DECRETO SUPREMO, N° 007-2019-DE, PODER EJECUTIVO, DEFENSA - Aprueban la 'Directiva Nacional de Seguridad y Defensa Nacional para la protección de los Activos Críticos Nacionales - ACN'-DECRETO SUPREMO-N° 007-2019-DE
Fecha de publicación | 04 Septiembre 2019 |
Fecha de disposición | 04 Septiembre 2019 |
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 44 de la Constitución Política del Perú establece que es deber primordial del Estado defender la soberanía nacional, garantizar la plena vigencia de los derechos humanos, proteger a la población de las amenazas contra su seguridad, y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación;
Que, de conformidad con los numerales 3) y 4) del artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 1134, el Ministerio de Defensa tiene como funciones específicas participar en el planeamiento estratégico integral de la Seguridad y Defensa Nacional; y cumplir y hacer cumplir el marco normativo en materia de Seguridad y Defensa Nacional en el ámbito de su competencia;
Que, a través del Decreto Supremo Nº 016-2014-PCM, se aprobó el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1141, estableciendo en el literal a) de su artículo 3 que los Activos Críticos Nacionales (ACN), son aquellos recursos, infraestructuras y sistemas que son esenciales e imprescindibles para mantener y desarrollar las capacidades nacionales o que están destinados a cumplir dicho fin, cuya afectación, perturbación o destrucción de dichos activos no permite soluciones alternativas inmediatas, generando grave perjuicio a la Nación;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 106-2017-PCM, se aprobó el Reglamento para la Identificación, Evaluación y Gestión de Riesgos de los Activos Críticos Nacionales (ACN), en adelante el Reglamento, con la finalidad de gestionar la seguridad de los ACN, garantizando la intangibilidad o continuidad de sus operaciones, considerando que se trata de bienes jurídicos protegidos que son esenciales e imprescindibles para mantener y desarrollar las capacidades nacionales;
Que, el numeral 3.7. del artículo 3 del Reglamento, establece que la Directiva Nacional de Seguridad y Defensa Nacional para la protección de los Activos Críticos Nacionales – ACN, es el instrumento de gestión que establece los objetivos, políticas, estrategias de gestión de riesgos y responsabilidades que orienta la aplicación de medidas de seguridad, con la finalidad de proteger y garantizar el normal funcionamiento y conservación de los Activos Críticos Nacionales – ACN, en materia de Seguridad y Defensa Nacional;
Que, el literal a) del artículo 13 del Reglamento, establece que el Ministerio de Defensa tiene a su cargo la elaboración, aprobación y actualización de la Directiva Nacional de Seguridad y Defensa Nacional para la protección de los Activos Críticos Nacionales – ACN; la cual corresponde ser aprobada con Decreto Supremo y puesta en conocimiento de la Dirección Nacional de Inteligencia – DINI;
Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar la “Directiva Nacional de Seguridad y Defensa Nacional para la protección de los Activos Críticos Nacionales – ACN”, que establece los lineamientos que deben seguir los Sectores responsables de la protección de los Activos Críticos Nacionales en materia de Seguridad y Defensa Nacional;
De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; y, el Decreto Supremo Nº 106-2017-PCM, que aprobó el Reglamento para la Identificación, Evaluación y Gestión de Riesgos de los Activos Críticos Nacionales (ACN),
DECRETA:
Apruébese la “Directiva Nacional de Seguridad y Defensa Nacional para la protección de los Activos Críticos Nacionales – ACN”, que establece los lineamientos que deben seguir los Sectores responsables de la protección de los Activos Críticos Nacionales en materia de Seguridad y Defensa Nacional, la cual forma parte integrante del presente Decreto Supremo.
El Ministerio de Defensa hará de conocimiento de la Dirección Nacional de Inteligencia la “Directiva Nacional de Seguridad y Defensa Nacional para la protección de los Activos Críticos Nacionales – ACN”, aprobada mediante el presente Decreto Supremo, en el marco de lo establecido en el literal a) del Decreto Supremo Nº 106-2017-PCM.
La Directiva aprobada en el artículo 1, se publica en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Portal Institucional y de Transparencia del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef).
El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Defensa.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de setiembre del año dos mil diecinueve.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
JORGE MOSCOSO FLORES
Ministro de Defensa
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OBJETIVO
Establecer lineamientos para la protección de los Activos Críticos Nacionales – ACN, en materia de Seguridad y Defensa.
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FINALIDAD
Proteger los Activos Críticos Nacionales – ACN, garantizando la continuidad de sus operaciones para mantener y desarrollar las capacidades nacionales.
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ALCANCE
Las disposiciones de la presente Directiva son de cumplimiento obligatorio para los Sectores responsables, operadores de los ACN, Dirección Nacional de Inteligencia – DINI, entidades públicas y privadas competentes.
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BASE LEGAL
4.1 Constitución Política del Perú.
4.2 Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres – SINAGERD.
4.3 Decreto...
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