DECRETO SUPREMO, N° 121-2020-PCM, PODER EJECUTIVO, PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS - Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia por peligro inminente ante contaminación de agua para consumo humano, en los distritos de Coata, Huata y Capachica de la provincia de Puno y en los distritos de Caracoto y Juliaca de la provincia de San Román, del departamento de Puno-DECRETO SUPREMO-N° 121-2020-PCM

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición 2 de Julio de 2020

Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia por peligro inminente ante contaminación de agua para consumo humano, en los distritos de Coata, Huata y Capachica de la provincia de Puno y en los distritos de Caracoto y Juliaca de la provincia de San Román, del departamento de Puno

decreto supremo

N° 121-2020-PCM

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 123-2019-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 11 de julio de 2019, se declaró el Estado de Emergencia por peligro inminente ante contaminación de agua para consumo humano, en los distritos de Coata, Huata y Capachica de la provincia de Puno y en los distritos de Caracoto y Juliaca de la provincia de San Román, del departamento de Puno, por el plazo de sesenta (60) días calendario, para la ejecución de acciones, inmediatas y necesarias, destinadas a la reducción del Muy Alto Riesgo existente;

Que, el Estado de Emergencia declarado mediante el Decreto Supremo Nº 123-2019-PCM, fue prorrogado por el Decreto Supremo N° 153-2019-PCM, el Decreto Supremo N° 175-2019-PCM, el Decreto Supremo N° 204-2019-PCM y el Decreto Supremo N° 037-2020-PCM; con la finalidad de continuar con la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, destinadas a la reducción del Muy Alto Riesgo existente;

Que, asimismo, mediante el Decreto Supremo N° 081-2020-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano, el 06 de mayo de 2020, se prorrogó el Estado de Emergencia por peligro inminente ante contaminación de agua para consumo humano, declarado mediante el Decreto Supremo Nº 123-2019-PCM, y prorrogado por el Decreto Supremo N° 153-2019-PCM, el Decreto Supremo N° 175-2019-PCM, el Decreto Supremo N° 204-2019-PCM y el Decreto Supremo N° 037-2020-PCM, en los distritos de Coata, Huata y Capachica de la provincia de Puno y en los distritos de Caracoto y Juliaca de la provincia de San Román, del departamento de Puno, por el término de sesenta (60) días calendario, a partir del 07 de mayo de 2020, con la finalidad de continuar con la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, destinadas a la reducción del Muy Alto Riesgo existente;

Que, conforme a lo establecido en el artículo 69 del Reglamento de la Ley Nº 29664 que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, y en el artículo 6 de la “Norma Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia por Desastre o Peligro Inminente, en el marco de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD)”, aprobada por el Decreto Supremo Nº 074-2014-PCM; el Gobierno Regional presenta al Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), la solicitud de prórroga del Estado de Emergencia adjuntando los informes técnicos que fundamenten su solicitud, así como las medidas de carácter presupuestal necesarias, para la emisión de una opinión respecto de su procedencia o improcedencia. En caso de procedencia, el citado Reglamento dispone que el Estado de Emergencia no debe exceder de sesenta (60) días calendario;

Que, mediante el Oficio Nº 469-2020-GR-PUNO/GR de fecha 19 de junio del 2020, el Gobernador Regional (e) del Gobierno Regional de Puno, solicita al...

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