DECRETO SUPREMO, Nº 027-2017-PCM, PODER EJECUTIVO, PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS - Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en 15 distritos de la provincia de Lima del departamento de Lima (Lima Metropolitana), en 03 distritos de la Provincia Constitucional del Callao, y en 24 distritos de 07 provincias del departamento de Lima (Lima Provincias), por desastre a consecuencia de intensas lluvias-DECRETO SUPREMO-Nº 027-2017-PCM

EmisorPRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Fecha de la disposición17 de Marzo de 2017

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 68.5 del artículo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664 que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - SINAGERD, aprobado por el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, en concordancia con el numeral 9.2 del artículo 9 de la “Norma Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia por Desastre o Peligro Inminente, en el marco de la Ley Nº 29664, del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres – SINAGERD”, aprobada por el Decreto Supremo Nº 074-2014-PCM; excepcionalmente, la Presidencia del Consejo de Ministros, puede presentar de Oficio al Consejo de Ministros la declaratoria de Estado de Emergencia de la zona afectada por un peligro inminente o la ocurrencia de un desastre, previa comunicación de la situación, y propuesta de medidas y/o acciones inmediatas que correspondan, efectuada por el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI);

Que, mediante el Decreto Supremo N° 007-2017-PCM se declaró el Estado de Emergencia por desastre a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales, en 72 distritos de las provincias de Huarochirí, Lima, Cañete, Barranca, Yauyos, Huaral, Huaura, Oyón y Canta, del departamento de Lima;

Que, mediante el Decreto Supremo N° 025-2017-PCM se declaró el Estado de Emergencia por desastre a consecuencia de intensas lluvias, en 34 distritos de las provincias de Huarochirí, Cajatambo, Yauyos, Cañete, Huaura y Canta del departamento de Lima;

Que, mediante el Oficio N° 005-2017-PCM/VGT de fecha 17 de marzo de 2017, el Viceministro de Gobernanza Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros, solicita al Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), propuestas de medidas y/o acciones de excepción inmediatas y necesarias, en los ámbitos geográficos de varios distritos del departamento de Lima y distritos de la Provincia Constitucional del Callao que vienen siendo afectados por daños de magnitud originados por lluvias intensas que han continuado produciéndose en nuestro país, que no han sido considerados en los Estados de Emergencia declarados mediante el Decreto Supremo Nº 007-2017-PCM y el Decreto Supremo N° 025-2017-PCM; a fin de gestionar la correspondiente declaratoria de Estado de Emergencia;

Que, mediante el Oficio N° 1281-2017-INDECI/5.0 de fecha 17 de marzo de 2017, el Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), remite los Informes Situacionales Nº 00010-2017-INDECI/11.0 y N° 00011-2017-INDECI/11.0, ambos de fecha 17 de marzo de 2017, de la Dirección de Respuesta de dicha Entidad que considerando lo solicitado con el Oficio N° 005-2017-PCM/VGT, informa que debido a las intensas lluvias ocurridas en los meses de enero y febrero del presente año, y que continúan produciéndose en el mes de marzo, se han registrado más daños de magnitud en el departamento de Lima y en la Provincia Constitucional del Callao en viviendas...

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