RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 0345-2016-JUS, PODER EJECUTIVO, JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - Aprueban el Programa SECIGRA DERECHO 2017-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 0345-2016-JUS

Fecha de disposición25 Noviembre 2016
Fecha de publicación28 Noviembre 2016

Lima, 25 de noviembre de 2016

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Ley N° 26113, modificado por la Ley N° 27687, aprueba las normas relativas al Servicio Civil de Graduandos SECIGRA DERECHO, prestado facultativamente por los estudiantes de las Facultades de Derecho de las universidades del país, a partir del último año de estudios profesionales, con la finalidad que los alumnos participantes realicen actividades jurídicas en dependencias de la administración pública, como una acción complementaria para coadyuvar a una pronta y eficiente administración de justicia, ampliando el ejercicio práctico de la profesión e incentivando la responsabilidad social del graduando;

Que, el artículo 3 del citado dispositivo establece que el SECIGRA-DERECHO se presta en programas de duración anual, cuya fecha de inicio es determinada por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; por su parte el artículo 6 del Decreto Ley N° 26113 señala que corresponde a esta entidad organizar y coordinar con las universidades la asignación de los estudiantes;

Que, el artículo 2 de la Ley 27687 establece que las dependencias de la Administración Pública determinarán anualmente el número de vacantes para los estudiantes de derecho que opten por hacer el SECIGRA a fin de asumir el pago del estipendio correspondiente, disposición concordante con el artículo 19 del Reglamento de la Ley del Servicio Civil de Graduandos, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2014-JUS, que establece que el monto mínimo que se abona como estipendio mensual, es fijado en la Resolución Ministerial que aprueba el Programa y que no puede ser menor a una Remuneración Mínima Vital (RMV) vigente a su emisión y que el estipendio está a cargo de la unidad receptora, la que en el marco de su disponibilidad presupuestal, deberá procurar el abono de un estipendio superior al mínimo establecido por la resolución que aprueba el Programa;

Que, asimismo, el artículo 8 del acotado Reglamento indica que el Programa SECIGRA DERECHO es aprobado por Resolución Ministerial del Sector Justicia y Derechos Humanos, en la que se determina la fecha de inicio y de finalización del citado Programa; señalando el monto mínimo del estipendio;

Que, en tal sentido, corresponde aprobar el “Programa SECIGRA DERECHO 2017”, su periodo de prestación, así como el monto mínimo del estipendio que deberán abonar mensualmente las unidades receptoras a los alumnos o egresados que les asignen;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29809Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2012-JUS; el Decreto Ley N° 26113, - modificado por Ley N° 27687 –, Ley del Servicio Civil de Graduandos y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 009-2014-JUS;

SE RESUELVE:

Artículo...

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