RESOLUCION JEFATURAL, Nº 118-2020/SIS, ORGANISMOS EJECUTORES, SEGURO INTEGRAL DE SALUD - Disponen la suspensión transitoria de la ejecución del procedimiento establecido en el numeral 6.3. De la Solicitud de Autorización de Cobertura Extraordinaria, de la Directiva Administrativa N° 003-2012-SIS-GREP-RESOLUCION JEFATURAL-Nº 118-2020/SIS

EmisorOrganismos Ejecutores
Fecha de la disposición25 de Septiembre de 2020

Disponen la suspensión transitoria de la ejecución del procedimiento establecido en el numeral 6.3. De la Solicitud de Autorización de Cobertura Extraordinaria, de la Directiva Administrativa N° 003-2012-SIS-GREP

RESOLUCIÓN JEFATURAL

Nº 118-2020/SIS

Lima, 25 de setiembre de 2020

VISTOS: El Informe N° 035-2020-SIS/GREP-SGO-GBL con Proveído N° 256-2020-SIS/GREP y Memorando N° 308-2020-SIS/GREP de la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones, el Informe N° 41-2020-SIS/GNF-SGF/ERC con Proveído N° 630-2020-SIS/GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, el Informe N° 049-2020-SIS/OGPPDO-UOC-AAMZ con Proveído N° 137-2020-SIS/OGPPDO de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, el Informe N° 002-2020-SIS/OGAJ-DE-EYAZ con Proveído N° 333-2020-SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo N° 011-2011-SA y modificado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA, señala que el Seguro Integral de Salud -SIS es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Salud que cuenta con personería jurídica de derecho público interno, autonomía técnica, funcional, económica, financiera y administrativa, y constituye un Pliego Presupuestal con independencia para ejercer sus funciones con arreglo a ley;

Que, el SIS se constituye en una Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud–IAFAS pública en virtud de lo dispuesto en el artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2014-SA, con funciones de recibir, captar y/o gestionar fondos para la cobertura de las atenciones de salud o que oferten cobertura de riesgos de salud, bajo cualquier modalidad;

Que, el literal a) del artículo 11 del Reglamento de la Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2010-SA, señala como una de las funciones de las IAFAS, la de brindar servicios de cobertura en salud a sus afiliados en el marco del proceso de Aseguramiento Universal en Salud;

Que, el artículo 99 del citado...

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