DECRETO SUPREMO, Nº 049-2018-PCM, PODER EJECUTIVO, PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS - Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en la provincia de Caravelí, del departamento de Arequipa, por impacto de daños debido al movimiento sísmico ocurrido el 14 de enerode 2018-DECRETO SUPREMO-Nº 049-2018-PCM

Fecha de disposición13 Mayo 2018
Fecha de publicación13 Mayo 2018

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 009-2018-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 14 de enero de 2018, se declaró el Estado de Emergencia por el plazo de sesenta (60) días calendario en la provincia de Caravelí, del departamento de Arequipa, por impacto de daños debido al movimiento sísmico ocurrido el 14 de enero de 2018; para la ejecución de medidas de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan en las zonas afectadas;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 028-2018-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 15 de marzo de 2018, se prorrogó por el plazo de sesenta (60) días calendario, a partir del 16 de marzo de 2018, el Estado de Emergencia declarado por Decreto Supremo N° 009-2018-PCM, en la provincia de Caravelí, del departamento de Arequipa, para continuar con las medidas de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan en las zonas afectadas;

Que, conforme a lo establecido en el artículo 69 del Reglamento de la Ley Nº 29664 que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, y en el artículo 8 de la “Norma Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia por Desastre o Peligro Inminente, en el marco de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastre”, aprobada por el Decreto Supremo Nº 074-2014-PCM; el Gobierno Regional presenta al Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), la solicitud de prórroga del Estado de Emergencia adjuntando los informes técnicos que fundamenten su solicitud, así como las medidas de carácter presupuestal necesarias, para la emisión de una opinión respecto de su procedencia o improcedencia. En caso de procedencia, la norma dispone que el Estado de Emergencia no debe exceder de sesenta (60) días calendario;

Que, mediante el Oficio Nº 333-2018-GRA/GR de fecha 2 de mayo de 2018, la Gobernadora Regional del Gobierno Regional de Arequipa, solicita al Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) la prórroga del Estado de Emergencia declarado mediante el Decreto Supremo Nº 009-2018-PCM y prorrogado por el Decreto Supremo N° 028-2018-PCM, en la provincia de Caravelí, del departamento de Arequipa, por impacto de daños debido al...

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