Anexo Ordenanza N°348-2024/MDSB. Reglamento para el Proceso del Presupuesto Participativo multianual basado en resultados 2025 del distrito de San Bartolo, provincia y departamento de Lima

Fecha de publicación06 Marzo 2024
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Reglamento para el Proceso del Presupuesto Participativo multianual
basado en resultados 2025 del distrito de San Bartolo, provincia y
departamento de Lima
ANEXO – ORDENANZA N° 348-2024/MDSB
(La Ordenanza de la referencia se publicó el 20 de febrero de 2024 en El Peruano Electrónico)
REGLAMENTO PARA EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO
MULTIANUAL BASADO EN RESULTADOS 2025 DEL DISTRITO DE SAN BARTOLO,
PROVINCIA DE LIMA, LIMA
TÍTULO I
DISPOSICIONES
G
ENERALES
Artículo 1°.- Generalidades.-
El Proceso del “Presupuesto Participativo multianual basado en resultados 2025, se enmarca
dentro del enfoque de la programación multianual de la inversión pública y debe ser realizada
considerando como principal objetivo el cierre de brechas de infraestructura o de acceso a servicios
públicos para la población.
Bajo este Enfoque, el PPBr, constituye un espacio de concertación entre el Estado y la Sociedad
Civil, que permite facilitar decisiones de inversiones necesarias para cubrir las brechas existentes en
cuanto a la asignación de bienes y servicios públicos, que corresponde atender al Estado.
El “Presupuesto Participativo multianual basado en resultados 2025, para la Programación
Multianual de Inversiones, debe vincular a los Objetivos Nacionales, Planes Sectoriales Nacionales, al
Plan de Desarrollo Regional Concertado Lima y al Plan de Desarrollo Provincial Concertado Lima,
respectivamente, con la identificación de la cartera de proyectos a ejecutarse y debe realizarse en
concordancia con las proyecciones del Marco Macroeconómico Multianual.
Artículo 2º.- Objeto.
El “Presupuesto Participativo multianual basado en resultados 2025, tiene como objetivo
determinar las intervenciones de la Mun icipalid ad orientado a la definición de los objetivos a alcanzar
respecto al cierre de brechas, mediante el establecimiento de metas de productos específicos, así
como los indicadores de resultado en un horizonte mínimo de 3 años.
LIMA, MIÉRCOLES 6 DE
MARZO DE 2024
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE SAN BARTOLO
Código de validación
OP N° 2264986-1
Esta es una representación impresa cuya autenticidad puede ser contrastada con la representación imprimible
localizada en la https://elperuano.pe. La representación imprimible ha sido generada atendiendo lo dispuesto en
la Directiva Nº 003-2021-PCM/SGTD. Base: Decreto Legislativo Nº 1412, Decreto Supremo Nº 029-2021-PCM y
la Directiva Nº 002-2021-PCM/SGTD URL: https://elperuano.pe/Verificador
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 06/03/2024 00:33
Asimismo, el presente Reglamento tiene por objeto normar y orientar acciones y/o procedimientos
que aseguren la efectiva participación del Estado y la Sociedad Civil organizada, en el “Presupuesto
Participativo multianual basada en resultados 2025.
Artículo 3º.- Ámbito de ampliación.
El presente Reglamento es de aplicación en el ámbito distrital de San Bartolo, conformado en dos
ámbitos, que son los agentes participantes de las cuencas del distrito.
Artículo 4º.- Base Legal
El desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo, está sustentado en las normas siguientes:
Constitución Política del Estado.
Decreto Supremo 304-2012-EF, que prueban Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411,
Ley General del Sistema Nacional
Ley Nº 29298 Ley que modifica la Ley 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo.
D.S. Nº 142-2009-EF aprueba el Reglamento de la Ley Marco del Presupuesto Participativo.
Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/6.01, que aprueba el Instructivo N° 001-2010-EF/76.01
Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados.
Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que Crea el Sistema Nacional de
Programación Multianual y Gestión de Inversiones y Deroga la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional
de Inversión Pública.
Decreto Supremo N° 284-2018-EF, Aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252,
Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones
(Publicado en el Diario Oficial “El Peruano”, el 09 de diciembre de 2018).
Decreto Supremo 097-2009-EF modificado por el D.S. N° 132-2010-EF, que precisa los
criterios para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital.
Resolución Directoral Nº 004-2019-EF/50.01, que aprueba la Directiva N° 002-2019-EF/50.01
“Directiva de Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria.
Ley N° 31953 Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2024.
Artículo 5º.- Principios del Presupuesto Participativo.
Los Principios del “Presupuesto Participativo multianual basado en resultados 2025, de la
Municipalidad Distrital de San Bartolo son:
1. Participación: El Gobierno Local promueve el desarrollo de mecanismos y estrategias de
participación de la sociedad civil, en la programación de su presupuesto, en concordancia al Plan de
Desarrollo Concertado; así como en la vigilancia y fiscalización de la gestión de los recursos públicos.
2. Transparencia: El presupuesto del gobierno local es objeto de difusión por los medios posibles
de información, a fin de que la población pueda tener conocimiento de ellos.
3. Multianualidad: La programación de la inversión es multianual la cual debe ser
realizada considerando como principal objetivo el cierre de brechas de infraestructura o de acceso a
servicios públicos para la población.
4. Igualdad: Las organizaciones de la sociedad tienen las mismas oportunidades para intervenir y
participar sin discriminaciones de carácter político, ideológico, religioso, racial o de otra naturaleza, en los
procesos de planificación y presupuesto participativo.
5. Tolerancia: Es la garantía de reconocimiento y respeto a la diversidad de opiniones, visiones
y posturas de quienes conforman la sociedad, como un elemento esencial para la construcción de
consensos.
Lima, miércoles 6 de marzo de 2024NORMAS LEGALES
Código de validación
OP N° 2264986-1
Esta es una representación impresa cuya autenticidad puede ser contrastada con la representación imprimible
localizada en la https://elperuano.pe. La representación imprimible ha sido generada atendiendo lo dispuesto en
la Directiva Nº 003-2021-PCM/SGTD. Base: Decreto Legislativo Nº 1412, Decreto Supremo Nº 029-2021-PCM y
la Directiva Nº 002-2021-PCM/SGTD URL: https://elperuano.pe/Verificador

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