LEY N° 30154 - Ley que regula un procedimiento especial de contratación para la realización en el Perú de transmisiones del mando supremo y de cumbres internacionales declaradas de interés nacional, y sus eventos conexos, que cuenten con la participación de jefes de Estado, jefes de Gobierno, altos dignatarios y comisionados.

Fecha de disposición19 Enero 2014
Fecha de publicación19 Enero 2014
SecciónSección Única
Domingo 19 de enero de 2014
514643
Año XXXI - Nº 12724
AÑO DE LA PROMOCIÓN DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y DEL COMPROMISO CLIMÁTICO
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPUBLICA
Ley N° 30154.- Ley que regula un procedimiento especial de
contratación para la realización en el Perú de transmisiones del
mando supremo y de cumbres internacionales declaradas de interés
nacional, y sus eventos conexos, que cuenten con la participación de
jefes de Estado, jefes de Gobierno, altos dignatarios y comisionados
514644
Ley N° 30155.- Ley que regula la publicación electrónica de las
resoluciones, disposiciones y notif‌i caciones del Consejo Nacional de
la Magistratura 514646
Ley N° 30156.- Ley de Organización y Funciones del Ministerio de
Vivienda, Construcción y Saneamiento 514647
514650
PODER EJECUTIVO
INTERIOR
R.M. N° 031-2014-IN.- Aceptan renuncia y encargan funciones de
Director General de Administración del Ministerio del Interior 514652
R.M. N° 032-2014-IN.- Designan Asesor 1 del Despacho
Viceministerial de Orden Interno del Ministerio del Interior 514652
R.M. N° 034-2014-IN.- Designan Asesor 1 de la Alta Dirección del
Ministerio del Interior 514653
SALUD
R.M. N° 038-2014/MINSA.- Derogan la Directiva Administrativa
N° 096-MINSA/DGSP-V.01 “Directiva que norma los procedimientos
para la asignación de personal asistencial en zonas priorizadas”,
aprobada por R.M. N° 699-2006/MINSA 514653
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
R.D. N° 5365-2013-MTC/15.- Disponen la publicación de
autorización de circuito de manejo a favor de la empresa Escuela de
Conductores Integral y Especializada El Norteño Sociedad Comercial
de Responsabilidad Limitada, ubicado en el departamento de
Cajamarca 514655
R.D. N° 5371-2013-MTC/15.- Autorizan a Escuela Peruana de
Conductores Integrales Amoretti SAC la modif‌i cación de términos de
autorización contenida en R.D. N° 751-2012-MTC/15, cambiando el
domicilio de circuito de manejo ubicado en el departamento de Lima
514656
ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS
AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL
RR. N°s. 226 y 227-2013-SERVIR-PE.- Aprueban cargos de
destino para la asignación de profesionales que conforman el Cuerpo
de Gerentes Públicos en el Gobierno Regional de Tumbes y en el
Ministerio de Salud 514657
Res. N° 001-2014-SERVIR-PE.- Designan responsable de la
elaboración y actualización del Portal Institucional de la Autoridad Nacional
del Servicio Civil, así como responsable de cumplir con la publicación de
los documentos señalados en la Ley N° 29091 en dicho portal 514658
COMISION DE PROMOCION DEL PERU
PARA LA EXPORTACION Y EL TURISMO
RR. N°s. 006 y 007-2014-PROMPERU/SG.- Autorizan viajes
de representantes de PROMPERÚ a Brasil y España, en comisión de
servicios 514658
INSTITUTO NACIONAL DE
ESTADISTICA E INFORMATICA
R.J. N° 015-2014-INEI.- Autorizan ejecución de la “Encuesta
Permanente de Empleo 2014” 514660
R.J. N° 016-2014-INEI.- Autorizan ejecución de la “Encuesta
Nacional de Programas Estratégicos 2014” 514660
R.J. N° 017-2014-INEI.- Autorizan ejecución de la “Encuesta
Nacional de Hogares - 2014” 514661
SUPERINTENDENCIA DEL
MERCADO DE VALORES
Res. N° 004-2014-SMV/11.1.- Disponen la inscripción de las acciones
comunes con derecho a voto representativas del capital social de ICBC Perú
Bank S.A. en el Registro Público del Mercado de Valores 514661
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS
Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Res. N° 123-024-0002728/SUNAT.- Designan Auxiliar
Coactivo de la Intendencia Regional Loreto 514662
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE
LOS REGISTROS PUBLICOS
Res. N° 010-2014-SUNARP/SN.- Designan Asesor del
despacho de la Secretaría General 514663
Sumario
El Peruano
Domingo 19 de enero de 2014
514644
ORGANOS AUTONOMOS
SUPERINTENDENCIA DE
BANCA, SEGUROS Y
ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
Res. N° 7601-2013.- Autorizan a La Positiva Seguros y
Reaseguros la apertura de of‌i cina especial de uso compartido, ubicada
en el departamento de Lima 514663
Res. N° 063-2014.- Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y
