RESOLUCION, Nº 002-2018-SERFOR/DE, PODER EJECUTIVO, AGRICULTURA - Delegan facultades en diversos funcionarios del SERFOR, durante el Año Fiscal 2018-RESOLUCION-Nº 002-2018-SERFOR/DE

EmisorAGRICULTURA
Fecha de la disposición 5 de Enero de 2018

Lima, 5 de enero de 2018

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF se aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el mismo que establece en su numeral 7.1 del artículo 7 que el Titular de la Entidad es la más alta Autoridad Ejecutiva, pudiendo delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General, la Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad, siendo responsable solidario con el delegado;

Que, aunado a ello, el numeral 40.2 del artículo 40 del citado dispositivo legal, establece que las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad. El Titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano;

Que, a través de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se establecen las normas para el proceso presupuestario que deben observar los organismos del Sector Público durante el Ejercicio Fiscal 2018. Asimismo, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 304-2017-SERFOR-DE se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2018, del Pliego 165: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre;

Que, la Ley de Contrataciones del Estado aprobada por Ley N° 30225 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 350-2015-EF, señalan procedimientos que deben observar y seguir las entidades a efectos de tramitar los procesos de contrataciones de bienes, servicios y obras, y conforme lo dispone el artículo 8 de la citada Ley, el Titular de la Entidad puede delegar, mediante resolución, la autoridad que le otorga la mencionada Ley, no pudiendo ser objeto de delegación la declaración de nulidad de oficio, las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra, la aprobación de las contrataciones directas salvo aquellas que disponga el Reglamento de acuerdo a la naturaleza de la contratación, y los otros supuestos que se establezcan en el Reglamento;

Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 50 de la Directiva de Tesorería Nº.001-2007-EF/77.15, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 002-2007-EF-77.15, se precisa, entre otros, que los titulares y suplentes de las cuentas bancarias son designados mediante Resolución del Titular del Pliego o del funcionario a quien éste hubiera delegado de manera expresa esta facultad;

Que, el artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI, modificado por Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI, establece que el Director Ejecutivo puede delegar las facultades y atribuciones que no sean privativas a su cargo;

Que, teniendo en consideración las normas antes citadas, con el propósito de lograr una mayor fluidez a la gestión...

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