEM-SEG;
el Informe Nº 57-2015-MEM/OGP/DIR, emitido por la
Of‌i cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, el
Informe Nº 578-2015-MEM-DGM/DNM de la Dirección
General de Minería que expresa opinión favorable
para la modif‌i cación y actualización del Texto Único de
Procedimientos Administrativos -TUPA del Ministerio de
Energía y Minas;
CONSIDERANDO:
Que, los trámites establecidos por la autoridad
administrativa deben procurar ser sencillos, racionales
y proporcionales a los f‌i nes que se persigue cumplir,
debiendo eliminarse toda complejidad innecesaria, en
virtud del principio de simplicidad del procedimiento
administrativo previsto en el numeral 1.13 del artículo IV
del Título Preliminar, del numeral 39.1 del artículo 39 y
del numeral 10 del artículo 55 de la Ley Nº 27444, Ley
del Procedimiento Administrativo General; y, del numeral
3 del artículo ll del Título Preliminar de la Ley Nº 29158,
Que, de acuerdo al numeral 36.3 del artículo 36 de
la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo
General, las disposiciones concernientes a la eliminación
y simplif‌i cación de los procedimientos podrán aprobarse
por resolución ministerial; asimismo, en concordancia
con el numeral 38.5 del artículo 38 de dicha ley, toda
modif‌i cación del Texto Único de Procedimientos
Administrativos (TUPA) de los ministerios, que no implique
la creación de nuevos procedimientos, incremento de
derechos de tramitación o requisitos, se podrá realizar por
resolución ministerial del sector;
Que, mediante Informe Nº 03-2015-MEM/OCI –
Actividad de Control Nº 2 – 0054-2015-006 “Verif‌i cación
del Cumplimiento de la Normativa Relacionada al TUPA
del Ministerio de Energía y Minas” Período 01 al 31
de diciembre de 2014, se recomienda en el sentido de
eliminar del Procedimiento RY05 “Solicitud de Queja
por Defectos de Tramitación”, la aplicación del sentido
administrativo positivo;
Que, mediante Memorándum Nº 0063-2015/MEM-
SEG se remite el Informe Nº 022-2015-MEM/OGJ, a
través del cual la Of‌i cina General de Asesoría Jurídica
concluye que corresponde acoger la Conclusión del
Numeral 4.2 del Informe Nº 03-2015-MEM/OCI – Nº
2-0054-2015-006 “Verif‌i cación del Cumplimiento de la
Normativa Relacionada al TUPA y a la Ley Nº 29060
Ley del Silencio Administrativo del Ministerio de Energía
y Minas” Período 01 al 31 de diciembre de 2014, en el
sentido de eliminar del Procedimiento RY05 “Solicitud
de Queja por Defectos de Tramitación”, la aplicación del
sentido administrativo positivo;
Que, en el marco de las políticas de modernización
y facilitación de la atención al ciudadano establecidas
por la Presidencia de la República, se ha visto por
conveniente simplif‌i car el Texto Único de Procedimientos
Administrativos del Ministerio de Energía y Minas -
TUPA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 038-
2014-EM;
NL20150805.pdf 8 8/5/2015 7:50:51 AM

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