Crédito de Sullana S.A. el traslado de of‌i cina especial ubicada en el
departamento de Lima 514663
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL
DE UCAYALI
Ordenanza N° 022-2013-GRU-CR.- Modif‌i can el Reglamento
del Registro Regional de Profesionales Especialistas en Categorización
de Centros Poblados de la Región Ucayali 514664
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 30154
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE REGULA UN PROCEDIMIENTO
ESPECIAL DE CONTRATACIÓN PARA LA
REALIZACIÓN EN EL PERÚ DE TRANSMISIONES
DEL MANDO SUPREMO Y DE CUMBRES
INTERNACIONALES DECLARADAS DE INTERÉS
NACIONAL, Y SUS EVENTOS CONEXOS, QUE
CUENTEN CON LA PARTICIPACIÓN DE JEFES
DE ESTADO, JEFES DE GOBIERNO, ALTOS
DIGNATARIOS Y COMISIONADOS
Artículo 1. Procedimiento especial de
contratación
Las contrataciones que efectúe el Ministerio de
Relaciones Exteriores para atender la realización en el
Perú de las transmisiones de mando supremo, así como
de cumbres internacionales y sus eventos conexos, que
cuenten con la participación de jefes de Estado, jefes de
Gobierno, altos dignatarios y comisionados, declaradas
previamente de interés nacional, mediante resolución
suprema, se rigen por el procedimiento establecido en la
presente Ley.
Artículo 2. Principios aplicables a las
contrataciones
2.1 Los procesos de contratación regulados por
esta Ley se rigen por los principios previstos en
la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada
mediante el Decreto Legislativo 1017, que
resulten aplicables a las contrataciones directas,
sin perjuicio de la aplicación de otros principios
generales del derecho público.
2.2 Los principios a los que se ref‌i ere el párrafo
2.1 sirven también de criterio interpretativo e
integrador para la aplicación de la presente
Ley y de las disposiciones complementarias
que se dicten en virtud de lo previsto en su
primera disposición complementaria f‌i nal; así
como de parámetros para la actuación de los
funcionarios y órganos responsables de las
contrataciones que efectúe el Ministerio de
Relaciones Exteriores en virtud de la presente
Ley.
Artículo 3. Monto de las contrataciones
Las contrataciones que se realicen en el marco del
presente procedimiento no deben superar los umbrales
establecidos en los acuerdos comerciales vigentes
suscritos por el Estado peruano que contengan
disposiciones en materia de contratación pública.
En caso de que se supere tales umbrales, dichas
contrataciones se sujetarán a los procedimientos
establecidos en la normativa de contratación pública
vigente.
Artículo 4. Eventos conexos
Entiéndase por eventos conexos aquellos que se
realizan en forma previa, paralela o posterior a las
transmisiones del mando supremo, o a las cumbres
internacionales previamente declaradas de interés nacional,
que cuenten con la participación de jefes de Estado,
jefes de Gobierno, altos dignatarios y comisionados, de
acuerdo con las exigencias o necesidades que en cada
evento se conf‌i guren a la luz de la política exterior del
Estado peruano y sus intereses.
Artículo 5. Requerimiento
5.1 El funcionario o persona nombrada como
responsable ante el Estado peruano de la
realización de la transmisión del mando supremo
o de una cumbre internacional previamente
declarada de interés nacional, y sus eventos
conexos, remitirá el requerimiento de contratación
al órgano encargado de las contrataciones del
Ministerio de Relaciones Exteriores.
5.2 En caso de que se determine, por las
particularidades de la contratación, la
necesidad de contratar con un determinado
proveedor, su requerimiento, además de
las especif‌i caciones técnicas o términos de
referencia debe contar con un informe técnico
visado por la dependencia técnica de la entidad,
de ser el caso, y suscrito por el funcionario o
persona nombrada como responsable ante
el Estado peruano de la realización de la
transmisión del mandato supremo o de una
cumbre internacional previamente declarada
de interés nacional, y sus eventos conexos. En
ese informe debe sustentarse dicha necesidad,
así como la situación especial referida a que
solo un determinado proveedor puede cubrir el
requerimiento efectuado.
5.3 El funcionario responsable a que se refiere el
numeral 5.1 es designado por resolución del
titular del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 6. Estudio de posibilidades del mercado,
valor referencial, expediente de la contratación
6.1 El órgano encargado de las contrataciones del
Ministerio de Relaciones Exteriores, sobre la base

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