ORDENANZA, Nº 007-2019-GRH-CR, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DE HUANUCO - Aprueban constitución de la 'Mancomunidad Regional Amazónica'-ORDENANZA-Nº 007-2019-GRH-CR
Emisor | GOBIERNO REGIONAL DE HUANUCO |
Fecha de la disposición | 1 de Noviembre de 2019 |
Aprueban constitución de la “Mancomunidad Regional Amazónica”
ORDENANZA REGIONAL
N° 007 -2019-GRH-CR
QUE APRUEBA LA CONSTITUCIÓN DE LA “MANCOMUNIDAD REGIONAL AMAZÓNICA”.
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO.
POR CUANTO:
El Consejo Regional de Huánuco, en Sesión Ordinaria, celebrada en la Provincia de Huánuco, el día 01 de octubre de 2019.
VISTO:
El Dictamen N° 024-2019-GRHCO-CR/CPPPATyAL de fecha 26 de setiembre de 2019, de la COMISIÓN PERMANENTE DE PLANEAMIENTO, PRESUPUESTO, ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL Y ASUNTOS LEGALES DEL CONSEJO REGIONAL - GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 191° del Capítulo XIV del Título IV de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 27680, y Ley N° 28607, Ley de Reforma Constitucional, concordante con el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que: “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el artículo 13° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, preceptúa que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas. El inciso a) del artículo 15°, establece que son atribuciones del Consejo Regional: “Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”;
Que, la Ley N° 29768, Ley de Mancomunidad Regional, modificada por la Ley N° 30804, en su artículo 2° señala que, la mancomunidad regional es el acuerdo voluntario de dos o más gobiernos regionales que se unen para la articulación de políticas públicas nacionales, regionales y locales, formulación y ejecución de planes, programas y proyectos de inversión interdepartamental, para garantizar la prestación conjunta de servicios y bienes públicos con enfoque de gestión descentralizada, que promueven la integración, el desarrollo regional y la participación de la sociedad, coadyuvando al proceso de regionalización, y en su artículo 3°, establece que la mancomunidad regional es una persona jurídica de derecho público y constituye pliego presupuestal;
Que, el artículo 10° del Reglamento de la Ley de Mancomunidad Regional, aprobado mediante Decreto Supremo N° 050-2013-PCM, indica el procedimiento para...
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