RESOLUCION MINISTERIAL, N° 240-2020-EF/15, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Modifican el Reglamento Operativo del FAE-AGRO, aprobado mediante R.M. Nº 226-2020-EF/15-RESOLUCION MINISTERIAL-N° 240-2020-EF/15

Fecha de disposición19 Agosto 2020
Fecha de publicación20 Agosto 2020
SecciónSección Única

Modifican el Reglamento Operativo del FAE-AGRO, aprobado mediante R.M. Nº 226-2020-EF/15

Resolución Ministerial

N° 240-2020-EF/15

Lima, 19 de agosto del 2020

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 082-2020, Decreto de Urgencia que dicta medidas complementarias destinadas al financiamiento de los pequeños productores agrarios del sector agrario para la reducción del impacto del covid-19 y otras medidas, se aprueban medidas extraordinarias en materia económica y financiera que promuevan el financiamiento de los pequeños productores agrarios (agricultores), a través de créditos para capital de trabajo, a efectos de garantizar la campaña agrícola 2020-2021;

Que, mediante el numeral 2.1 del artículo 2 del citado Decreto de Urgencia, se crea el Programa de Garantía del Gobierno Nacional para el Financiamiento Agrario Empresarial (FAE-AGRO), el cual tiene por objeto garantizar los créditos para capital de trabajo de los agricultores que realicen agricultura familiar conforme define la Ley Nº 30355, Ley de Promoción y Desarrollo de la Agricultura Familiar, a fin de asegurar la campaña agrícola 2020-2021, así como el abastecimiento de alimentos a nivel nacional;

Que, mediante el Decreto de Urgencia N° 089-2020 se modificó el Decreto de Urgencia N° 082-2020, Decreto de Urgencia que dicta medidas complementarias destinadas al financiamiento de los pequeños productores agrarios del sector agrario para la reducción del impacto del covid-19 y otras medidas;

Que, mediante Decreto Supremo N° 212-2020-EF, Decreto Supremo que modifica el límite de la garantía y criterios de elegibilidad del FAE-AGRO y FAE-TURISMO, se modificaron, entre otros aspectos, el límite de la garantía y los criterios de elegibilidad de los beneficiarios del Programa de Garantía del Gobierno Nacional para el Financiamiento Agrario Empresarial (FAE-AGRO);

Que, mediante la Resolución Ministerial N° 226-2020-EF/15 se aprobó el Reglamento Operativo del Programa de Garantía del Gobierno Nacional para el Financiamiento Agrario Empresarial (FAE-AGRO);

Que, mediante el Decreto de Urgencia N° 096-2020 se modificó el Decreto de Urgencia Nº 082-2020, Decreto de Urgencia que dicta medidas complementarias destinadas al financiamiento de los pequeños productores agrarios del sector agrario para la reducción del impacto del covid-19 y otras medidas;

Que, en el marco de lo dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 096-2020, resulta necesario efectuar modificaciones al Reglamento Operativo del FAE-AGRO, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 226-2020-EF/15; a efectos de incluir las modificaciones efectuadas por el Decreto de Urgencia N° 096-2020, así como para precisar los criterios de elegibilidad de las entidades del sistema financiero (ESF) y de las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público (COOPAC); con el propósito de cumplir de manera efectiva con el objetivo del FAE-AGRO;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 082-2020, Decreto de Urgencia que dicta medidas complementarias destinadas al financiamiento de los pequeños productores agrarios del sector agrario para la reducción del impacto del covid-19 y otras medidas; en el Decreto de Urgencia N° 096-2020; y en la Resolución Ministerial N° 226-2020-EF/15;

SE RESUELVE:

Artículo Único Modificación del Reglamento Operativo del FAE-AGRO, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 226-2020-EF/15

Modifícanse las definiciones de CAMPAÑA AGRÍCOLA 2020-2021, FENOLOGÍA DEL CULTIVO y de PEQUEÑO PRODUCTOR AGRARIO del artículo 2, los incisos (ii) y (v) del literal a) y el literal h) del artículo 5, el literal d) del numeral 8.1 del artículo 8 y los Anexos 1, 2, 3 y 4 del Reglamento Operativo del Programa de Garantía del Gobierno Nacional para el Financiamiento Agrario Empresarial (FAE-AGRO), aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 226-2020-EF/15, los cuales quedan redactados de la siguiente manera:

Artículo 2. Definiciones

Para los fines del presente Reglamento Operativo, se establecen las siguientes definiciones:

(…)

CAMPAÑA AGRÍCOLA 2020-2021 Periodo comprendido entre el mes de agosto del año 2020 hasta el mes de julio del año 2021, tanto de Cultivos Transitorios como Permanentes y de la Promoción de la Actividad Pecuaria
(….)
FENOLOGÍA DEL CULTIVO Periodo vegetativo de los cultivos transitorios como permanentes que culminan con la comercialización del producto
(…)
PEQUEÑO PRODUCTOR AGRARIO Es aquel que califica en la categoría de “Agricultura Familiar”, de acuerdo a lo establecido en el artículo 7 del Reglamento de la Ley Nº 30355, Ley de Promoción y Desarrollo de la Agricultura Familiar, y crea la Comisión Multisectorial de
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