DECRETO SUPREMO, Nº 002-2016-SA, PODER EJECUTIVO, SALUD - Decreto Supremo que modifica el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud - SIS-DECRETO SUPREMO-Nº 002-2016-SA
Fecha de disposición | 09 Enero 2016 |
Fecha de publicación | 09 Enero 2016 |
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 9 de la Constitución Política del Perú, establece que el Estado determina la política nacional de salud. El Poder Ejecutivo norma y supervisa su aplicación, es responsable de diseñarla y conducirla en forma plural y descentralizadora para facilitar a todos el acceso equitativo a los servicios de salud;
Que, en los artículos 1 y 5 de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declara al Estado en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano, señalando que dicho proceso se sustenta, entre otras acciones, en la mayor eficiencia en la utilización de los recursos del Estado;
Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2014-SA, tiene como objeto establecer el marco normativo del Aseguramiento Universal en Salud, a fin de garantizar el derecho pleno y progresivo de toda persona a la seguridad social en salud, así como normar el acceso y las funciones de regulación, financiamiento, prestación y supervisión del aseguramiento;
Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 1158, Decreto Legislativo que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, el Seguro Integral de Salud - SIS es una Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud - IAFAS, por lo cual recibe, capta y/o gestiona fondos para la cobertura de las atenciones de salud u oferta cobertura de riesgos de salud, bajo cualquier modalidad. Asimismo, el Seguro Integral de Salud – SIS es un organismo público ejecutor del Ministerio de Salud, conforme a la calificación otorgada por el Decreto Supremo Nº 034-2008-PCM en el marco de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y a la actualización dispuesta por el Decreto Supremo Nº 058-2011-PCM;
Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1163 se aprueban disposiciones para el fortalecimiento del Seguro Integral de Salud, que incluye a las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud – IAFAS públicas Seguro Integral de Salud – SIS y al Fondo Intangible Solidario de Salud - FISSAL;
Que, el Decreto Legislativo Nº 1068, Decreto Legislativo del Sistema de Defensa Jurídica del Estado, establece que la Defensa Jurídica del Estado está a cargo de los Procuradores Públicos, cuyo ente rector es el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y está representado por el Presidente del Consejo de Defensa Jurídica del Estado, teniendo como función representar y defender jurídicamente al Estado en los temas que conciernen a la entidad de la cual dependen administrativamente o en aquellos procesos que por su especialidad asuman y los que de manera específica les asigne el Presidente del Consejo de Defensa Jurídica del Estado;
Que, la Primera Disposición Transitoria del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, dispone que el Seguro Integral de Salud presente una propuesta de incorporación de una Procuraduría Pública a su estructura orgánica, una vez que concluya el proceso de adecuación de la entidad y conforme a las necesidades en el marco del aseguramiento universal en salud;
Que, por otro lado, mediante Ley Nº 29761, Ley de Financiamiento Público de los Regímenes Subsidiado y Semicontributivo del Aseguramiento Universal en Salud, se crea la Unidad Ejecutora Fondo Intangible Solidario de Salud – FISSAL sobre la base del fondo creado por la Ley Nº 27656, Ley de Creación del Fondo Intangible Solidario de Salud, y se constituye como Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud – IAFAS;
Que, habiendo concluido el proceso de adecuación del Seguro Integral de Salud (SIS)...
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