DECRETO SUPREMO, N° 005-2020-EM, PODER EJECUTIVO, ENERGIA Y MINAS - Decreto Supremo que modifica el Reglamento de Protección y Gestión Ambiental para las Actividades de Explotación, Beneficio, Labor General, Transporte y Almacenamiento Minero-DECRETO SUPREMO-N° 005-2020-EM

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición 2 de Marzo de 2020

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, el Ministerio de Energía y Minas es el encargado de diseñar, establecer y supervisar las políticas nacionales y sectoriales en materia de energía y de minería, asumiendo la rectoría respecto de ellas;

Que, de acuerdo a la precitada Ley, el Ministerio de Energía y Minas ejerce la potestad de autoridad sectorial ambiental para las actividades de minería, en concordancia con los lineamientos de política y las normas nacionales establecidas por el Ministerio del Ambiente como entidad rectora;

Que, mediante Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental se crea el Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA), como un sistema único y coordinado de identificación, prevención, supervisión, control y corrección anticipada de los impactos ambientales negativos derivados de las acciones humanas expresadas por medio del proyecto de inversión;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 040-2014-EM, se aprobó el Reglamento de Protección y Gestión Ambiental para las Actividades de Explotación, Beneficio, Labor General, Transporte y Almacenamiento Minero, que tiene por finalidad asegurar que las actividades mineras en el territorio nacional se realicen salvaguardando el derecho constitucional a disfrutar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de la vida, en el marco de la libre iniciativa privada y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales;

Que, con la finalidad de mejorar la gestión ambiental en los proyectos de inversión sujetos al SEIA, se requiere modificar el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-EM;

Que, por tal razón corresponde realizar ajustes al marco normativo sectorial correspondiente, a fin de garantizar una relación positiva entre las inversiones y la protección del ambiente;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 237-2019-MINEM/DM se autorizó la publicación del Proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-EM y su Exposición de Motivos en el portal institucional del Ministerio de Energía y Minas, con la finalidad de recibir las opiniones y sugerencias de la ciudadanía en general por un periodo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la citada Resolución en el diario oficial El Peruano, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS.

Que, mediante Informe Nº 00188-2020-MINAM/VMGA/DGPIGA, el Ministerio del Ambiente a través de la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental otorgó opinión previa favorable al proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-EM;

Que, habiéndose recabado opiniones y sugerencias de los interesados, tras el análisis de los aportes recibidos durante el periodo de publicación de la...

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