DECRETO SUPREMO, N° 024-2019-VIVIENDA, PODER EJECUTIVO, VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO - Decreto Supremo que aprueba los Procedimientos para la intervención del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con recursos que los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales reciban por concepto de Canon-DECRETO SUPREMO-N° 024-2019-VIVIENDA

EmisorVIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Fecha de la disposición 5 de Agosto de 2019

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley Nº 27829, se crea el Bono Familiar Habitacional–BFH, como parte de la política sectorial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento–MVCS, que se otorga por una sola vez a los beneficiarios, con criterio de utilidad pública, sin cargo de restitución por parte de éstos y constituye un incentivo y complemento de su ahorro, y de su esfuerzo constructor, el cual se destina exclusivamente a la adquisición, construcción en sitio propio o mejoramiento de una vivienda de interés social;

Que, con Decreto Supremo Nº 013-2007-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 001-2011-VIVIENDA, se aprueba el Reglamento del Bono Familiar Habitacional, el cual establece las normas de carácter general a las que deben ceñirse los participantes en el Programa Techo Propio para el acceso al Bono Familiar Habitacional en sus diversas modalidades de aplicación por parte del Grupo Familiar en el ámbito nacional; asimismo, el citado Reglamento señala que mediante Resolución Ministerial, el MVCS aprobará las diversas modalidades del Programa Techo Propio así como sus respectivos Reglamentos Operativos;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 170-2017-VIVIENDA, se aprueba el Reglamento Operativo para acceder al Bono Familiar Habitacional–BFH, para la modalidad de Aplicación de Adquisición de Vivienda Nueva; y, mediante Resolución Ministerial N° 236-2018-VIVIENDA, se aprueba el Reglamento Operativo para acceder al Bono Familiar Habitacional – BFH, para la modalidad de Aplicación de Construcción en Sitio Propio;

Que, la Primera Disposición Complementaria Modificatoria del Decreto Supremo N° 016-2013-VIVIENDA, modifica los artículos 1 y 2 del Decreto Supremo N° 001-2012-VIVIENDA, creando el Programa Nacional de Vivienda Rural – PNVR, con el propósito de mejorar la calidad de vida de la población pobre y extremadamente pobre asentada en los centros poblados rurales o asentada de manera dispersa, mediante acciones de dotación o mejoramiento de la unidad habitacional;

Que, en el marco de la Ley N° 30533, Ley que autoriza al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a realizar intervenciones a través de núcleos ejecutores, su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 004-2017-VIVIENDA y la Resolución Ministerial Nº 112-2017-VIVIENDA, que aprueba los “Lineamientos para el desarrollo de proyectos que se ejecutan a través de núcleos ejecutores por los programas del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento”, el PNVR interviene bajo la modalidad de Núcleos Ejecutores;

Que, mediante Ley N° 30848, Ley que modifica la Ley 27506, Ley de Canon, a fin de promover el financiamiento de Programas de Vivienda Social; se modifica el numeral 6.2 del artículo 6 de la Ley 27506, con el objeto de autorizar a que los gobiernos regionales y gobiernos locales puedan utilizar los recursos del canon en sus respectivas jurisdicciones, para el financiamiento de proyectos de vivienda social a través del Programa Techo Propio con el beneficio del BFH y el PNVR;

Que, mediante Informe Nº 187-2019-VIVIENDA-VMVU/DGPPVU, la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo, sustentado en el Informe Nº 1565-2019-VIVIENDA-VMVU-DGPPVU-DEPPVU, de la Dirección de Ejecución de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo, que da conformidad al Informe Técnico Legal Nº 033-2019-DGPPVU-DEPPVU-CBFH-MSF, complementado con el Informe N° 203-2019-VIVIENDA-VMVU/DGPPVU, sustentado en el Informe N° 1692-2019/VIVIENDA-VMVU-DGPPVU-DEPPVU, que da conformidad al Informe Técnico Legal Nº 036-2019-DGPPVU-DEPPVU-CBFH-MSF, se sustenta la necesidad de la aprobación de un Procedimiento para el financiamiento del BFH destinado a Proyectos de Vivienda del Programa Techo Propio con recursos que los gobiernos regionales y gobiernos locales reciban por concepto de canon, con la finalidad de incentivar a los referidos gobiernos a la utilización de dichos recursos para el otorgamiento del BFH en las zonas de su jurisdicción;

Que, mediante Memorando Nº 731-2019-VIVIENDA-VMVU/PNVR, la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Vivienda Rural da conformidad al Informe Técnico Legal N° 002-2019-VIVIENDA-VMVU/PNVR-UGT-AAL, en el que se sustenta la necesidad de la aprobación de un Procedimiento para el financiamiento para la intervención del PNVR, con recursos que los gobiernos regionales y gobiernos locales reciban por concepto de canon;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y modificatoria; la Ley Nº 27829, Ley que crea el Bono Familiar Habitacional...

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