DECRETO SUPREMO, Nº 002-2016-SA, PODER EJECUTIVO, SALUD - Decreto Supremo que modifica el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud - SIS-DECRETO SUPREMO-Nº 002-2016-SA

Fecha de disposición09 Enero 2016
Fecha de publicación09 Enero 2016

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 9 de la Constitución Política del Perú, establece que el Estado determina la política nacional de salud. El Poder Ejecutivo norma y supervisa su aplicación, es responsable de diseñarla y conducirla en forma plural y descentralizadora para facilitar a todos el acceso equitativo a los servicios de salud;

Que, en los artículos 1 y 5 de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declara al Estado en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano, señalando que dicho proceso se sustenta, entre otras acciones, en la mayor eficiencia en la utilización de los recursos del Estado;

Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2014-SA, tiene como objeto establecer el marco normativo del Aseguramiento Universal en Salud, a fin de garantizar el derecho pleno y progresivo de toda persona a la seguridad social en salud, así como normar el acceso y las funciones de regulación, financiamiento, prestación y supervisión del aseguramiento;

Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 1158, Decreto Legislativo que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, el Seguro Integral de Salud - SIS es una Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud - IAFAS, por lo cual recibe, capta y/o gestiona fondos para la cobertura de las atenciones de salud u oferta cobertura de riesgos de salud, bajo cualquier modalidad. Asimismo, el Seguro Integral de Salud – SIS es un organismo público ejecutor del Ministerio de Salud, conforme a la calificación otorgada por el Decreto Supremo Nº 034-2008-PCM en el marco de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y a la actualización dispuesta por el Decreto Supremo Nº 058-2011-PCM;

Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1163 se aprueban disposiciones para el fortalecimiento del Seguro Integral de Salud, que incluye a las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud – IAFAS públicas Seguro Integral de Salud – SIS y al Fondo Intangible Solidario de Salud - FISSAL;

Que, el Decreto Legislativo Nº 1068, Decreto Legislativo del Sistema de Defensa Jurídica del Estado, establece que la Defensa Jurídica del Estado está a cargo de los Procuradores Públicos, cuyo ente rector es el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y está representado por el Presidente del Consejo de Defensa Jurídica del Estado, teniendo como función representar y defender jurídicamente al Estado en los temas que conciernen a la entidad de la cual dependen administrativamente o en aquellos procesos que por su especialidad asuman y los que de manera específica les asigne el Presidente del Consejo de Defensa Jurídica del Estado;

Que, la Primera Disposición Transitoria del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, dispone que el Seguro Integral de Salud presente una propuesta de incorporación de una Procuraduría Pública a su estructura orgánica, una vez que concluya el proceso de adecuación de la entidad y conforme a las necesidades en el marco del aseguramiento universal en salud;

Que, por otro lado, mediante Ley Nº 29761, Ley de Financiamiento Público de los Regímenes Subsidiado y Semicontributivo del Aseguramiento Universal en Salud, se crea la Unidad Ejecutora Fondo Intangible Solidario de Salud – FISSAL sobre la base del fondo creado por la Ley Nº 27656, Ley de Creación del Fondo Intangible Solidario de Salud, y se constituye como Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud – IAFAS;

Que, habiendo concluido el proceso de adecuación del Seguro Integral de Salud (SIS)...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR