DECRETO SUPREMO, Nº 053-2018-PCM, PODER EJECUTIVO, PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS - Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en las localidades de Santa Lucia y Suniplaya del distrito de Yurimaguas, Portal del distrito de Santa Cruz, provincia de Alto Amazonas y Flor de Punga del distrito de Capelo, provincia de Requena, del departamento de Loreto, por peligro inminente generado por erosión fluvial-DECRETO SUPREMO-Nº 053-2018-PCM

EmisorPRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Fecha de la disposición17 de Mayo de 2018

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, diversas localidades de las provincias de Alto Amazonas y Requena, del departamento de Loreto, ubicadas a la margen derecha de los ríos Shanusi, Paranapura, Ucayali y el Huallaga, se encuentran con Riesgo Muy Alto ante erosión fluvial, que se origina principalmente por los meandros que se forman en el discurrir de los mencionados ríos; y, considerando además que están expuestas o puede tener como factor desencadenante a las fuertes precipitaciones pluviales que afectan la zona en la temporada de lluvias (Diciembre-Abril), lo cual expone la integridad física y la salud de la población, así como a la infraestructura pública y viviendas ubicadas en dichas zonas;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 68.1 del artículo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664 que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, en concordancia con el numeral 9.1 del artículo 9 de la “Norma Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia por Desastre o Peligro Inminente, en el marco de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastre”, aprobada mediante el Decreto Supremo Nº 074-2014-PCM; la solicitud de declaratoria de Estado de Emergencia por peligro inminente o por la ocurrencia de un desastre es presentada por el Gobierno Regional al Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), con la debida sustentación;

Que, mediante el Oficio N° 233-2018-GRL-GR, de fecha 25 de abril de 2018, el Gobernador Regional del Gobierno Regional de Loreto, solicitó y presentó sustento técnico al Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), para que se declare el Estado de Emergencia en las localidades de Santa Lucia y Suniplaya del distrito de Yurimaguas, Portal del distrito de Santa Cruz, provincia de Alto Amazonas y Flor de Punga del distrito de Capelo, provincia de Requena, del departamento de Loreto, por peligro inminente generado por erosión fluvial;

Que, el numeral 68.2 del artículo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664 que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), establece que el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) emite opinión sobre la procedencia de la solicitud de declaratoria de Estado de Emergencia, para cuyo fin emite el informe técnico respectivo;

Que, a través del Oficio Nº 1679-2018-INDECI/5.0 de fecha 7 de mayo de 2018, el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) remite y hace suyo el Informe Técnico N° 00020-2018-INDECI/11.0, de fecha 4 de mayo de 2018, emitido por el Director de la Dirección de Respuesta de dicha entidad, quien informa y concluye que la zona que abarca las localidades de Santa Lucia y Suniplaya en el distrito de Yurimaguas, Portal en el distrito de Santa Cruz, provincia de Alto Amazonas y Flor de Punga del distrito de Capelo, provincia de Requena en el departamento de Loreto, presenta una condición de peligro inminente, por erosión fluvial, fenómeno natural que en dicha zona se...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR