RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 083-2018-EF/41, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Autorizan modificación presupuestaria en el Nivel Funcional Programático en el presupuesto institucional del Ministerio, para el financiamiento de lo establecido en la Trigésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 083-2018-EF/41

EmisorECONOMIA Y FINANZAS
Fecha de la disposición 2 de Marzo de 2018

Lima, 2 de marzo de 2018

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución Ministerial Nº 492-2017-EF/41 se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos y los recursos que lo financian por Fuente de Financiamiento, correspondiente al Pliego 009 Ministerio de Economía y Finanzas para el Año Fiscal 2018, a nivel de Unidad Ejecutora, Categoría Presupuestal, Proyecto, Actividad, Categoría de Gasto y Genérica del Gasto;

Que, la Trigésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, dispone la reactivación de la Comisión Evaluadora de las deudas del Estado generadas por sentencias judiciales emitidas, creada mediante la Sexagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley 29812, y conformada por Resolución Suprema 100-2012-PCM, a fin de que apruebe un listado complementario de las deudas del Estado generadas por sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada y en ejecución, para la cancelación y/o amortización de montos hasta por la suma de TREINTA MIL Y 00/100 SOLES (S/ 30 000,00), en un plazo de 60 (sesenta) días calendario contados a partir de la vigencia del reglamento de la presente disposición, para continuar con el proceso del pago de sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada y en ejecución, iniciado por la Ley 30137, Ley que establece criterios de priorización para la atención del pago de sentencias judiciales;

Que, el primer párrafo del numeral 3 de la citada disposición normativa, establece que la implementación de lo mencionado en el considerando precedente, se financia con cargo a los recursos a los que se refiere el artículo 44 de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, hasta por la suma de CINCUENTA MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 50 000 000,00), y a los saldos disponibles según proyección al cierre del Año Fiscal 2017 del Presupuesto del Sector Público hasta por la suma de DOSCIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 200 000 000,00), y el segundo y tercer párrafo del referido numeral, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas a realizar modificaciones presupuestarias, en el marco de lo establecido en el artículo 45 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto;

Que, asimismo, el cuarto párrafo del numeral antes citado señala que el Ministerio de Economía y Finanzas queda autorizado a realizar transferencias financieras, en los años fiscales 2017 y 2018, hasta por la suma de DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 250 000 000,00), para el financiamiento de lo establecido en la Trigésima Sexta Disposición Complementaria Final de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR