DECRETO S/N - Decreto de Convocatoria a elección de la Mesa Directiva del Congreso de la República para el periodo anual de sesiones 2015 - 2016

EmisorCONGRESO DE LA REPUBLICA
Fecha de la disposición24 de Julio de 2015
558122 NORMAS LEGALES Viernes 24 de julio de 2015 /
El Peruano
nuestra entidad, por la imposición de barreras burocráticas
presuntamente ilegales y/o carentes de razonabilidad,
consistente en la exigenca de requisitos que no contempla
la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones
Urbanas y Edi caciones, en los procedimientos Nº 84 y
85. Que, el precitado informe, señala que en el marco
del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y
Modernización Municipal del año 2013, en cumplimiento
de la META 12: Contar con un TUPA adaptado a la Ley
Nº 29090 - Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas
y Edi caciones, modi cada por las Leyes Nº 29300, Nº
29476 y Ley Nº 30230, en concordancia con lo establecido
establecieron la regulación jurídica de los procedimientos
administrativos para la obtención de las licencias de
habilitación urbana y de edi caciones y modi caron
diversas disposiciones para mejorar el clima de inversión
y facilitar el cumplimiento de obligaciones tributarias,
nuestra institución aprobó la Ordenanza Municipal Nº
010-2013-MPH, que modi ca en parte el TUPA que fuera
aprobado por Ordenanza Nº 022-2012-MPH, dejando sin
efecto los procedimientos administrativos considerados
en los ítems 84 y 85 que son objeto del presente y
adecuando los procedimientos a la Ley Nº 29090.
Que, de conformidad a lo establecido en el numeral 38.5
del Artículo 38º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General, una vez aprobado en TUPA,
toda modi cación que no implique la creación de nuevos
procedimientos, incremento de derechos de tramitación o
requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del
Sector, Norma Regional de rango equivalente, Decreto
de Alcaldía o por Resolución del Titular del Organismo
Autónomo, conforme a la Constitución, según el nivel
de gobierno respectivo. En este orden normativo, es
pertinente, recoger las modi caciones al TUPA a efecto
que se ciñan a la normatividad vigente.
Estando a lo expuesto y en uso a las atribuciones
conferidas en el inciso 6) del Artículo 20º y Artículo 42º de
DECRETA:
Artículo Primero.- MODIFICAR el Texto Único
de Procedimientos Administrativos - TUPA de la
Municipalidad Provincial de Huaura, aprobado
mediante Ordenanza Municipal Provincial Nº 022-
2012-MPH, modificado por Ordenanza Municipal Nº
010-2013-MPH en el extremo de los procedimientos
80, 81, 82, 84, 85, 86, 109, 110, 112, 113, 114 y 115,
los cuales recogerán los requisitos que exige la Ley Nº
29090 actualizada; conforme al Anexo que forma parte
integrante del presente Decreto.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Sub Gerencia
de Logística la publicación del presente Decreto, a la Sub
Gerencia de Imagen Institucional y Protocolo su debida
difusión y a la Sub Gerencia de Tecnologías, Sistemas
de Información y Estadística, la publicación íntegra en el
Portal institucional de la entidad www.munihuacho.gob.pe
y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas -
PSCE www.serviciosalciudadano.gob.pe
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
JORGE HUMBERTO BARBA MITRANI
Alcalde Provincial
1266925-1
REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA
SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial,
Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos
Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales,
reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos
administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente:
1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario O cial, de lunes a viernes,
en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos
refrendados por la persona acreditada con el registro de su rma ante el Diario O cial.
2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un
disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo
electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe
3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido
en el artículo 9º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS,
4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de
acuerdo al formato original y sin justi car; si incluyen grá cos, su presentación será en extensión
PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda.
5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del
disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para
efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la
publicación se suspenderá.
6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en
caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones
tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa.
LA DIRECCIÓN

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