RESOLUCION SUPREMA, Nº 120-2017-RE, PODER EJECUTIVO, RELACIONES EXTERIORES - Conforman Grupo de Trabajo Multisectorial encargado de la Repatriación de Activos Provenientes de Actos Ilícitos en la Confederación Suiza y el Gran Ducado de Luxemburgo-RESOLUCION SUPREMA-Nº 120-2017-RE
Fecha de publicación | 21 Abril 2017 |
Fecha de disposición | 20 Abril 2017 |
Lima, 20 de abril de 2017
CONSIDERANDO:
Que, la actividad delictiva, no ha escapado a los avances de un mundo globalizado, es por eso que en la actualidad se puede hablar de ilícitos penales de carácter transnacional, en tal sentido la corrupción se convierte en una amenaza a la estabilidad de las sociedades, en ese sentido, el Poder Judicial ejerce un rol fundamental en la administración de justicia combatiendo la corrupción, ello se desprende del artículo 138 de la Constitución Política del Perú;
Que, el Ministerio Público es un organismo autónomo conforme lo establece el artículo 158 de la Constitución Política del Perú y el artículo 1 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, y tiene entre sus funciones la persecución del delito, institución que se encuentra representada por el Fiscal de la Nación quien la preside y que conforme al artículo 512 numeral 1 del Código Procesal Penal cumple el rol de Autoridad Central en cooperación judicial internacional en materia penal, siendo la Unidad de Cooperación Judicial Internacional y Extradiciones, el ente orgánico que centraliza la coordinación y ejecución de todas las instituciones jurídicas reguladas por el Libro VII del acotado Código, entre ellas las relacionadas con la cooperación judicial internacional destinada a la recuperación de activos a nivel internacional;
Que, conforme a lo dispuesto por el numeral 18 del artículo 6 de la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y por el literal b) del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-2010-RE, son funciones específicas de dicho sector, representar al Estado y participar en las negociaciones internacionales en el ámbito de su competencia; ello faculta al Ministerio de Relaciones Exteriores a promover los intereses del Estado peruano a través de las negociaciones con otros Estados;
Que, conforme a la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1104, Decreto Legislativo que modifica la legislación sobre Pérdida de Dominio; se creó la Comisión Nacional de Bienes Incautados – Conabi, la misma que está encargada de la recepción, registro, calificación, custodia, seguridad, conservación, administración, arrendamiento, asignación en uso temporal o definitiva, disposición y venta en subasta pública, de los objetos, instrumentos, efectos y ganancias generadas por la comisión de delitos en agravio del Estado;
Que, conforme al segundo párrafo del artículo 35 de la Ley N° 29158, Ley...
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