DECRETO SUPREMO, Nº 036-2016-EM, PODER EJECUTIVO, ENERGIA Y MINAS - Aprueban modificación del Reglamento para el Cierre de Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 033-2005-EM-DECRETO SUPREMO-Nº 036-2016-EM

EmisorENERGIA Y MINAS
Fecha de la disposición22 de Diciembre de 2016

El PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 28090, Ley que Regula el Cierre de Minas establece obligaciones y procedimientos que deben cumplir los titulares de actividad minera para la elaboración, presentación e implementación del Plan de Cierre de Minas y la constitución de las garantías ambientales correspondientes que aseguren el cumplimiento de las inversiones que comprende, con sujeción a los principios de protección, preservación y recuperación del ambiente, y con la finalidad de mitigar los impactos negativos a la salud de la población, el ecosistema circundante y la propiedad;

Que, el artículo 4 de la citada ley señala que compete al Ministerio de Energía y Minas, entre otros, aprobar los Planes de Cierre de Minas, imponiendo en caso corresponda, las sanciones administrativas respectivas;

Que, mediante el Decreto Supremo N° 033-2005-EM, se aprobó el Reglamento para el Cierre de Minas, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28507 que modifica la Ley Nº 28090, Ley que Regula el Cierre de Minas;

Que, el artículo 17 del Reglamento para el Cierre de Minas, aprobado por el Decreto Supremo N° 033-2005-EM, dispone que el titular de actividad minera que no cuente con el Plan de Cierre de Minas aprobado está impedido de iniciar el desarrollo de operaciones mineras;

Que, a su vez, el artículo 46 del Reglamento para el Cierre de Minas señala que el titular de actividad minera constituye garantías de importe suficiente y realización oportuna para el cumplimiento del Plan de Cierre de Minas;

Que, con la finalidad que los titulares de actividad minera puedan iniciar actividades una vez constituidas las garantías necesarias para el cumplimiento del cierre de minas, resulta necesario modificar los artículos 12 y 17, así como incorporar los artículos 46-A y 66-A al Reglamento para el Cierre de Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 033-2005-EM; modificación que cuenta con la opinión favorable del Ministerio del Ambiente, de acuerdo a lo señalado en el literal j) del artículo 4 de la Ley del Consejo Nacional del Ambiente, Ley N° 26410, modificada por el artículo 9 de la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, Ley N° 28245, concordada con la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR