DECRETO SUPREMO, N° 204-2020-PCM, PODER EJECUTIVO, PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS - Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en los distritos de Quiruvilca de la provincia de Santiago de Chuco; Agallpampa, Salpo y Otuzco de la provincia de Otuzco y Poroto, Laredo, Trujillo, Huanchaco, Moche y Víctor Larco Herrera de la provincia de Trujillo, del departamento de La Libertad, por peligro inminente ante contaminación de aguas superficiales del río Moche-DECRETO SUPREMO-N° 204-2020-PCM

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición27 de Diciembre de 2020

Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en los distritos de Quiruvilca de la provincia de Santiago de Chuco; Agallpampa, Salpo y Otuzco de la provincia de Otuzco y Poroto, Laredo, Trujillo, Huanchaco, Moche y Víctor Larco Herrera de la provincia de Trujillo, del departamento de La Libertad, por peligro inminente ante contaminación de aguas superficiales del río Moche

DECRETO SUPREMO

N° 204-2020-PCM

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 68.1 del artículo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, en concordancia con el numeral 6.4 del artículo 6 y el numeral 9.1 del artículo 9, de la “Norma Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia por Desastre o Peligro Inminente, en el marco de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD)”, aprobada mediante el Decreto Supremo Nº 074-2014-PCM; la solicitud de declaratoria de Estado de Emergencia por peligro inminente o por la ocurrencia de un desastre es presentada por el Gobierno Regional al Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), con la debida sustentación;

Que, mediante el Oficio Nº 1310-2020-GRLL/GOB, de fecha 16 de diciembre de 2020, el Gobernador Regional del Gobierno Regional de La Libertad, solicita al Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), la declaratoria del Estado de Emergencia en los distritos de Quiruvilca de la provincia de Santiago de Chuco; Agallpampa, Salpo y Otuzco de la provincia de Otuzco; y, Poroto, Laredo, Trujillo, Huanchaco, Moche y Víctor Larco Herrera de la provincia de Trujillo, del departamento de La Libertad, por peligro inminente ante contaminación de aguas superficiales del río Moche;

Que, el numeral 68.2 del artículo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, establece que el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) emite opinión sobre la procedencia de la solicitud de declaratoria de Estado de Emergencia, para cuyo fin emite el informe técnico respectivo;

Que, mediante el Oficio Nº 6129-2020-INDECI/5.0, de fecha 22 de diciembre de 2020, el Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) remite y hace suyo el Informe Técnico Nº 00131-2020-INDECI/11.0, de fecha 21 de diciembre de 2020, emitido por la Dirección de Respuesta de dicha entidad, en el que señala, que es necesario ejecutar acciones inmediatas y necesarias destinadas a la reducción del muy alto riesgo existente; así como, de respuesta y rehabilitación, en caso amerite, y opina sobre la procedencia de la solicitud de declaratoria de Estado de Emergencia, en los distritos de Quiruvilca, de la provincia de Santiago de Chuco; Agallpampa, Salpo y Otuzco, de la provincia...

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