DECRETO SUPREMO, N° 012-2018-MINAM, PODER EJECUTIVO, AMBIENTE - Modifican Decreto Supremo Nº 013-2016-MINAM, que crea el Grupo de Trabajo Multisectorial de carácter temporal-DECRETO SUPREMO-N° 012-2018-MINAM

EmisorAMBIENTE
Fecha de la disposición30 de Octubre de 2018

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-2016-MINAM, se crea el Grupo de Trabajo Multisectorial, de carácter temporal, dependiente del Ministerio del Ambiente que tiene por objeto coordinar y formular propuestas para mejorar la calidad de los combustibles y reducir los niveles de las emisiones vehiculares, así como fomentar las acciones necesarias para su implementación;

Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la referida norma, el Grupo de Trabajo Multisectorial está conformado por el/la Viceministro/a de Gestión Ambiental, quien lo preside, el/la Viceministro/a de Energía, el/la Viceministro/a de Economía y el/la Viceministro/a de Transportes;

Que, el artículo 6 del citado Decreto Supremo, establece que el Grupo de Trabajo Multisectorial tiene vigencia de dos (2) años contados desde el día de su instalación, la cual se realizó el 28 de octubre de 2016;

Que, a través de la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas se crean los Viceministerios de Hidrocarburos y Electricidad, asimismo, con el fin de adaptar la estructura orgánica del Ministerio de Energía y Minas, mediante el artículo 10 del Decreto Supremo N° 021-2018-EM, se modifica el Reglamento de Organizaciones y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM, creándose el Viceministerio de Electricidad y el Viceministerio de Hidrocarburos en reemplazo del Viceministerio de Energía;

Que, según consta en el Acta N° 004-GTMCAEVH/2018 de fecha 14 de setiembre de 2018, el Grupo de Trabajo Multisectorial acordó, entre otros aspectos: (i) Incorporar como miembro, a el/la Viceministro/a de Hidrocarburos, en lugar de el/la Viceministro/a de Energía; (ii) Incluir como funciones, determinar los requisitos técnicos para la implementación de la norma Euro VI y sus procedimientos de homologación, proponer medidas que permitan reducir emisiones de los vehículos en circulación y los que se incorporen al parque automotor, así como proponer mecanismos que incentiven el uso de vehículos más eficientes y combustibles...

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