ORDENANZA, Nº 010-2015-CR/GOB.REG.TACNA, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DE TACNA - Declaran día cívico no laborable el 1º de setiembre de todos los años en la provincia de Tarata y día cívico laborable en el resto de la Región Tacna-ORDENANZA-Nº 010-2015-CR/GOB.REG.TACNA

Fecha de disposición10 Noviembre 2016
Fecha de publicación10 Noviembre 2016
SecciónSección Única

(Se publica la Ordenanza de la referencia a solicitud de la Gerencia General del Gobierno Regional de Tacna, mediante Oficio Nº 2330-2016-ORPI-GGR/GOB.REG.TACNA, recibido el 8 de noviembre de 2016)

EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO

REGIONAL DE TACNA

POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha treinta y uno de agosto del dos mil quince, en Sesión Ordinaria, aprobó la siguiente Ordenanza Regional;

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 191 establece que: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”; asimismo, en su artículo 192 prescribe: “Los Gobiernos Regionales (...). Son competentes para: (...) 10. Ejercer las demás atribuciones inherentes a su función, conforme a ley”.

Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 8 precisa: “La autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia (…)”.

Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 15 establece como atribución del Consejo Regional: “a) Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR