ORDENANZA, Nº 530-2019-MDB, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE BARRANCO - Ordenanza que regula el tendido de infraestructura aérea en las áreas de dominio público administradas por la Municipalidad Distrital de Barranco y dispone su reordenamiento como medida de seguridad y protección al medio ambiente-ORDENANZA-Nº 530-2019-MDB

Fecha de disposición30 Octubre 2019
Fecha de publicación20 Noviembre 2019

Barranco, 30 de octubre de 2019

EL ALCALDE DEL DISTRITO DE BARRANCO

POR CUANTO:

El Concejo Municipal de Barranco, en sesión ordinaria de la fecha;

VISTOS:

El Memorándum Nº 435-2019-GM/MDB emitido por la Gerencia Municipal, informe Nº 384-2019-GAJ-MDB, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, Memorándum Nº 296-2019-GDU-MDB, emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano, el informe Nº 138-SGFYCA-MDB, emitido por la Subgerencia de Fiscalización y Coactiva Administrativa, informe Nº 149-2019-SGOPV/GDU-MDB, emitido por la Subgerencia de Obras Públicas y Vial, y el informe Nº 084-SGGRD/MDB, emitido por la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres, y el Dictamen Conjunto Nº 10-2019-MDB/CAJDUET de las comisiones de Asuntos Jurídicos y Desarrollo Urbano, Ecología y Tránsito, y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme al artículo 194 º de la Constitución Política del Perú y su última modificatoria la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local, que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27927, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las ordenanzas de los gobiernos locales en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa;

Que, el segundo párrafo del artículo 46º de la citada Ley, establece que las Ordenanzas determinan el régimen de sanciones administrativas por la infracción de sus disposiciones, estableciendo las escalas de multas en función de la gravedad de la falta, así como la imposición de sanciones no pecuniarias;

Que, el artículo 79º de la misma Ley, establece que las Municipalidades, en materia de organización del espacio físico y uso de suelo, ejercen las funciones de autorizar y fiscalizar la ejecución del plan de obras de servicios públicos o privados que afecten o utilicen la vía pública o zonas aéreas, así como sus modificaciones; previo cumplimiento de las normas sobre impacto ambiental; asimismo, normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fiscalización de construcciones de estaciones radioeléctricas y tendido de cables de cualquier naturaleza;

Que, mediante Ley Nº 30477, “Ley que regula la ejecución de obras de servicios públicos autorizadas por las Municipalidades en las áreas de dominio público”, se regulan los procedimientos para la ejecución de obras de servicios públicos de saneamiento, electricidad, telecomunicaciones, gas natural y de servicios públicos locales, con la finalidad de mitigar el impacto negativo en las áreas de dominio público que autoricen las municipalidades, en favor de los ciudadanos;

Que, el artículo 16º de la Ley en mención, establece que las municipalidades fiscalizan las intervenciones en las áreas públicas según los planes anuales de obra presentados por las empresas públicas, privadas y mixtas prestadoras de servicios público y las disposiciones sobre la materia;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-MTC, se modifica diversos artículos y el anexo 2 del Reglamento de la Ley Nº 29022, Ley para el Fortalecimiento de la Expansión de Infraestructura en Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2015-MTC;

Que, la Ordenanza Nº 2027 –MML, que regula el tendido de infraestructura aérea de dominio público administradas por la Municipalidad...

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